La Corte Constitucional de Colombia es la entidad judicial encargada de velar por la integridad y la supremacía de la Constitución.
La Corte Constitucional ejerce la guarda de la integridad y supremacía de la Constitución en los estrictos y precisos términos de los artículos 241 al 244 de la Constitución Política. El Consejo de Estado conoce de las acciones de nulidad por inconstitucionalidad de los decretos dictados por el Gobierno Nacional, cuya competencia no corresponda a la Corte Constitucional.
También ejercen jurisdicción constitucional, excepcionalmente, para cada caso concreto, los jueces y corporaciones que deban proferir las decisiones de tutela o resolver acciones o recursos previstos para la aplicación de los derechos constitucionales
Pensar que gente del M19 participó en dicha Constitución y 33 años después el presidente quien fue integrante de dicho grupo, pisotea muchos artículos de la carta magna... 🤔
Con la reforma pensional, siento vulnerados mis derechos fundamentales, pues siento que el dinero de mi ahorro individual, que debería ser devuelto cuando cumpla 62 años y no llenar los requisitos para pensión,será expropuado y convertido en una limosna mensual de $225000, que en una ciudad como Bogotá, no alcanza para pagar una habitación de mala muerte,para una alimentación y vestuario digno,eso es pauperizar mi etapa de adulto mayor, faltando 3 años para cumplir la edad de ley estipulada como la de pensión!
PREGUNTA? Y CUANDO SON AUTORIDADES DE UN MISMO PUEBLO INDIGENA PERO DIFERENTES COMUNIDADES Y UNO ACTUA CON PRINCIPIO DE MALA FE , PERO TIENE TODOS LOS CONTACTOS JURIDICOS?
La constitución y las tutelas se cumplen segun la persona. Algunas de sus tutelas SOLO SIRVEN PARA ENMARCARLAS, CONDENAR A PRISIÓN, a los que como en mi caso exigimos su cumplimiento: HACE 25 AÑOS Corte Constitucional tutela C918/9> DECLARÓ INEXEQUIBLE EN SU TOTALIDAD Y DESDE SU PROMULGACIÓN decreto 1065/99 despido trabajadores Caja Agraria en MASACRE LABORAL SINDICAL. MUY EXTRAÑAMENTE PERMITIERON que una simple resolución Superbancaria TUMBARA su tutela que "supuestamente" SON DEFINITIVAS INTANGIBLES IRREFORMABLES E INMODIFICABLES, HACIENDO TRÁNSITO COSA JUZGADA CONSTITUCIONAL, CONTRA ELLAS NO PROCEDE RECURSO ALGUNO, NI LA PROPIA CORTE CONSTITUCIONAL LAS PUEDE MODIFICAR- HACE 19 AÑOS, Corte Constitucional tutela T323 de abril 4 de 2005, ORDENÓ mi reintegro por fuero sindical y pago salarios hasta cuando se haga efectivo dicho reintegro- BAJO GRAVEDAD JURAMENTO NO SE HA CUMPLIDO- Ver salvamento voto A194/19 Mag DIANA FAJARDO RIVERA, y video juicio oral donde actual Magistrado Presidente Corte Constitucional José Fdo Reyes Cuartas, me hizo condenar 22 meses PRISIÓN, DECLARÓ BAJO LA GRAVEDAD DE JURAMENTO, que el origen de mi condena, es la tutela T323/05 Corte Constitucional, que NUNCA- leàse bien - NUNCA SE CUMPLIO, TENGO RAZON EN DESCONFIAR DE LA JUSTICIA, EN SEGUIR EXIGIENDO LA CUMPLAN, QUE ALGUIEN LA TENDRÁ QUE CUMPLIR ALGUN DIA. MUY EXTRAÑAMENTE PERMITIERON, que una tutela SALA CIVIL CORTE SUPREMA, con ponencia de JAIME ALBERTO ARRUBLA PAUCAR- ESTANDO TOTALMENTE IMPEDIDO-integró equipo jurídico cerró Caja Agraria, EN UN EVIDENTE CARTEL TOGA, TRÁFICO INFLUENCIAS, IMPEDIMENTOS CONFLICTO INTERESES, PREVARICATO, tutela 11001020300020070174700, suspendió arresto liquidador Caja Agraria por DESACATO T323/05, e impidió su cumplimiento- FUE PARTE Y JUEZ- Por decir respetuosamente en un derecho de petición a judicatura, que actual Magistrado Presidente Corte Constitucional JOSÉ FERNÁNDO REYES CUARTAS, ME AGREDIÓ VERBALMENTE en diligencia ampliación denuncia contra ARRUBLA PAUCAR Y OTROS- FUI CONDENADO 22 MESES PRISIÓN INJURIA Y CALUMNIA. Procuraduria Fiscalia pidieron Casación Corte Suprema confirmar ÉSTE FALSO POSITIVO JUDICIAL- FUI ABSUELTO TOTALMENTE SP592-2019, ratificando que: UN SIMPLE DICHO POPULAR LO CONVIRTIERON EN INJURIA Y CALUMNIA, NO COMETÍ NINGÚN DELITO, VIOLARON LA LEY SUSTANCIAL PARA CONDENARME, LO HICIERON SÓLO POR LO DICHO POR REYES CUARTAS, HICE USO MI DEBER DE DENUNCIAR, DERECHO PETICIÓN, LIBRE EXPRESIÓN- ver Google HERNANDO RAMIREZ ARBOLEDA..MUY EXTRAÑAMENTE, los que CKN SU FALSO TESTIMONIO ME HICIERON CONDENAR INJUSTAMENTE, después de mi absolución FUERON PREMIADOS: Reyes Cuartas EN CORTE CONSTITUCIONAL, su abogado LORENZO CALDERÓN JARAMILLO, quien logró que se modificarán los turnos de los procesos para que no prescribiera, este año FUE NOMBRADO CONJUEZ CORTE CONSTITUCIONAL, donde es su presidente Reyes Cuartas, quien lo designó como su abogado en mi condena. SONIA LORENA SUAREZ ELEJALDE, quien en representación Personería Manizales, actuó como Defensora incondicional de Reyes Cuartas, SOLICITÓ Y ME HIZO CONDENAR, SE BURLÓ DEL SUSCRITO CUANDO LEYERON MI CONDENA, Y MANIFESTÓ HABER QUEDADO MUY SATISFECHA CON LA MISMA- FUE NOMBRADA EN ACCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES DEFENSORIA PUEBLO BOGOTA
CIDH, después 13 años, INADMITIÓ mi denuncia P1703-09 Colombia, INCUMPLIMIENTO TUTELA T323/05 Corte Constitucional, mi reintegro fuero sindical, cin el parcializado argumento que: La tutela T323/05, ya se cumplió, porque SALA CIVIL CORTE SUPREMA- me negó tutela contra juez Primero Penal Circuito Para Adolescentes Manizales, porque no se puede instaurar tutela contra incidente de DESACATO (sic? DESCONOCIENDO QUE EXACTAMENTE ESO FUE LO QUE HIZO LA MISMA SALA CIVIL CORTE SUPREMA, en la tutela que, con ponencia de Jaime Alberto Arrubla Paucar- ESTANDO TOTALMENTE IMPEDIDO- integró equipo jurídico cerró Caja Agraria. EN UN EVIDENTE CARTEL TOGA TRÁFICO INFLUENCIAS, IMPEDIMENTOS CONFLICTO INTERESES, PREVARICATO- suspendió arresto y multa liquidador por DESACATO T323/05 e impidió su cumplimiento- MISMO argumento esgrimido por Corte de para rechazar mis solicitudes de asumir su cumplimiento. IRRESPETANDO SU NUTRIDA JURISPRUDENCIA, DE OBLIGATORIA E INELUDIBLE APLICACIÓN, QUE: SUS TUTELAS SON DEFINITIVAS INTANGIBLES IRREFORMABLES E INMODIFICABLES, HACIENDO TRÁNSITO COSA JUZGADA CONSTITUCIONAL, CONTRA ELLAS NO CABE RECURSO ALGUNO, NI LA MISMA CORTE CONSTITUCIONAL LAS PUEDE MODIFICAR- El otro parcializado argumento de CIDH, que CANCILLERÍA Colombia, les dijo, que NO PUEDO TRABAJAR, por recibir una mínima pensión, mientras su CANCILLER ALVARO LEYVA, HACE MUCHOS AÑOS RECIBE UNA MILLONARIA PENSION- muy cuestionada- En mi caso, por ser un simple ciudadano del común, escaso bachillerato, y sin recursos para un abogado, APLICAN DOS: Decretos 2591 de 1991. BLOQUES DE CONSTITUCIONALIDAD, leyes 1755 de 2015, códigos penales y disciplinarios- ver Google HERNANDO RAMIREZ ARBOLEDA
Los Derechos Humanos, se fundamentan con información pública, oficial, real, verás, coherente, concordante, congruente para todo ser humano libre, es nuestra personalidad jurídica laboral, es inadmisible sea Mutada, Ajustada, e INDICIADA, conculcando los Derechos Humanos Económicos Adquiridos.
Señores Magistrados, CELEBRAMOS TENER BASURA SOBRE LA MESA? CELEBRAMOS UNA CONSTITUCIÓN que PERMITE, EJECUTIVOS, MAGISTRADOS, JUECES, LEGISLADORES, Ministros, Gobernadores, Alcaldes y Gabinetes conformados por TERRORISTAS, GENOCIDAS, SECUESTRADORES y VIOLADORES? Una CONSTITUCIÓN que Respalda el FORTALECIMIENTO de REDES de NARCO-TERRORISMO en busca de una PAS, PAS, PASSSSS que los COLOMBIANOS RECHAZAMOS y que sigue VIGENTE DESPUES de 33años? Una CONSTITUCIÓN que PROHIBE el uso de las ARMAS para los ciudadanos DEFENDERSE ? UNA CONSTITUCIÓN que DESTRUYE la FAMILIA con abortos, ideología de género ? Una Constitución que permite la DESTRUCCIÓN de la SEGURIDAD, la EDUCACIÓN, del SISTEMA de SALUD, PENSIONAL, LABORAL ? Una CONSTITUCIÓN DONDE LAS MAYORÍAS NO ESTÁN PRESENTES y SE GOBIERNA para las MINORÍAS que VIVEN COMO PARÁSITOS ? UNA CONSTITUCIÓN que IGNORA LA CORRUPCIÓN de los PODERES EJECUTIVO, LEGISLATIVO y JUDICIAL? HACEMOS F I E S T A con el CARTEL de la TOGA, los OPRIMIDOS ciudadanos de bien junto a los presos POLÍTICOS ?
EL PUEBLO ES SOBERANO Y VOTO DEBEMOS DEFENDERLA POR ENCIMA DE INTERESES POLÍTICOS 👩🏽👨🦲👨🦳👨🏿🦰🧔🏻👨🏼👱🏽🧑🏽🦰👩🏾🦰👧🧒🙎🏻♀️🙎🏻♂️🙍🏾♀️🙍🏽♂️🧓🏾👵🏼👩🏾🦳🙆🏾♀️🙋🏾🙋🏽♀️🙋🏽♀️🙅🏽🙎🏾🤷🏽♀️🤦🏽🤦🏽🤦🏾♂️🙇🏿🙇🏿🙇🏽♀️🙇🏽♀️🙇🏽♂️🇨🇴🇨🇴🇨🇴🇨🇴🇨🇴🇨🇴📄📄📄📄📄📄📄✍🏾
CORDIAL SALUDO SEÑORES MAGISTRADOS DE COLOMBIA HONOR PARA MÍ 🙋🏽♀️🇨🇴🇨🇴🇨🇴🇨🇴🇨🇴🇨🇴🇨🇴ORGULLO PARA NOSOTROS LOS COLOMBIANOS 🧑🏽🦰👩🏾🦰👩🏽👨🦲👨🦳👨🏿🦱👨🏿🦰🧔🏻👨🏼👱🏽👧👧👦🧒🙎🏻♀️🙎🏻♂️🙍🏾♀️🙍🏽♂️🧓🏾🧓🏾👵🏼👴🏻👩🏾🦳🙆🏾♀️🙋🏾🙋🏽♀️🙅🏽🙎🏾🤷🏽♀️🤷🏻♂️🤦🏽🤦🏽♀️🤦🏾♂️🙇🏿🙇🏽♀️🙇🏽♂️👏🏾👏🏾👏🏾👏🏾👏🏾👏🏾
No poder cambio al poder constituido mamtener identidad; aguilo noconsensos facticos, sino consensos ideales teoricos; poder democtratico constituyente cierta idea de democracia y ciets idea de democracia
Es contradictorio el hecho que tenga el sistema de salud tener que sufragar los costos de la irresponsabilidad de "profesionales" en el área de la salud al no tener la mas minina consideración con las personas que no son en la mayoría de los casos informadas de la sustancia que se les inyectara en su cuerpo, por otro lado, la corte reconoce el hecho de que por estas malas practicas el congreso de la republica tenga que legislar para regular tales conductas desde el punto de vista penal, esto conlleva a que mas penas no son la solución, mas bien el hecho de hacer educación y prevención en la sociedad para que nos demos cuenta que el ser es mas importante que la apariencia para la falsa concepción de aceptación por lo que aparentas mas no por lo que eres.
Los biopolímeros no. Son ningun procedimiento estético, es un procedimiento ordinario que genera graves daños a la salud, un procedimiento es estético cuando se cumple con todas las normas avaladas por el ministerio de salud y todos los reglamentos médicos cualquier cosa no puede ser considerado como estético
Señor Magistrado, gracias por permitir castigos para los promotores de biopolimeros, los pacientes no fueron informados sobre los efectos secundarios del procedimiento, ni del producto que se iba a inyectar
Señores Corte Constitucional, AGENDA 20-30 .... soros pagando ? Fallos contra la realidad ? Hasta un iletrado tiene la certeza de que sólo SIAMESAS que comparten el mismo Útero pueden ser madres del mismo ser humano, JAMÁS HABRÁ una MUJER GESTANTE sin la INTERVENCIÓN de un HOMBRE, hasta los bebés que las máquinas actuaron como UTERO permitiendo el desarrollo del feto tiene PADRE y MADRE ....
Yo tutele mis derechos por las mismas razones, estando calificado con Origen Laboral y el juzgado noveno penal Municipal con función de garantías NO accedió a proteger mi derecho a ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA, me toco IMPUGNAR y estoy a espera de que el superior , que es el JUZGADO 10 PENAL DEL CIRCUITO DE CÚCUTA revise el fallo ya que la justicia Ordinaria seria muy demorada, citando esta sentencia dentro de los ARGUMENTOS, espero que mi caso no suba a sus despachos, demorandome mas en tener derecho a VIDA DIGNA
ADULTO MAYOR 70 AÑOS, GRAVISIMOS PROBLEMAS DE SALUD.. Corte Constitucional NIEGA asumir cumplimiento tutela T323/05 afirmando ya se cumplió, y ME RECRIMINAN FUERTEMENTE para que no les siga solicitando asumirlo. MIentras en EXCELENTE T123/22 A1441/22 con ponencia de Mag José Fernándo Reyes Cuartas, le dicen a un ciudadano en una tutela mucho más reciente, que PUEDE SEGUIR SOLICITANDO A CORTE CONSTITUCIONAL ASUMA SU CUMPLIMIENTO. POR SER ÉSTE UN MECANISMO IDÓNEO Y MUY EFECTIVO PARA SU CUMPLIMIENTO. Hace varios años les ESTOY SOLICITANDO MEDIANTE DERECHO FUNDAMENTAL DE PETICIÓN, me suministren información cierta fidedigna actualizada,coherente, en que forma se cumplió T323/05 en la forma ordenada. Respetando la cosa juzgada y su jurisprudencia que SUS TUTELAS SON DEFINITIVAS INTANGIBLES IRREFORMABLES E INMODIFICABLES, HACIENDO TRÁNSITO COSA JUZGADA CONSTITUCIONAL, CONTRA ELLAS NO CABE RECURSO ALGUNO, NI LA MISMA CORTE CONSTITUCIONAL LAS PUEDE MODIFICAR- Y ME ENTREGUEN- ENVIEN COPIA FISICA de los documentos públicos, con los cuales algunos de sus H. Magistrados, verificaron su cumplimiento- BAJO GRAVEDAD DE JURAMENTO, NUNCA ME LOS HAN ENVIADO- VIOLACIÓN MIS DERECHOS FUNDAMENTALES: DEBIDO PROCESO, VERDAD, IGUALDAD, ACCESO A LA JUSTICIA, CONTRADICCIÓN Y DEFENSA, INFORMACIÓN, DERECHO PETICIÓN ENTREGA DOCUMENTOS PÚBLICOS, LIBRE EXPRESIÓN
Algunas tutelas Corte Constitucional SÓLO SIRVEN PARA ENMARCARLAS Y CONDENAR A PRISIÓN A SUB BENEFICIARIO POR EXIGIR SU CUMPLIMIENTO: HACE 19 AÑOS, Corte Constitucional tutela T323 de abril 4 de 2005. ORDENÓ mi reintegro por fuero sindical y pago salarios HASTA CUANDO SE HAGA EFECTIVO DICHO REINTEGRO- BAJO GRAVEDAD JURAMENTO NO SE HA CUMPLIDO- ver salvamento voto A194/19 Magistrada DIANA FAJARDO RIVERA- MUY EXTRAÑAMENTE PERMITIERON que una tutela Sala Civil Corte Suprema, en un EVIDENTE CARTEL TOGA, TRÁFICO INFLUENCIAS IMPEDIMENTOS, CONFLICTO INTERESES, PREVARICATO, Con ponencia de Jaime Alberto Arrubla Paucar--ESTANDO TOTALMENTE IMPEDIDO - integró equipo jurídico cerró Caja Agraria, suspendió arresto liquidador por DESACATO T323/05 e impidió su cumplimiento- FUE PARTE Y JUEZ. por mi insistencia y decir respetuosamente en un derecho de petición a judicatura, que actual Magistrado Presidente Corte Constitucional José Fernándo Reyes Cuartas, me agredió verbalmente en diligencia ampliación denuncia contra Mag Arrubla Paucar y otros- FUI CONDENADO 22 MESES PRISIÓN INJURIA Y CALUMNIA. Procuraduria Fiscalia pidieron Casación Corte Suprema confirmar éste falso positivo judicial- FUI ABSUELTO TOTALMENTE SP592-2019. He enviado varios DERECHOS DE PETICIÓN a Corte Constitucional, para que me entreguen copia documentos públicos con los cuales corroboraron su cumplimiento en la forma ordenada, respetando la cosa juzgada Constitucional, y por tal motivo en UN MALTRATO INSTITUCIONAL, me recriminan fuertemente para que no les siga solicitando asumirlo- BAJO GRAVEDAD JURAMENTO NUNCA ME LOS HAN ENVIADO NI ENTREGADO
el concejo de estado al igual que la corte suprema violan los derechos jurisprudencias constitucionales, no se para que sirve la constitución si no acatan
Mi pregunta es porque la corte Constitucional no le responde derechos de peticiones alas Víctimas,o si es que tampoco tiene autonomía para intervenir ante la unidad de Víctimas al igual que la Procuraduría General de la Nación.
Los Derechos Humanos, Económicos Adquiridos evidentes por Información Pública Oficial. Qué sucede cuando se implanta información Pública Laboral INDICIADA? , son Ajustes Contables Extemporanéos de la Administración.
El papel aguanta todo, entre más leyes más corrupción 140 días esperando sentencia de impugnación, moriremos clamando por el derecho a la vida m, cuidadanos de tercera edad uno con discapacidad permanente, lindo video pero pura ……..
Magistrado, Pará Qué un País tiene Constitución si se Cumple sólo para los ciudadanos que NO hacen parte del Estado, por favor mire las relaciones de quien está en el ejecutivo, a su familia, a sus aliados dentro del estado y sus nexos con las Dictaduras en Latam y China, mientras quita a Colombia Seguridad, Sistema de Salud y Pensional, mientras hunde la Economía, el poder adquisitivo con impuestos y con impuestos el empleo La CONSTITUCIÓN ES INVISIBLE MIENTRAS SE MONTA LA DICTADURA?
Todo muy bonito pero le dejaron un año de DESPILFARRO de los dineros que son para obras REALMENTE sociales y no para los amigos bachilleres o actores porno de la que vive sabroso a costa del trabajo de los colombianos. Eso como decirle a un ladrón: __ está muy mal lo que hace,niño malo pao, pao y solo le dejamos un año más de robos... En serio esa decision viene de, "Magistrados"?
Entonces por qué se patea la Constitución con el narco-acuerdo habanero rechazado por los colombianos? Por qué la Corte Constitucional permite que el ilegítimo ejecutivo DESTRUYA la SEGURIDAD, POTENCIE al terrorismo, HUNDA la Economía con Reforma Tributaria y con ella el empleo, HUNDA el Sistema de Salud e imponga una Reforma pensional que para cualquier ignorante es nefasta ?