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Muchas gracias, pregunta: es obligatorio la notificación de la respuesta del recurso de reposición y cuál es el término? Si no se notifica al mail del usuario esa respuesta podría tomarse como silencio administrativo positivo a favor del usuario? Gracias de nuevo
Que pena, decidimos subirle la velocidad un poco al video, por lo largo del mismo, estaba cerca de las dos horas, y sabemos que a muchas personas no prefieren ver los videos largos, sin embrago, muchas gracias por su observación, me hace feliz que le sea de agrado el contenido.
Buen día!! Lastima no haber visto este video antes, Pero igual espero me pueda ayudar y de ante mano muchas gracias. Yo puse un recurso de reposición en subsidio de apelación ante una empresa de gas natural, ellos obviamente responden en mi contra y me informan que tengo derecho a hacer el recurso de apelación ante la superintendencia, lo que no tenía claro era que ellos mismos enviaban el expediente, mi pregunta es como hago para allegar algunas pruebas que pude obtener a favor de mi argumento o eso ya no se puede hacer??
Por el momento no por que el proceso está en curso, a no ser que la super considere necesaria alguna prueba, o que una vez se resuelva el caso, queden cosas pendientes que puedan ser tratada como un nuevo caso, pero por el momento ya dependes del desarrollo del proceso.
Gracias por el comentario, te recomiendo el video genérico donde explico las superintendencias como entidades estatales, hay normas que te servirán para tu estudio.
BUENA TARDE,LE FELICITO POR ÉSTA INFORMACIÓN EXTRAORDINARIA,TIENE UN VIDEO SOBRE EL ARTICULO 52 INCISO 2,TENGO UNA SANCIÓN DE $54.000.000 POR LA SECRETARIA DEL HABITAT,POR NO PRESENTAR LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL 2020-2021, PRESENTE EL RECURSO DE REPOCISIÓN EL 12 DE DICIEMBRE 2023,LO CONTESTARON EL 23 DE ABRIL 2024,131 DIAS DESPUES DE RADICADO,ABRIL 29,2024 ESTE ARTICULO TIENE VIGENCIA POR 1 AÑO,YO QUIERO SABER EN QUE CASOS SE APLICA,YA QUE EL PROCESO SEGUN ELLOS TERMINO EL 26 DE OCTUBRE 2023,PENSÉ QUE APLICABA EL SILENCIO ADMINISTRATIVO,GRACIAS POR LA RESPUESTA.
Me encantaría ayudarte y conocer más sobre el caso concreto, puedo brindarte una asesoría especifica, pero debo tener más elementos para contextualizar el caso, si estas interesado me cuentas.
Dr. Una pregunta: si una autoridad notifica un acto administrativo a las 6:01 pm y a esa hora ya se ha terminado el horario habil de la empresa (hasta las 5:30pm) se entenderá que el recibo de la notificación se realiza al día siguiente para de esa forma empezar a contar el término para interponer el recurso
Si media en la notificación del acto prueba del horario laboral de la entidad y su atención al público, se tendrá como día de notificación el día hábil siguiente, la prioridad en la notificación del acto es su conocimiento en debida forma, por lo cual, hacerlo en un horario inadecuado para el notificado, viola el debido proceso.
La Superintendencia de Industria y Comercio está adscrita al Ministerio de Comercio Industria y Turismo, no al Ministerio de Desarrollo Económico, favor hacer esa aclaración. Mil gracias
Deseo me venden la asesoría estoy atravesando un caso de violencia intrafamiliar en el cual me están pidiendo 13 años y tengo las pruebas para demostrar que no he cometido el delito que soy inocente y tengo las pruebas el porqué me están acusando 00 ya que hay unas ciertas personas que por una situación en particular personal quieren llevarme a la cárcel Y juran no descansar hasta hacerlo y estoy siendo maltratad psicológicamente a mí y a mis hijos si alguien pudiera y estuviera bien asesorarme le agradecería en el alma tengo tres hijos los cuales dependen de mí que están a punto de condenarme injustamente
Hola, y muchas gracias por tenerme en cuenta, te quiero comentar que existen dos entidades especializadas que te pueden dar ayuda gratuita a tu problema, la primera es el Bienestar familiar, que se interesa mucho por casos relacionados con temas de familia y protección infantil, la segunda es la defensoría del pueblo, esta entidad se desarrolla como ministerio público y te ofrece ayuda técnica jurídica para tu caso, además de acompañamiento continuo en tu ciudad. en lo personal, me encantaría ayudarte, pero mis conocimientos son más relacionados con temas en Derecho administrativo, tributario, constitucional y Comercial, pero en lo que pueda servirte estoy a tu disposición.
@@derechoparatodosc7374sí señor muchas gracias a usted por responderme le comento que por la parte de la defensoría del pueblo de hayan sido los defensores que me han nombrado los cuales le comentaban que no me han defendido más bien más bien han hecho caso omiso a todas las pruebas que le he presentado de nada me ha valido porque todo lo que yo aportó se lo hacen saber a la fiscalía ya que pues la parte fiscal es la que me acusa y busca las pruebas que no las tienen porque no han podido comprobar nada más encima están buscando más caso para hacerme una penalidad conjunta o congénita algo así me dijeron un problema personal y tengo las pruebas pero no he podido dar con la suerte ni tener después el dinero para que alguien me ayude la verdad pues la parte económica no es muy buena pero lucharé hasta el día en que Dios me lo permita por mis hijos y daré la batalla la verdad por parte de la defensoría del pueblo no no se puede por la parte de bienestar la mamá de mis hijos bienestar familiar le quitó los niños a ellos yo lo recuperé hice todo lo pertinente y desde entonces hace 4 años los tengo bajo mi custodia total entonces también por esa parte un poquito complicado ya que ella tiene una hermana que tiene mucha influencia tanto en el ministerio público bienestar familiar y es la que está pagando y favores para que a mí me metan preso ese es el el punto de partida de todo esto
Mi caso es un punto de partida insignificante 0 se ha hecho muy grande en el transcurso del tiempo ya que se han visto involucrados hasta fiscales de la nación en un caso tan simple por un favor personal y dicho por un mismo abogado que podría matarlo así me lo expresó mi hijo tenga cuenta me lo pueden matar tengo una persecución inimaginable como si yo fuera un delincuente y así me toca salir a trabajar con mis hijos a veces salgo de la casa y no sé si volveré esa es la realidad y no tengo a quién acudir ni defensoría ni a fiscalía para que me proteja porque no se puede confiar
Si hubiese una forma de poderle comentar en privado y mostrarle el expediente 0 se podrá dar cuenta la forma tan arbitraria que han hecho mi proceso y también otro tema muy delicado que aconteció de un carácter judicial muy delicado en contra de la mamá de mis hijos algo muy delicado y tampoco fiscalía no me ha querido prestar atención
Por lo general no, porque se encuentra de manera general en impuestos de liquidación institucional como el predial, si se agregara a impuesto declarativos tendría pago de sanción por el incumplimiento en la declaración, de manera general la sanción que opera es la conocida como sanción moratoria que es la que se conoces como interes.
En el video correspondiente a los alcaldes, en la pley list de la constitución, explico las competencias, requisitos y responsabilidades del alcalde según la constitución, entre otros temas, te invito a ver el video para poder resolver tus dudas.
Excelente y didáctico vídeo, aporta información que desconocemos como personas del común. Me tardé en encontrarte pero eres muy efectivo Y ÚNICO. GRACIAS
12:41 @@derechoparatodosc7374Buenas dr. Hablé con un abogado y me dijo que no existía ningún formato en internet. Pero no le creí, busqué y lo encontré. Gracias inmensas por su valioso aporte. Recomendado 100%
Aquí tenemos material para el concurso, un poco de derecho administrativo y un poco de constitucional, te invito a que puedas ver en las play list lo que te puede servir.
Hola. Quiero exponer mi caso , espero me puedan ayudar. Mi hermano de 68 años es alcohólico de toda la vida ,, ha estado hospitalizado pero ahora quiere rehabilitarse y en la entidad de salud donde esta recluido no le quieren dar el tratamiento porque dicen que es por lo viejo que no le dan el tratamiento y quieren sacarlo de la institucion donde esta hospitalizado , la trabajadora social alega que no tiene oportunidad por la edad. En mi corta experiencia y el poco saber al respecto veo que le estan vulnerando el derecho a la salud. Porque entiendo que el alcoholismo es una enfermedad , pero alli alegan que no lo pueden tener alli. Veo con gran preocupacion porque mi hermano ya esta enfermo y no tenemos donde mas llevarlo a recibir dicho tratamiento. Colaborenme por favor, que puedo hacer. De antemano muchas gracias, quedo atenta.
Buenas tardes, tu caso merece un estudio a profundidad, dado que tiene relación directa con prestación eficiente de servicios de salud, con condiciones psicológicas del paciente, con la prueba que determine el incumplimiento de la prestación de servicios, y con situaciones que solo pueden ser definidas con estudios documentales y análisis a profundidad del caso, te quiero recomendar varias cosas, en primer lugar, la complejidad del caso no se resuelve con asesorías, se debe generar un estudio muy profundo, por lo cual te invito a que puedas apoyarte en estas entidades, 1. Defensoría del pueblo. 2. Centros de conciliación. Allí te pueden ayudar más personal con tu caso y exponerle la situación con más detalle
Muy buena explicación Dr, una pregunta El recurso de reposición y subcidio de apelacion se debe dirigir solo al funcionario que ejecuto el acto administrativo o tambien tiene que enviarse a su superior inmediato? O solo se radica en la entidad y ya? Saludos
En algún caso se desconoce el funcionario superior jerárquico, por lo cual, lo conveniente es dirigirlo al que lo expidió, él tiene claro por competencias quien sería su superior, y sus competencias para enviarlo.