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Hola, si eres Resico Persona física no puedes tener una SAS, esto porque el régimen fiscal de la SAS es Resico (Persona Moral) . Primero deberás darte de baja de Resico (persona física)Te invitamos a formar parte de nuestro grupo de facebook especializado en SAS para que puedas seguir aprendiendo: facebook.com/groups/sasmx
Hola, para mayores informes te puedes comunicar al whatsapp de ventas 8130569094 por favor. tambipen te invito te unas a nuestro grupo sobre las SAS aquí facebook.com/groups/sasmx
Es mas sencilla que una SA en su creación pero no deja de ser una persona moral con obligaciones fiscales y corporativas. Te invito te unas a nuesro grupo sobre las SAS aquí facebook.com/groups/sasmx
Oye estoy a punto de crear la SAS . La razón ha sido por que tendré empleo por parte de una empresa extranjera. Podría darme algún consejo que problemas podría tener con esta determinación.
Hola podemos ayudarte solo mandaos mensaje al WhatsApp 📩wa.link/5mj67i o al número de Teléfono📱8130569094 o 8141811439 para poder realizarte la cotización.
Qué pasa cuando la SAS ya alcanzó su periodo de vigencia por el que fue creada... ¿Cómo se disuelve si ya no se pueden convocar asambleas porque ya no está vigente?
La sociedad mantiene su personalidad jurídica necesaria para proceder a disolver y finalmente liquidar la sociedad por haber ya concluido el plazo de su vigencia. te pido ingreses a nuestro grupo sobre las SAS aquí facebook.com/groups/sasmx
Sí, una S.A.S. puede tributar en el régimen general de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) como cualquier otra persona moral. Esto significa que la S.A.S. debe cumplir con las obligaciones fiscales que se aplican a las personas morales, como presentar declaraciones de impuestos mensuales y anuales, así como llevar una contabilidad formal. Si necesitas asesoría específica sobre este tema o cualquier otro cambio que quieras hacer en tu S.A.S., podemos ayudarte a aclarar todas tus dudas. Además, te ofrecemos una asesoría gratuita de 10 minutos. Puedes agendarla haciendo clic en esta liga: asesoriasas.youcanbook.me.
No, pero tengo este que quizás te llegue a interesar sobre las diferecias entre SAS y SA. aquí lo puedes ver ru-vid.com/video/%D0%B2%D0%B8%D0%B4%D0%B5%D0%BE-brJrhi5kOSA.htmlsi=_9uOzJbk5a3Cs9At
Si funciona como Resico ¿cómo es el tema de las retenciones y pago de impuestos? En la declaración mensual pagaría ¿qué porcentaje de iva y de isr? Gracias
Excelente explicación. Constituí una SAS y mi negocio que tenia como Persona Física lo estoy llevando a mi SAS, He comprado mercancía para iniciar con un inventario en la SAS, pero pague la mercancía con mi cuenta que he manejado como persona física ya qué aún no tenia una para la SAS pero los CFDI salieron a nombre de mi SAS. ¿Esta mercancía la puedo considerar para el pago del capital suscrito de las acciones en lugar de hacer el deposito en dinero a la cuenta del banco que ya tengo de la SAS.? Es decir capitalizar el inventario inicial como pago del capital. Agradeceré su respuesta. Gracias.
El deber ser es que abras la cuenta a nombre de la SAS, pagues las acciones y con ese dinero la SAS compra los materiales o mercancías y el proveedor le factura a la SAS. en tu caso no se puede aportar los bienes porque la SAS solo acepta pago del capital inicial en efectivo. las posteriores aportaciones sí se pueden en especie previo avalúo de los bienes por aportar. te pido te suscribas a este canal para seguir creando contenido como este!
Gracias por la información Contador, será posible que nos comparta el fundamento legal de lo comentado, ya que en la Ley General de Sociedades Mercantiles no lo menciona.
pues sí existe si ya está registrada en comercio, lo que tienes que hacer es terminar el enrolamiento directo en el SAT, no se puede cancelar ya en el sistema lo tienes que hacer ante fedatario como nosotros. te invito te suscribas a mi canal e ingreses a nuestro grupo sobre las sas aquí facebook.com/groups/sasmx
mediante asamblea ante fedatario público como nosotros. te invito te suscribas a mi canal e ingreses a nuestro grupo sobre las sas aquí facebook.com/groups/sasmx
Buenos días, tendrías de casualidad algun formato base de los libros sociales y de los titulos accionarios? Estos se tienen internamente o se deben publicar?
Los documentos corporativos se preparan y guardan internamente sin que se tengan que publicar, solo se mostrarían en caso de que alguna autoridad lo requiera como el SAT. Te invito te unas a nuestro grupo de FB sobre las SAS en facebook.com/groups/sasmx.
sí se puede, es mediante asamblea ante fedatario público como nosotros, si gustas te podemos apoyar. te invito te unas a nuestro grupo sobre las SAS aquí facebook.com/groups/sasmx
Buenas tardes, si tengo una SAS que se dedica a la comercialización, requiero registrarme en el registro público de comercio? Tendras algun video de como hacerlo?
La inscripción en el registro público de comercio se hace en el sistema y ya lo deberías de tener en tu sistema. Te invito te unas a nuestro grupo de FB sobre las SAS en facebook.com/groups/sasmx.
@@sociedades-sas Ya lo encontré, muchas gracias! Consulta, también trabajas como contador para SAS? Si es así, me indicas donde puedo solicitar tus servicios.
Hola, sí siempre y cuando no tengas mas del 50% del capital social ni seas el administrador de ninguna de ellas. te pido ingreses a nuestro grupo sobre las SAS aquí facebook.com/groups/sasmx
Muy buen video gracias todo super claro, si para un trámite me solicitan el acta constitutiva y poder notarial, entiendo que se genera de forma automática una vez que se termine con el proceso sin embargo es la primera vez que genero algo por el estilo y desconozco que documentos mandar de todos los pdf que se fueron generando. ¿Me podrían echar la mano de favor ? Saludos
En el acta constitutiva ahí vienen ya los poderes del administrador único. te pido ingreses a nuestro grupo sobre las SAS aquí facebook.com/groups/sasmx
@sociedades-sas hace 1 mes A tus ordenes! se reparten con base en su % de participación accionaria. te pido ingreses a nuestro grupo sobre las SAS aquí facebook.com/groups/sasmx
el domicilio social no porque es ante fedatario público como nostros, pero sí el fiscal. te invito te suscribas a mi canal e ingreses a nuestro grupo sobre las sas aquí facebook.com/groups/sasmx
pues una cantidad con la que puedas operar un o dos meses. te invito te suscribas a mi canal e ingreses a nuestro grupo sobre las sas aquí facebook.com/groups/sasmx
la facturación la puedes realizar con un proveedor externo o en el SAT. te invito te suscribas a mi canal e ingreses a nuestro grupo sobre las sas aquí facebook.com/groups/sasmx
en el psm y el aumento se hace mediante asamblea ante fedatario público como nosotros, te invito te suscribas a mi canal e ingreses a nuestro grupo sobre las sas aquí facebook.com/groups/sasmx
Hola, buen día, quiero saber qué necesita una empresa para contratarme si soy extranjero con residencia permanente por unidad familiar, las empresas necesitan también esa constancia de empleador, a pesar de que ya yo tenga todos mis documentos en regla como son residencia permanente que te permite tener los mismos derechos que cualquier mexicano, mi RFC, mu CURP, mi NSS, cuenta de nomina, como proceden ellos para contestarme???
el procedimiento de cambio de representante legal es mediante asamblea ante fedatario público como nosotros. Te podemos apoyar si gustas en el whatsapp 8130569094. Te invito te unas a nuestro grupo de FB sobre las SAS en facebook.com/groups/sociedadporaccionessimplificada. Responder