Ya van 7 meses de esta publicación, ya quizas debió llegar a Audiencia de juicio si es que se fue y si se fueron a MASC o salida alterna compartan. La justicia si llega si se invoca correctamente.
Que sucedio con este señor acusado que de propia voz de la MP quien no tiene culpa, aclaro, ella esta para culpar a quien se encuentre en el momento, lugar y circunstancia, donde se dió un delito y encuentre indicio de que esa persona es quien pudo haberlo cometido, pero, cuando se va a respetar el principio de Presunción de inocencia y responsabilizar al culpable y no a quien sea mas facil culpar por la dimensión del vehículo.
Defensa, camaras para acreditar si la señora es quien se atraveso donde y cuando no debía. El deber de tener y mantener el debido cuidado, sociedad, implica a todos. Seas peatón o seas automovilista.
Cuando es culposo el delito, pueden acceder a los MASC. Sociedad, cuando se humaniza el Derecho Penal y se criminaliza la Violencia Intrafamiliar, se puede lograr un crecimiento individual real, que permita tener una sociedad útil para continuar abatiendo sesgoz sociales.
Y por qué no se fué a un MASC? Es duda. Ya que la bicicleta pudo o no ir en el carril adecuado. Ahora, eso de darse a la fuga hay que ver si lo violentaron y quisieron golpear, y de ahi inventan que se haya querido dar a la fuga. O si de verdad se quiso dar a la fuga sin brindar la atención, y eso agrava el delito con lo que no tiene mayores derechos de irse a un MASC o algun otra salida alternativa. Todo esto siempre con la debida reparación del daño.
Porque siempre los mp piden prisión preventiva justificada cuando ya saben que no es la idónea y es excesiva, será porque es negocio tenerlos dentro del centro Preventivo, lo bueno que los jueces no lo permiten.
Porque es linea de la Fiscalia del Edomex , cuestiones politicas, para que vea "que si estan trabajando" y no dejan tan facil irse a los imputados. Igual en la CDMX
Observe el Primer Video, me parecio muy severa la Jueza y de forma parcializada hacia el Mp, sin embargo prevalecio su Facultad en el Ejercicio de Juzgadora para la busqueda de la Justicia, en el debate de Medidas Cautelares, pues reivindico un poco su actuar, sin perder de vista que es un Delito Culposo, me parecio singular, que la Garantia la Limitara unicamente a que fuera en Efectivo creo que esa base esta sujeta a que fuera a traves de Fianza, Hipoteca, Prenda etc, pues resultaria ilusoria o inclusive discriminatoria. Muchas gracias ppr el material, se me hizo sumamente ilustrativa la narrativa del Delito, mucho exito Vemar y gracias por el contenido
Les agradezco Abogados que suban estas Audiencias, en el aspecto técnico es cierto que se requieren de los Dictámenes, sino estamos al Arbitrio de los Juzgadores y sin embargo también del lado de la balanza, no se puede quedar impune un Homicidio a cualquier ser Humano, sobre todo a un menor, entiendo el porqué de la Juzgadora y las Razones del Defensor, cruda realidad. Gracias Abogados amplia mi espectro de conocimiento Profesional.
Estoy amando que los auxiliares de sala esten activos. Y que los jueces vayan a datos precisos al dictaminar si fue o no legal la detención. Felicidades ya estan ahora si con un sistema adversarial que falta como todo, poder pulirlo constantemente.
Para quienes quieran la tesis donde dice diagonal es 7. Si van a enunciar una tesis, revisa y no digas burradas, las tesis no tienen diagonales en sus registros digitales.
Excelente por esta Juez, clara super concisa, y sobre todo demuestra que un sistema oral no tiene porque irse al di y te dire, una cosa es la contradicción, y otra que se avientan un juego de mi casa es más grande sin realmente argumentar jurídicamente. Voy a tomar de referencia esta audiencia para el ejercicio de la función.
Por eso deben obligar a los motociclistas a circular como deben y dejar de culpar a gente que trae un vehiculo mas grande, si el delito de no actuar debidamente es el motociclista al rebasar por la derecha.
Oye MP; Lo que acreditaria que quien tuvo falta de precaución y el debido cuidado, es el peritaje de los vehiculos. Como solicitas su vinculacion si el que rebasa y no tiene el debido cuidado es el motociclista. Y las lesiones si se derrapa solito se las provoca.
Pero el accidente relataron que se dio porque el motociclista quiso rebasar, entonces, la victima es quien no tuvo el debido cuidado. No hay dolo si culposo, entonces que solicite un MASC. Aunque no es justo pues la imprudencia fue del motociclista.
Es el primer agente del ministerio público que veo aue al menos lleva la carpeta estudiada y con las diligencias y actis de investigación, bien por el MP
Si se requiere del dictamen en hechos de tránsito, entonces para que quieren un proceso judicial, darle tanto poder a un dictamen solo ha generado que los peritos vendan sus dictamenes y sean desvirtuados o solo rindan informes. La Ley es clara y establece que se puede vincular con datos minimos, lo que acontece con los datos de prueba que ya dio la fiscalía. En todo caso solo es vinculación a proceso y tienen todo un proceso para probar sus dichos. Este tipo de desconocimiento de las leyes, solo es provechado por las aseguradoras para deslindarse de sus responsabilidades. Las seguradoras confian en la ineficiencia del sistema judicial. Afortunadamente en este caso no fue asi. Excelente actuar de la Juez.
Con todo respeto creo que la Juez determinó de forma correcta toda vez que de los datos de pruebe que obran en la carpeta se pueda justificar de forma razonable que se cometió un hecho que pudiera constituir un delito y exista la posibilidad de que el acusado lo haya cometido. Si bien es cierto que falta el dictamen en transito terrestre considero que el argumento del abogado fue erróneo toda vez que le da a ese dictamen el valor de saber si fue responsable del hecho ya sea el operador o el ciclista y como no se tiene no se puede demostrar que la probabilidad de que el a cusado lo cometió. Tan solo es un dato de prueba que en si mismo no determina lo anterior incluso si llega a juicio y se desahoga y se incorpora aún el juez deberá valorarlo para su determinación judicial.
Cuando se coloca un amparo, finalmente se vuelven públicos porque se ampara al quejoso y debe ser claro a quien se ampara. Regularmente siempre un Defensor indica que se mantengan en privado. Pero reitero, según sea el caso, en algún momento pueden convertirse en públicos.
Es el sistema penal el que tiene muchas "lagunas" legales y puertas traseras. Todo ello se pensó para que los delitos de "cuello blanco", aún habiendo evidencias y pruebas contundentes, un error mínimo, deriva en libertad asi nada mas.
Lastima en verdad cuánta falta hizo que presentarán suficientes pruebas testigos cámaras con pruebas,no justifico estos hechos pero hay adolecentes que no tienen cuidado ni precaución ,lo se por que me ha tocado ver estas situaciones,pero si que hizo mucho ,ni hablar espero que esté hombre tenga otra oportunidad,y por parte de los padres del adolescente, la reflexión y resignación.Todos estamos en un hilo