Muchas gracias Celia por tu completa exposición. Tengo una duda sobre lo que has explicado. En el supuesto en que puedes cobrar el 100% mas los ingresos agrarios totales, siempre que no se supere el s.m.i., esos ingresos agrarios a los que nos referimos ¿son brutos o netos?. Porque ya sabemos que en agricultura los ingresos netos suelen ser entre el 20-40% de los ingresos brutos (ventas). Agradeceria mucho tu opinion porque he hecho esta pregunta por escrito a la Seguridad Social de mi provincia y no he obtenido respuesta alguna Muy agradecido por tu encomiable labor de divulgacion del derecho agrario, tan abandonado en los ambitos divulgativos Pedro Cano / Banyoles (Girona)
Buenas tardes. Me gustaría saber si lo que han explicado en el video y lo de los rendimientos netos de las respuestas es aplicable a cada uno de los siguientes jubilados: 1: Jubilados del Regimen Especial Agrario 2: Maestro jubilado voluntario a los 60 años de Clases Pasivas que ya tenía ingresos agrícolas en tierras propias inferiores al 50% de los ingresos de maestro 3: Jubilado del Régimen General Gracias.
Muchas gracias por tu ràpida respuesta Celia. Me quitas un peso de encima al saber que el referente son los ingresos netos. Hay alguna instruccion de la AEAT que lo aclare? Por mas que he buscado y preguntado nunca he encontrado nada escrito que certifique este criterio. Muy agradecido por tu atención