Los Sindicatos o las Federaciones de Sindicatos o las Confederaciones Sindicales, pueden presentar pliegos de solicitudes, cuando tengan dentro de sus afiliados a Empleados Públicos o a Contratistas de Prestación de Servicios que en las Entidades Públicas ejercen funciones propias de los Empleados Públicos.
Los pliegos de solicitudes se deberán presentar dentro del primer bimestre del año, sobre los siguientes puntos:
1. Las condiciones de empleo.
2. Las relaciones entre las entidades públicas y las organizaciones sindicales para la concertación de las condiciones de empleo.
3. Los salarios de acuerdo con las posibilidades fiscales y presupuestales.
6 сен 2024