Yo tengo una duda, si mi abuelita hace un año vendio un departamento en 1 millon y este año vendio otro departamento suyo en 1,500,000. El segundó departamento se tendria que declarar ante el SAT, si ella no ha he estado en ningun regimen porqué nunca habia trabajado, yo la tendría que ingresar al regímen de enajenación de bienes. Y presentar su declaración en abril. Entonces lo que el sat le retendria es el 30% de valor del segundo bien?
Buenas tardes, si vendo mi casa ¿debo agregarme al régimen fiscal de enajenación, o se hace automáticamente cuando acudo al notario? Mi régimen actual es de sueldo y salarios
¡¡Excelente video!! Tengo un par de dudas: En el caso de que un matrimonio quiera vender dos casas en el mismo año. Si un cónyuge tiene una casa a su nombre con ese domicilio en su INE, y el otro cónyuge tiene la otra propiedad a su nombre también con su INE en esa otra propiedad, ¿ambas ventas excentan el ISR? Mi otra duda es acerca de la deducción por gastos de Intermediación inmobiliaria: Si el dueño de la casa que excente ISR está dado de alta en RESICO ¿puede deducir el IVA de los servicios inmobiliarios? ¿Qué actividades debería tener para poder deducirlo? Te agradezco de antemano, por favor haz más videos de temas del SAT referentes a lo inmobiliario!! 😊