Tengo una duda, me da la sensación (estoy en la pregunta 3) que no se está diferenciado entre "puesta a disposición" y notificación, el supuesto dice que se ha notificado el 29/01/2024, por lo tanto se entiende que el interesado o su representante hna accedido al contenido de la notificación. Si el supuesto dijese: la puesta a disposición en la sede electrónica se produce el 29/01/2024, es decir, el funcionario de turno "empuja de salida la notificación", por tanto para mi, desde el día siguiente a la "salida" se cuenta el plazo de 10 días naturales para acceder a su contenido por comparecencia electrónica en la sede, y de no producirse es entonces cuando se considera rechazada. El supuesto no nos dice si el día de la NOTIFICACIÓN, coincide con el día de PUESTA A DISPOSICIÓN O SALIDA DE LA NOTIFICACIÓN, notificación y puesta a disposición no tienen porque coincidir, por lo que yo entiendo que en esa pregunta no se puede responder con una fecha concreta si no con lo especificado en el propio artículo. Gracias.
Gracias Paco, hoy te he visto en diferido porque te estoy haciendo caso y sigo estudiando a mí ritmo y ahora estoy en la playa, jeje. Me ha parecido genial este mini supuesto, mil gracias!