Continuamos con el curso de amparo. En esta ocasión, continuamos con una introducción a los juicios de amparo directo e indirecto, señalando sus principales diferencias, así como su naturaleza jurídica.
3:00 NOOOOOOO que grande eres, de verdad, estaba prestando mucha atención cuando de repente pones este clip, muchas gracias por el video, está buenísimo.
Para muchos que incluso hemos estudiado el tema, se nos hacen confusos algunos aspectos, pero con el video los entendí de mejor manera, gracias, Magazo.
Gracias Magazo, ayudas a este perdido estudiante del derecho a encontrar el camino de la iluminacion. Porfavor sube mas contenido explicando mas temas. Saludos!
Wow, excelente explicación, mas claro ni el agua, lo que el Maestro de mi clase de Amparo explicó en poco mas de una hora y me quedé con cara de Whatt¡¡¡, contigo en poco mas de 8 minutos lo entendí perfectamente, sin rodeos y de forma clara, gracias Magazo, ahh y me suscribo.
La mejor explicación! 👏🏻👏🏻 No entiendo porque los maestros continúan con un método pedagógico en el que se aferran a los sermones y no a este tipo de explicaciones más sencillas y cortas.
Me gusto mucho tú vídeo, me agradaría que sacaras los otros vídeos que mencionaste, los de procedencia, improcedencia, el interés, te lo agradecería mucho.
Mejor explicado que en la uni-de paga!!! Gracias men. No todos los que pretenden explicar algo, tienen el don de hacerse entender....o ni ellos mismos lo entienden!
El juicio de amparo indirecto, no sólo se tramita por Juzgados de Distrito, también por Tribunales Unitarios de Circuito (próximamente, Tribunales Colegiados de Apelación).
Muy bien, me agrado tu forma de como explicas de manera facil y flexible, aunque pues si hay que estudiarle, pero el procedimiento generico es lo que hace que varias personas entiendan el proceso
Tu video me resulto muy interesante, entretenido, todo me quedo muy claro Yo antes no entendía muy bien sobre el amparo Pero con tu video, ahora lo entiendo mejor Muchas gracias por tu video
En el juicio de amparo directo no su pueden analizar de oficio todas las violaciones del procedimiento solo aquellas en las que se admita la suplencia de la deficiencia de la queja, es decir solo en las materias penal, laboral y familiar tratándose de menores de edad, y en aquellas en que exista un violación flagrante de la ley, y las violaciones procesales se necesita preparar las violaciones procesales de lo contrario serían inoperantes.
@@2211832 claro que se equivocó mando por el caño el principio de estricto derecho en la materia civil, mercantil y administrativa, solo le faltaron consultar algunas jurisprudencias de la corte
Me fui a final con un profesor que simplemente nos ponía a leer un libro de Amparo, nada entendible. El miércoles presento mi examen y lit no sé nada, ahora que veo tus videos no puedo creer que se pueda explicar de una manera sencilla y fácil, lo entendí muy bien. Lamentablemente no has subido los demás temas, espero encontrar videos que aparquen toda la materia
Quisiera información sobre el amparo indirecto tengo una situación de que mi agresor se amparo desde septiembre del 2021 y ahorita está en revisión su amparo desde febrero de este año, cuanto tiempo tardará en darle la resolución ? El proceso de ser vinculado ante el juez de control por el delito de violencia familiar está suspendido temporalmente, por favor ayudenme . gracias
Abogado, chutate unos videos del Amparo Adhesivo, la suspensión del acto y algo del Amparo Directo en materia de propiedad industrial, referente a la nulidad de la marca.
Mi caso durante 8 años estuve sin trabajo formal por lo tanto no hice pagos a mi credito de INFONAVIT posteriormente ya estoy con trabajo formal y el INFONAVIT me descuenta a través de mi patron los pagos a la deuda, sin embargo me comunica que si no pago el total de mi deuda amenaza con despojarme de mi propiedad, que no procede un amparo indirecto contra el INFONAVIT al existir un acto consentido al estarme descontando mis pagos mensuales por medio del patrón durante los 2 ultimos años?