Una vez iniciada la tramitación de nuestro expediente de nacionalidad española, podremos ir consultando cada cambio de estado a través de la página de "Cómo va lo mío" hasta que finalmente nos encontremos una resolución de nuestra solicitud.
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Una vez obtenida la resolución sobre nuestra petición de nacionalidad , el último paso paso para convertirnos finalmente en ciudadano español es el famoso trámite de la jura, pero para la realización de este trámite, tenemos que, previamente, descargar nuestra resolución. ¿Cómo lo hacemos?, ¡muy fácil! Te lo explicamos en este post.
¿Cómo descargar la resolución de nacionalidad española?
En primer lugar, tenemos que distinguir si hemos presentado nuestra solicitud de nacionalidad española por Registro Civil, o bien, por vía telemática.
Si hemos presentado nuestro expediente de nacionalidad por Registro, con el antiguo proceso, cuando consultemos nuestro expediente a través de la página de “Cómo va lo mío”, y éste resulte concedido, aparecerá un código seguro de verificación (CSV) que nos permitirá realizar la descarga de la resolución a través de la misma plataforma.
Es importante tener en cuenta que, la comprobación de la concesión de la solicitud y descarga de la resolución a través de "Cómo va lo mío" nos constituye una notificación oficial, sino que tiene carácter meramente informativo.
Con este documento, el interesado deberá acudir al Registro Civil donde hubiera iniciado la solicitud de nacionalidad para que allí se notifique oficialmente la concesión, y solicitar la cita para el trámite de la jura.
Si por el contrario, hemos presentado nuestra solicitud de nacionalidad de forma telemática, con el nuevo proceso, al acceder a “Cómo va lo mío”, nuestro estado aparecerá como “Abierto-Concedido”.
A partir de este momento, tendremos que estar pendientes de nuestro correo electrónico, ya que si al presentar nuestra solicitud hubiéramos consentido las notificaciones electrónicos, recibiremos la notificación al e-mail que hubiéramos facilitado para tales efectos.
Es importante tener en cuenta que esta notificación tiene plenos efectos jurídicos, a diferencia de las mencionadas anteriormente, ya que ahora, una vez descargada la resolución, comienzan a contar los plazos, en caso de resolución favorable, de 180 días para hacer la Jura en el Registro Civil competente, y en caso de ser desfavorable, para interponer los correspondientes recursos potestativo de reposición o contencioso-administrativo.
En este caso, recibiremos un correo electrónico con el asunto "nueva notificación". Debemos hacer click en el enlace que aparecerá al final del e-mail, el cual nos dará acceso al portal de carpeta ciudadana (es importante tener en cuenta que será necesario disponer de un certificado digital o Cl@ve para poder acceder a esta carpeta).
Una vez dentro, iremos a la opción de "Notificaciones y comunicaciones". Al acceder a "notificaciones pendientes" veremos al archivo pendiente de descarga (en este caso, la resolución sobre nuestra solicitud de nacionalidad española).
Una vez realizada la descarga, la resolución aparecerá en la pestaña de "notificaciones recibidas"
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20 май 2018