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Caducidad de procedimientos e interrupción de la prescripción 

Leyes para oposiciones
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En este vídeo os explico de forma conceptual la relación entre la caducidad de procedimientos y la interrupción de la prescripción.
Con algunas referencias a la ley 39/2015 y a la ley 40/2015.
PROFESOR: Manuel Efrén
LISTAS DE REPRODUCCIÓN: / leyesparaoposiciones
AULA VIRTUAL: www.leyesparao...
Email: info@leyesparaoposiciones.es
Instagram: @leyesparaoposiciones

Опубликовано:

 

28 авг 2024

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Комментарии : 63   
@susanaramos3773
@susanaramos3773 Год назад
Ni te imaginas lo que agradezco tus meridianas, amenas y efusivas explicaciones. Mil gracias!!!!!
@Leyesparaoposiciones
@Leyesparaoposiciones Год назад
De nada Susana! me alegro mucho de poder ayudar!
@martaordono7947
@martaordono7947 21 день назад
espectacular esta explicacion
@Leyesparaoposiciones
@Leyesparaoposiciones 21 день назад
Gracias Marta!
@yolandatko4809
@yolandatko4809 2 года назад
Muy bien explicado y con acento gallego, que me encanta. Gracias.
@Leyesparaoposiciones
@Leyesparaoposiciones 2 года назад
Muchas gracias Yolanda! 😊
@susanagomezfernandez4604
@susanagomezfernandez4604 2 года назад
Pedazo de vídeo!!! Muchas gracias por tus explicaciones
@Leyesparaoposiciones
@Leyesparaoposiciones 2 года назад
De nada Susana! Me alegro de que te haya gustado!
@tomasevangeliomartinez1522
@tomasevangeliomartinez1522 2 года назад
Muy buen video, como todo el material que subes. Muchas gracias!!!
@Leyesparaoposiciones
@Leyesparaoposiciones 2 года назад
De nada Tomas!!
@yurenaaylagas6159
@yurenaaylagas6159 6 месяцев назад
Me encanta. Muy útil y entretenido
@Leyesparaoposiciones
@Leyesparaoposiciones 6 месяцев назад
Muchas gracias Yurena!!
@covadongapicatoste1306
@covadongapicatoste1306 Год назад
Exelente explicación, muchas gracias
@Leyesparaoposiciones
@Leyesparaoposiciones Год назад
Gracias a ti!
@antonioignacionoguerapardo4162
@antonioignacionoguerapardo4162 2 года назад
Muy interesante y súper bien explicado. Gracias
@primrose6598
@primrose6598 2 года назад
Muchísimas gracias por este video Manuel. Estoy con tu curso de la ley 40/2015 ahora tras la magnífica experiencia que he tenido con el de la CE. Magnífico ejercicio pedagógico y consejos. Opto al CSF (A1.2) y en mi convocatoria los exámenes han sufrido una ligera modificación. La parte práctica se incluye en el primer ejercicio en formato test. El segundo ejercicio es el desarrollo de 2 temas de la parte específica.
@ethelf9361
@ethelf9361 2 года назад
Es buenísimo, pero se llama Manuel ☺️. Yo tb estoy estudiando pero para otra convocatoria diferente.Mucho ánimo con el estudio.
@primrose6598
@primrose6598 2 года назад
@@ethelf9361 ¡¡ayy!! Mis disculpas Manuel, me han bailado los nombres!! No era, ni mucho menos mi intención ser tan desconsiderada.
@Leyesparaoposiciones
@Leyesparaoposiciones 2 года назад
No pasa nada!! Y me alegro mucho de que te estén gustando los cursos! Sobre lo q comentas de los cambios en el formato del examen, en el A1 de la Xunta de Galicia han hecho lo mismo: antes había un test, luego un supuesto practico y luego los temas de desarrollo, y ahora han fusionado el test con el supuesto en un único examen, y luego se hacen los temas de desarrollo; supongo q será para tener q corregir menos exámenes!! Saludos y ánimo con el estudio!!
@estefaniaherediagalvez1948
@estefaniaherediagalvez1948 Год назад
Tus vídeos son ORO!! Quería preguntar sobre el otro vídeo que comentas, yo he visto tus vídeos 52 y 59. Hay alguno más sobre este tema? Muchas gracias por tu tiempo.
@Leyesparaoposiciones
@Leyesparaoposiciones Год назад
Me alegro mucho de que te gusten mis videos Estefanía! sobre lo que comentas, de este tema solo he subido los videos a los que haces referencia. Saludos y ánimo con el estudio!
@bibianacosta3003
@bibianacosta3003 2 года назад
Que gran ayuda!! Muchas gracias!!
@Leyesparaoposiciones
@Leyesparaoposiciones 2 года назад
De nada Bibiana!!
@joseluislanchobernal5761
@joseluislanchobernal5761 2 года назад
Gracias Manuel !!!
@Leyesparaoposiciones
@Leyesparaoposiciones 2 года назад
Gracias a ti Jose Luis!
@ismaeln6483
@ismaeln6483 Год назад
Pero que bueno eres!!!!!...que pasa luego en la universidad???? , Que les pasa a los profesores que no pueden explicar con la misma claridad y sencillez con la que lo hace este señor??...Llegan a un punto que se acomodan y les da todo igual????
@Leyesparaoposiciones
@Leyesparaoposiciones Год назад
jajajaja muchas gracias Ismael! me alegro de que te guste mi forma de explicar!
@anatman88
@anatman88 4 месяца назад
Duda: en el caso de procedimiento administrativo de responsabilidad PATRIMONIAL, ¿se interrumpe también el plazo de prescripción cuando se inicia el procedimiento? En cuanto al vídeo, estupendo, como siempre ^_^
@Leyesparaoposiciones
@Leyesparaoposiciones 4 месяца назад
Hola! Sobre la responsabilidad patrimonial, es una figura diferente, ya que se trata de un derecho y no de una infracción, pero si se inicia en procedimiento en plazo, entonces no se produce la prescripción. Saludos!
@dolorescorral1597
@dolorescorral1597 Год назад
Gracias.me gusta mucho
@Leyesparaoposiciones
@Leyesparaoposiciones Год назад
Gracias a ti Dolores!
@dolorescorral1597
@dolorescorral1597 Год назад
Estoy en la UNED y muchas gracias
@Leyesparaoposiciones
@Leyesparaoposiciones Год назад
De nada Dolores!!
@idadcooperativa2281
@idadcooperativa2281 8 месяцев назад
Gracias por tus videos. En el ejemplo que muestras un procedimiento sancionador (de oficio) y comentas que si se produce la caducidad del procedimiento es como si nunca se hubiera iniciado. Si en vez de un procedimiento de oficio, es un procedimiento a instancia de parte ¿También se produciría esa misma lógica? o ¿el tiempo desde que se inicia el procedimiento hasta que caduca no computa para el plazo total de prescripción? Muchas gracias de antemano
@Leyesparaoposiciones
@Leyesparaoposiciones 8 месяцев назад
Hola.Los procedimientos caducados no interrumpirán el plazo de prescripción (art 95.3). Saludos
@dolorescorral1597
@dolorescorral1597 Год назад
Gracias.
@Leyesparaoposiciones
@Leyesparaoposiciones Год назад
Gracias a ti Dolores!!
@martavazquez6659
@martavazquez6659 Год назад
Hola Manuel! Disculpa una pequeña duda: de cara a computar el plazo para resolver un procedimiento iniciado de oficio, el artículo 21 nos indica que dicho cómputo se dará desde la fecha del acuerdo de inicio. Si el plazo para resolver fuese un plazo de 1 mes, se computaría de fecha a fecha (por ejemplo, del 09/02 fecha del acuerdo de inicio, al 09/03 fecha de vencimiento), teniendo en cuenta el computo de plazos en meses del artículo 30. Ahora bien, ¿y si el plazo para resolver fuese un plazo de 30 días? ¿Contarías el 09/02, fecha del acuerdo de inicio, dentro de esos 30 días, o iniciarías el computo a partir del día siguiente, como también indica el artículo 30 para los plazos en días? Muchísimas gracias de antemano, bendito seas! 🙏
@Leyesparaoposiciones
@Leyesparaoposiciones Год назад
Buenas Marta! sobre lo que comentas, hay textos en ambos sentidos, y también conozco a funcionarios A1 que aplican tanto un criterio como otro, pero hay un principio del derecho romano que debe prevalecer que es "dies a quo non computatur in termino", que significa que el primer día no se computa en el plazo; aunque ya te digo, esto es algo que no es para nada pacífico, y que de hecho, he visto exámenes oficiales en los que lo hacen de una forma y otros en los que los hacen de otra. Saludos!
@martavazquez6659
@martavazquez6659 Год назад
Muchísimas gracias Manuel! Lo cierto es que me ha resultado muy conflictivo llegar a una conclusión a este respecto, ni la jurisprudencia me lo ha aclarado del todo. Me quedo con tus conclusiones, hay división de pareceres. Saludos!
@AntConHer
@AntConHer 10 месяцев назад
En un principio lo del mes ese de reinicio de la prescripción lo veía inútil porque he pensado "¿qué más le da al interesado ese mes si realmente lo que le interesa es que el procedimiento caduque?". Pero claro, eso del mes tendría utilidad para el interesado si el plazo de prescripción es inferior al plazo para resolver. No se si habrá procesos en los que ocurra eso.
@Leyesparaoposiciones
@Leyesparaoposiciones 10 месяцев назад
🤷🏻‍♂️
@ilary1506
@ilary1506 2 года назад
Muy interesante! Y mi pregunta es: si el procedimiento caduca pero las acciones no prescriben, pueden volver a iniciar el procedimiento en el plazo que queda de prescripción?
@Leyesparaoposiciones
@Leyesparaoposiciones 2 года назад
Buenas! Sobre lo q comentas, si que se puede hacer; de hecho, hay una referencia a ello en el art 95.3. Saludos y ánimo con el estudio!
@henryalexisduranduran5292
@henryalexisduranduran5292 11 месяцев назад
Hola buenas una pregunta, Cometí un delito de (Alcoholemia) el día 19/02/23 y no se realizo el juicio rápido hasta el día 22/05/23 (3 Meses). Donde la sentencia se hizo firme y me condenaron a 8 meses sin carnet y el pago de una sanción económica, que a fecha de hoy no me ha llegado ninguna notificación para los plazos de pago ni el numero de cuenta, el abogado quedo en llamarme, mi pregunta es si no hay un plazo máximo de la administración para iniciar este proceso? ya que voy a cumplir la mitad de la condena sin carnet y se había acordado el pago de la multa en 7 meses.
@nafrira7821
@nafrira7821 Год назад
Hola! Felicitarte por tu video. A ver si lo entendí bien. Cometo una infracción 01-04-23 que prescribe al año. Al mes (01-05-2023) la Administración inicia un procedimiento sancionador, a los 3 meses (01-08-2023) se produce la caducidad. Y aquí mi duda, el procedimiento sancionador es como si no hubiera existido. Es decir, el plazo de prescripción vuelve a computar a partir de qué fecha? 01-04-23 y prescribe 01-04-24? o a partir del 01-05-23 que es cuando se inicia el procedimiento sancionador y prescribe el 01-05-24? me lié. GraciaS!!!
@Leyesparaoposiciones
@Leyesparaoposiciones Год назад
Buenas! sobre lo que comentas, es como si el procedimiento no hubiera existido, por lo que computarías desde el 1-4-23. Saludos!
@nafrira7821
@nafrira7821 Год назад
@@Leyesparaoposiciones Mcuhas gracias!
@manuelteruel1863
@manuelteruel1863 2 года назад
Buenas tardes. Muy buen vídeo. Tengo una duda y es “si es imprescindible el conocimiento del interesado para que la incoación produzca el efecto de interrupción de la prescripción de la infracción. Muchas gracias
@Leyesparaoposiciones
@Leyesparaoposiciones 2 года назад
Buenas Manuel. Según la literalidad del art 30 de la Ley 40/2015 "Interrumpirá la prescripción la iniciación, con conocimiento del interesado, de un procedimiento administrativo..." Saludos y ánimo con el estudio!
@manuelteruel1863
@manuelteruel1863 2 года назад
@@Leyesparaoposiciones Muchísimas gracias. Muy amable. Un saludo
@esterestreleta
@esterestreleta Год назад
@@Leyesparaoposiciones Me ha chocado que Manuel, tú, dijeses "Buenas Manuel". Muchas gracias por el vídeo, es complejo de entender y de explicar, pero lo has hecho posible. Saludos!!
@jjoossee1999
@jjoossee1999 Год назад
Buenas, ¡muchísimas gracias por tu vídeo! Tengo una duda, con un aspecto de la norma que me resulta contraintuitivo, referido al párrafo segundo el art. 30.2 con la cláusula de la reiniciación del plazo de prescripción si se paraliza el expediente durante más de 1 mes por causa no imputable al responsable. Me resulta contrario a los principios de favor libertis y de proporcionalidad que por una causa NO imputable al interesado se vuelvan a reiniciar los plazos de la prescripción que ya estaban corriendo. La STS del 6 de mayo de 2021 entiende este asunto diciendo que se hace así precisamente para garantizar la seguridad jurídica del interesado de que la imposición de sanción conlleve siempre previamente un procedimiento sancionador y que este no se demore más de la cuenta por la propia Administración, pero me resulta contra-intuitivo a primera vista. Muchas gracias por tus vídeos de nuevo!
@Leyesparaoposiciones
@Leyesparaoposiciones Год назад
De nada Jose Manuel! sobre lo que comentas, mas allá de como interprete el TS el tema de que se reinicie o vuelva a transcurrir, la ventaja que se le da al interesado es que, por lo menos, el plazo de prescripción se reanuda, y así en última instancia, si que se podría llegar a producir la prescripción aún habiéndose incoado un procedimiento en su momento. Saludos!
@encarnamo4299
@encarnamo4299 Год назад
Hola!! Mi duda es la siguiente, imaginemos q el plazo se interrumpe por el inicio del procedimiento sancionador, hay silencio administrativo y este caduca por lo q quedan dos dias para q prescriva, la administración inicia el procedimiento al dia siguiente pero a la administración no le da tiempo a notificar el acuerdo de iniciacion al interesado, por lo q no hay conocimiento del interesado dentro del plazo establecido para la prescripcion. Este nuevo proceso q se ha iniciado justo antes de que termine el plazo de prescripcion, aunque el interrsado tenga conocimiento del inicio del procedimiento una vez q finalizo el plazo de prescripcion??
@Leyesparaoposiciones
@Leyesparaoposiciones Год назад
Hola! lo que interrumpe la prescripción es "la iniciación, con conocimiento del interesado, de un procedimiento administrativo". Saludos
@mangelesc4382
@mangelesc4382 Год назад
Muy interesante, pero mi duda es que el artículo 95 cuando se habla de caducidad es en procedimientos iniciados a solicitud del interesado, y en tu hablas de procedimientos iniciados de oficio, esto no me queda claro. Gracias
@Leyesparaoposiciones
@Leyesparaoposiciones Год назад
No estas interpretando bien el artículo; la referencia a los procedimientos a solicitud es para el punto 1, el punto 3 es referido a cualquier procedimiento. Además, hay abundante jurisprudencia sobre este tema
@CC-ys2ms
@CC-ys2ms 2 года назад
Hola Manuel, tengo una duda: el art 25.2 de la LPAC referente a la falta de resolución expresa en procedimientos iniciados de oficio dice que si dicho procedimiento se paraliza por causa imputable al interesado se interrumpirá el cómputo del plazo para resolver y notificar. Mi duda es, esta interrupción implica q si el interesado realiza las actuaciones pertinentes, empezaría a contar de cero el plazo para resolver y notificar o continuaría desde donde se quedó? Y por otra parte, esa paralización tendrá q tener una duración máxima no? No podrá estar el procedimiento paralizado eternamente.. Otra cosa q me despista es porqué no se incluye esta posibilidad en el artículo 22.2 que habla d la suspensión obligatoria del plazo para resolver y notificar ya q el 25.2 parece q tb hace referencia a otro supuesto d suspensión obligatoria d dicho plazo (no sé si "interrumpir" y "suspender" son sinónimos en estos casos e implican continuar con el cómputo del plazo desde donde se quedó o empieza de nuevo, o en un caso implica una cosa y otra en el otro caso). Sé q no tiene mucho q ver con el tema del vídeo pero si pudiese valer como idea para otro vídeo me harías un gran favor..
@Leyesparaoposiciones
@Leyesparaoposiciones 2 года назад
Buenas! Tomo nota de la sugerencia y lo tendré en cuenta para futuros vídeos. Saludos y ánimo con el estudio!
@Samuel-ql3uy
@Samuel-ql3uy 2 года назад
Muy interesante!!! Mil gracias Manuel! Cuanta luz das a las tinieblas jajaja
@Leyesparaoposiciones
@Leyesparaoposiciones 2 года назад
Jajajaja de nada María!!