Las pensiones por invalidez absoluta y gran invalidez ya no son compatibles con el trabajo.
En un fallo del 12 de abril de 2024, el Tribunal Supremo unifica doctrina para declarar incompatible la percepción de alguna de estas pensiones con el trabajo a tiempo completo en una actividad laboral. En este caso concreto, la venta de cupones.
La resolución del Tribunal Supremo indica que lo permitido es compatibilizar la gran invalidez y la absoluta con prestaciones de servicios marginales, que no requieren alta laboral ni cotizar.
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Tal y como explica Pedro López Cerro, experto en derecho laboral de #CEDDD, la diferencia entre “actividades marginales” y “trabajos” cambia doctrina e indica que con una absoluta o gran invalidez, no se puede trabajar.
6 май 2024