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CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES de la RESPONSABILIDAD CRIMINAL en el CÓDIGO PENAL español (ARTÍCULO 21) 

Lucía y el Derecho
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18 сен 2024

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Комментарии : 6   
@guadacolors
@guadacolors 6 месяцев назад
Super bien esplicado
@luciayelderecho7986
@luciayelderecho7986 5 месяцев назад
Gracias!
@pepanp422
@pepanp422 2 года назад
Hola. Tienes algún vídeo sobre mala praxis judicial? Pedir abogado de oficio en ese caso es conveniente ? Gracias
@luciayelderecho7986
@luciayelderecho7986 2 года назад
Hola Pepa, No tengo un vídeo sobre el tema, tomo nota de la sugerencia. Respecto a pedir un abogado de oficio, supongo que depende del caso.. en todo caso, siempre es bueno asesorarse. Un saludo!
@nikorossi7912
@nikorossi7912 2 года назад
Me gustaría preguntar por qué la confesión es una circunstancia atenuante cuando podría usarse para desviar la investigación. Muchas gracias😀😀😀
@luciayelderecho7986
@luciayelderecho7986 2 года назад
Hola de nuevo Niko, El fundamento de esta circunstancia se suele encontrar en razones de política criminal, por el hecho de facilitar la investigación, es una forma de colaboración con la justicia y por ello no se exige ningún ánimo en el culpable, un arrepentimiento, basta con que confiese, siempre que lo haga de forma veraz y antes de tener conocimiento de que existe un procedimiento dirigido contra él. Otro saludo!
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