hola, buenas tardes Dr. Santofimio. que buena son sus exposiciones hasta ahora estoy incursionando en el mundo del derecho. Significa para mi un refuerzo académico y llena los vacíos con otras cátedras
Gracias Dr. Santofimio! Aspiro, y le agradezco de antemano, pueda continuar con esta iniciativa, que no solo beneficia a los estudiantes de tercero del Externado, sino a nosotros que ya estamos en cursos superiores. Muchas gracias Doctor Santofimio.
Dr. Jaime Santofimio, primero decir que lo escucho con tanta admiración, como respeto. Gracias por compartir esta información. Sin embargo, tengo un interrogante puedo complementar o adicionar una resolución que resuelve el recurso de reposición y apelación por extemporaneidad y que ya está ejecutoriada, pero aún en tiempo del año para la perdida de competencia.? Es obligación informar que puede presentarse la queja?. esa en si la complementación, no se informó. Agradecería su aporte.
Pero realmente no dijo nada en concreto, acerca del procedimiento administrativo sancionatorio, se dedicó fue a hablar de las generalidades y principios. Puede mejorar.
El proceso administrativo general es el que se desarrolla con arreglo a las regulaciones generales previstas para la actuación administrativa o para la actuación ante la jurisdicción, estos últimos son procesos contenciosos administrativos. Los sancionatorios son los que desarrollan autoridades administrativas y que pueden concluir en sanciones a las personas naturales o jurídicas sometidas al control del Estado en razón de actuaciones reguladas en ordenamientos específicos (Códigos o reglamentos de consagración legal).
Dr. la parte de la sujeción de la actividad administrativa sancionatoria a las reglas de la proporcionalidad y razonabilidad en qué libro lo puedo investigar?
Agradezco sus enseñanzas, pero no encuentro coherencia con la realidad de los fallos como el del 29 de Enero de 2020, control de reparación directa ya que rompe de cierta medida el acceso a la reparacion, contra los falsos positivos por parte de las fuerzas armadas.