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Depende de la fuente que consultes puede ser mucho o poco. Yo me quedo en un remino medio. Yo digo que supera los 100k en cuenta pero que no llega al millón. O no lo hacía hasta la estafa de Pambi.
Dalas: no perdí, los jueces no saben nada, fueron manipulados. Edit: al parecer le pegué, Dalas salió a decir que "los jueces no saben el contexto" JAJAJAJA
Yo creo que con esa sentencia, Dulas preferiría estar en prisión. Eso de tener que leer la sentencia por una semana en su canal, debe ser la peor humillación debido a su ego. Y así seguirá perdiendo credibilidad.
No lo va a hacer, va a encontrar la forma de, o redactarlo con una IA con su voz haciendo copia y pega, o va hacer todo un video explicando porque la sentencia es una estupidez, diciendo que los jueces son haters y al final de todo la va a decir
Esperemos que haga eso, que no cumpla su sentencia, para que lo condenen por desacato y nos sigamos riendo de él y de los pambisitos que lo van a ayudar a pagar el abogado.
Yo digo que va a grabar el mismo video varias veces, pero cambiándose de camiseta. Luego los deja en videos programados y se subirán solos cada x tiempo
pero cell no seas un ridiculo de mucho ciuidado claramente era un juez malintencionado ademas de que dalas dijo claramente que todo lo que dijo era una metafora que se acababa de inventar
Pone un pequeño clip leyendo la sentencia a velocidad x5, recuerdo que eso hacen algunas empresas al final de los comerciales cuando la ley los obliga a leer las condiciones y derechos del consumidor 🤣
Dalas honestamente es un chiste. Si van a su video mas reciente se ve que usa bots o tiene un equipo haciendo comentarios a si mismo con multicuentas. Los comentarios son falsísimos.
@@santiagobazan2698 pues si, aunque vi que dijo que ni aunque totalmente los jueces lo condenaran a lo que sea, el nunca admitiría nada ni pediría disculpas, así que primero lo vemos en la carcel antes que verlo admitir la verdad.
@@raymonttorwell6440Con lo fácil que es decir un simple "Lo lamento, estaba muy enfadado y no pude controlar mis palabras" para luego pasar página. El ego de ese tipo es inmenso si tiene pensado pisar una cárcel antes de pedir perdón
derecho al honor es llamarlo maltrador de mujeres,agresor,etc y derecho de imagen es cuando una persona en este caso dalas lo divulga sin consentimiento por los medios, periodicos, tv, internet, etc. osea divulgarlo falsamente
@@adrima919 De hecho dijo que no lo iba a publicar que ningún juez lo forzaría, pero el problema es que si hace eso estaría en desacato por desobedecer la orden de un juez, hay que recordar que ya apeló una vez y perdió. Solo tiene dos opciones: Obedece la orden o cae en desacato. Aunque no sé qué tanto tiempo tiene para empezar a cumplir la condena.
Para información adicional sobre los derechos personalísimos: -El derecho al honor es el derecho a que se respete la reputación, fama o estimación social de una persona. -La vulneración del derecho al honor puede darse, en su mayoría, a través de dos intromisiones: injurias (expresiones que dañen la dignidad de la persona, por ejemplo, insultos despectivos) y calumnias (imputación de un falso delito tipificado en el Código Penal, por ejemplo, que le diga al padre que es un maltratador). -Para corregir esa vulneración del derecho al honor, se pueden hacer varias cosas: en primer lugar, la suma monetaria como compensación y, por otro lado, la lectura del fallo. -Antes existía una cosa que era el derecho de réplica, por la cual a la víctima de tales acusaciones se le permitía asistir al canal, programa o periódico que hubiese cometido esa infracción a desmentirlo. -Actualmente existe el derecho de rectificación, por el cual es el propio medio el que debe corregir sus errores y disculparse. Esto es mucho más cómodo y fácil cuando una persona no forma parte del ámbito público y quiere mantener su anonimato, además de que se responsabiliza al medio o al difusor de las calumnias. -El derecho a la propia imagen otorga a la propia persona el control exclusivo sobre cómo se utiliza su imagen en diferentes medios, como fotografías, vídeos, publicidad. Es decir, ella es titular de su imagen y es exclusivamente decisión suya cómo la vende o distribuye. -En el art. 7 de la L.O. 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, podemos ver como intromisiones ilegítimas los siguientes subartículos: 5. La captación, reproducción o publicación por fotografía, filme, o cualquier otro procedimiento, de la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada o fuera de ellos, salvo los casos previstos en el artículo octavo, dos. 6. La utilización del nombre, de la voz o de la imagen de una persona para fines publicitarios, comerciales o de naturaleza análoga. -Para este caso de vulneración, la compensación es la que hemos visto en la sentencia: una suma monetaria como compensación y, por otro lado, la retirada del contenido que vulnere ese derecho, en este caso, los vídeos en los que aparezca su imagen, voz, nombre, etc. Y eso es todo lo importante que puedo decir. Antes de que me venga un pambisito a decirme algo o que me lo invento o tal: está todo en el BOE (Boletín Oficial del Estado) si escribes Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Si tenéis más curiosidad sobre este tema de derechos personalísimos, podéis leeros la propia ley e investigar algunos casos para saber cómo se aplica, ya que en estos es tan subjetivo que depende mucho, como el de la denuncia de Isabel Pantoja por la difusión de unas imagenes del torero Paquirri en el lecho de muerte tras considerar que estas atentaban al honor e imagen de la familia y del fallecido (se trata de la sentencia que podéis encontrar como STC 23/1988).
llevar estos casos de miiii al tribunal supremo hermano quitando tiempo a cosas mas importantes que pasan ya en el pais, que ascooooo hermanooo que espabilen yaa
La temporada esta del anime de dalas, tiene que llevarse un goty si o si, hemos tenido de todo y aun falta para que se acabe el año por lo que imagino que veremos otro arco y unos mini como relleno.
no publicará tal video, prefiere no cumplir la condena y que lo condenen a otra cosa, y es bien capaz de hacer un crowfounding para pedir dinero a sus seguidores, además de las nuevas apps para recaudar dinero.
No va a llegar al tribunal superior, no se si España cuenta con las mismas estancias que en México pero aquí hay 4 estancias: tribunal de circuitos, juzgados de distrito, el consejo de judicatura, suprema corte de justicia y si ya se paso la suprema corte puedes irte como ultima instancia a la corte Interamericana pero es muy dificil llegar, muy costoso y tardado, casos muy densos han llegado a esa instancia como caso algodonero (el caso que motivo a la creación del delito de Feminicidio en México), México vs los niños de Guatemala, casos de desaparición forzada, etc. Y por lo menos para llegar a segunda instancia tienes que apelar y agregar nuevas pruebas, si no desechan tu apelación, normalmente solo se llega a segunda instancia, ya pasar a las otras son para casos tochos, por lo que no creó que Dalas llegue a tercer instancia, se la van a deshechar y mas si es por un caso de derecho al honor (delito que en México ya no existe, ya no puedes demandar a alguien por eso)
@@Zaratustra2744 La cosa es que eso pasaría EN CASO de que le aceptaran el recurso. Que siempre se lo pueden negar y decir "no, majo, te toca cumplir la sentencia."
Este ultimo mes y pico le he cogido tanto asco a Dalas y he visto cosas tan turbias de su psicologia que incluso empiezo a entender a Miare en cosas xd. Y eso que antes le defendia en todo ese tema
Me parece que esto es un recurso al tribunal provincial, pero que aún puede recurrir al nacional y en ultima instancia al tribunal superior de justicia. Puedo estar equivocado, pero de ser así, a Dalas se la pela perder tiempo y dinero recurriendo causas. Se puede pasar la vida recurriendo sin sentido
Se el reglamento americano y no aplica exactamente igual ya que las cindenas funcionan diferentes pero segun lo que yo se solo se revisa una vez y si eo que lo revisa piensa que el otro juez esta en lo correcto no se puede volver a recurrir Ya que no se recurre por la sentencia sino en los fallos que hizo el juez anterior no siguiendo las pautas que requiere el juicio. El tribunal supremo son casos extremadamente importantes como asesinatos u otros de suma importancia este caso no puede llegar ya que se recurrio y la desestimaron requiere que hubiera fallos de region comunidad y luego estatal que es el supremo y por ultimo en el caso de margos puede tomarse como juicuo criminal ( la diferencia es que uno busca condena y el otro busca compesansacion económica ) no tomen tanto en cuenta ya que depende el pais es diferente pero segun gengo entendido las sentencias sin diferentes oero esto no cambia