Hola Alfredo, escuchando el tutorial,en el caso del artículo 250.1.10, sería directamente subastar o vender el bien?pq cuando dice q lo q se pretende es obtener una sentencia directa sobre la ejecución del bien
Hola, sí, efectivamente lo que se pretende es un titulo ejecutivo que permita embargar y, en su caso, subastar dicho bien. Se trata de obtener un titulo de los del 517 LEC y poder presentar una demanda ejecutiva.