Me alegro que te gusten y te sirvan de ayuda, Honey. Muchas gracias por tu comentario, Carolina: Por cierto, si estás interesada y si quieres ver más vídeos como este, te paso el enlace de la página web donde están todos mejor estructurados que en el canal y cuentan con más información adicional. El enlace es este: www.yucaan.com/ Un saludo.
Gracias por tu aportación, Alex. Suerte con los exámenes. Si estás interesado en más vídeos del canal, te paso el enlace de la web donde están ordenados de una forma más clara y con más información adecional de cada uno de los vídeos: www.yucaan.com/
España no tiene un parlamento, el concepto proviene del parlamentarismo inglés, y una de sus características es la representación política. Sin embargo, España carece de representación política debido a que la Constitución y la ley electoral establecen el sistema proporcional y basados en listas de partidos. El señor Gerhard Leibholz, magistrado del Tribunal Constitucional de Alemania, dejó claro que el sistema proporcional y de listas de partidos elimina toda representación política y la sustituye por identificación política. Si se hace mención a Montesquieu, es importante destacar que él nunca afirmó que el poder judicial sea un poder judicial en sí mismo, sino que abogó por la independencia judicial. Esto implica que el poder judicial no debería estar sujeto a influencias externas y debería operar de manera independiente. Haciendo alusión a que el poder judicial es "pesque nul" se puede interpretar como un señalamiento de su falta de verdadero poder. En cuanto a la separación de poderes, en España, quien ostenta el ejecutivo también ostenta el legislativo y el judicial, lo que sugiere que no hay una separación efectiva de poderes, sino más bien una separación de funciones. En relación con la soberanía, esta no reside en la nación, sino en el Estado. Mientras algunos argumentan que la soberanía reside en el Estado. Es el Estado quien tiene el monopolio de la violencia física, por tanto, es el verdadero soberano. El vídeo también señala que en España los gobernados no pueden proponer leyes orgánicas, lo que cuestiona la verdadera naturaleza democrática del sistema. En resumen España no tiene democracia formal, sino más bien una oligarquía de partidos políticos estatales.
Gracias. Acabas de mostrar que no hay separación de poderes ya que explicas que ambas cámaras actúan conjuntamente. Para haber control de una cámara a otra tendrían que vigilarse mutuamente pero no es así, ¿ verdad? Será por ello que las leyes las promueve el ejecutivo, ¿ no? La ley Celá (ministra de la cámara ejecutiva), la ley del si es si, la de violencia de género, etc ( ministra de igualdad) , la ley que quita el delito de sedición ( Pedro Sanchez) , la ley de Escribáis, etc, etc
Esta muy bien pero...echo en falta una explicación y funcionamiento de los Órganos funcionales y los Órganos Rectores del Congreso y los del Senado....por ejemplo le falto explicar los tipos de Comisiones y sus funciones, asi como la Diputación Permanente...por lo demás perfecto. Gracias!