Como continuación a nuestro vídeo anterior, donde contábamos las consecuencias legales y fiscales de no casarse, aquí queremos explicar brevemente las implicaciones de las Parejas de Hecho, centrándonos en la Comunidad de Madrid.
🚨🚨 Para ser Pareja de Hecho hay que inscribirse como tal en el Registro de Uniones de Hecho.
Es decir, el simple hecho de vivir juntos, incluso teniendo hijos en común, no otorga la condición legal de Pareja de Hecho.
▶️ Entre otros, los requisitos para poder inscribirse como Pareja de Hecho son:
👉🏼 Estar soltero, viudo, divorciado o separado judicialmente.
👉🏼 Estar empadronados en el mismo domicilio durante un período ininterrumpido de 12 meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de inscripción, y tener su residencia en la Comunidad de Madrid.
👉🏼 Que la unión de hecho no esté ya inscrita en el Registro de otra Comunidad Autónoma.
⚠️⚠️ La ventaja fiscal de estar inscrito como Pareja de Hecho en Madrid es que permite aplicar las bonificaciones fiscales en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones que existen en la Comunidad.
Por tanto, la diferencia de tributación en una herencia o donación puede ser muy considerable respecto de si eres o no Pareja de Hecho.
🚨🚨 Por último, os recordamos que una Pareja de Hecho no tiene por sí misma derechos sucesorios, salvo que se incluyan expresamente en el Testamento.
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11 мар 2024