En los tres siguientes vídeos, que iremos subiendo la semana que viene, resumiremos los impuestos que se pagan tanto por quien realiza la donación (donante) como por quien la recibe (donatario), según se trate de:
➡️ Donación de dinero.
➡️ Donación de inmuebles, acciones y otros bienes y derechos.
Lo más importante en este tipo de donaciones es que, la persona que realiza la donación, tiene, como regla general, que pagar la misma cifra de impuestos que si vendiese el bien.
➡️ Donación con elementos internacionales, bien porque uno de los intervinientes sea no residente fiscal en España o bien porque se done un bien situado en el extranjero.
Asimismo, debe tenerse en cuenta que la tributación será diferente en cada Comunidad Autónoma. Y así, mientras determinadas donaciones están bonificadas al 99% en por ejemplo Madrid o Andalucía, en otras Comunidades no existe tal bonificación, por lo que los impuestos a pagar en estas últimas serán más altos.
⚠️ Este vídeo en ningún momento puede considerarse como asesoramiento prestado por DLM. Por eso, su contenido es insuficiente para la toma de decisiones de cualquier naturaleza y no puede ser considerado en ningún caso como una alternativa al asesoramiento jurídico y tributario.
4 ноя 2020