Hola, presto servicio en un hospital de CABA, tengo mi domicilio real en provincia de Buenos Aires y puse como fiscal el del hospital, hasta ahora no me cobraron ingresos brutos por ser una actividad exenta, mi consulta es tendré algún inconveniente en el futuro por poner la dirección del hospital con ARBA?
Estoy inscripto en el impuesto IIBB de CABA bajo el régimen general, en la actividad 701990 (Servicios inmobiliarios realizados por cuenta propia). En los últimos 12 meses (agosto 2023 - julio 2024) he facturado la suma de $5.663.698. Actualmente, estoy facturando $1.234.816 mensuales por dos departamentos alquilados en CABA. Estoy incluido en el padrón SIRCREB, lo cual me genera problemas, ya que las retenciones a veces superan los montos del impuesto. Consulta: ¿Cree que sería conveniente darme de baja en el régimen general e inscribirme en el régimen simplificado?
@@erattner hola muy buena consulta 👍 ya que la decisión de cambio de régimen (local o simplificado) dependerá de un análisis de costos impositivos Si todos los meses vas a tener saldo a favor por retenciones puede que al final estés pagando más ingresos brutos por régimen local que por simplificado... En tu lugar haría una proyección de IIBB y le sumaria la proyección de SIRCREB... si este monto es superior a IIBB simplificado, claramente el simplificado sería una opción favorable Saludos
Hola, cómo estás?. Sabés como se realiza la ddjj de iibb para un cliente que vende pasajes aéreos?. Porque el neto gravado en iva no es el mismo que se declara en iibb porque hay muchas cosas exentas. El problema es que no molesten después con los FIRE. Muchas Gracias!
Como estas te hago una consulta, me aparece la misma leyenda q al comentario anterior, q no estoy habilitado para presentar. Puede ser q se deba a q como contribuyente esta registrado otro mail? O porq tengo deuda? Hace 3 años q no lo presento y tengo una suma en multas
Hola que bueno que mis videos te sirvan, en mi caso (del video) la alícuota es 0% por una ley de alivio fiscal... antes era del 2,5% No es que la actividad esta exenta, sino que esta gravado pero al 0% por el momento... Saludos
SR. Contribuyente el periodo se encuentra activo en Reg. Simplificado me aparece lo siguiente al querer generar la declaracion jurada a que se debe? esta declaracion abarca a todas las provicias que tenga en el convenio multilateral?
Hola buenas tardes, ese mensj significa que no debes presentar ddjj desde la fecha en la que estás bajo ese régimen... Pero no es compatible con el CM Me refiero a que solo hay una opción: O pertenecer al reg. Simplificado O pertenecer al CM.. Si estas en convenio debes presentar dj mensual y anual Saludos
@@estanyholmes3632 si estoy en el convenio solo debo presentar una declaración jurada por mes o a cada una de las provincias en las que estoy inscripto? Disculpa tantas preguntas pero nunca presente nada ja
@@mb3d759 al estar en CM presentas una declaración jurada (pero en la web de afip) y esa declaración sirve para todas las jurisdicciones en las que estés incripto... Si nunca presentaste nada puede que tengas intimaciones en tu DFE... recomendable ver eso
Hola si tenes el monotributo unificado con tus ingresos brutos (régimen simplificado de ingresos brutos) no es necesario hacer esta presentación. Saludos
Sr necesito de su ayuda , resulta q desde 2015 no tengo actividad de IB pero nunca di la baja ,hoy año 2024 debo una suma considerable ,la cual deseo pagar y posteriormente dar de baja dicho impuesto. El tema es que un contador para ver mi deuda ingresó su mail y yo no puedo o no sé cómo cambiarlo. Usted podría hacer un video explicativo ? Dese ya gracias
Hola buenos dias... si puedo hacer un video explicativo para tu caso en particular.. lo subiré a RU-vid y en este mismo comentario déjare el link para que puedas verlo... 24hs (para mañana esta listo) 😁
Dejo video preparado para tu situación particular ru-vid.com/video/%D0%B2%D0%B8%D0%B4%D0%B5%D0%BE-ylZ8DafTVbo.htmlsi=ts3iWtCKwUfl2wLt 👆👆👆👆👆👆👆👆👆👆👆👆👆👆 Muchas gracias por tu consulta
Hola buen día. Te hago una consulta, si presto servicio de psicólogo en mí domicilio en GBA pero tengo clientes de GBA y CABA tengo que inscribirme en Convenio o solo régimen local?
Hola buenos dias, gracias por tu consulta. El régimen local o CM se basa en el destino de la factura que hagas... Es decir: si prestas servicios en tu domicilio GBA pero al facturar al cliente de CABA (ingresando datos del cliente: cuit) aparece su domicilio registrado en la ciudad de bs as.. entonces AFIP entiende que estas haciendo una facturación fuera de tu jurisdicción (independiente de donde se presto el servicio) ya que en la factura aparecen 2 jurisdicciones... En tu caso, si tenes clientes de CABA deberías inscribirte en convenio multilateral.. Saludos y espero haber sido de ayuda
@@estanyholmes3632 gracias por la respuesta. Y si lo facturo como consumidor final sin poner datos? Es posible eso? Para estar solo en el régimen local
Hola Estany Holmes, como estas! Hay alguna forma en que me pueda contactar para consultarte sobre este tema? Tengo varias presentaciones juaradas adeudadas y tengo multas. Muchas gracias!
Hola, a continuación te dejo el link de un video en donde en la descripción del miso, vas a encontrar un link de mi WhatsApp Para evitar estafas y por seguridad envío link de videos donde aparece mi link de WhatsApp en la descripción del mismo. Saludos ru-vid.com/video/%D0%B2%D0%B8%D0%B4%D0%B5%D0%BE-g6Ixq3ZrKAw.htmlsi=1K3aXYe3kT79sfOZ 👆👆👆👆👆👆👆👆👆
Hola! Muy bueno el video! Tuve un problema con mi contador y digamos... soy mi propio contador ahora. Yo estoy con el Monotributo Unificado desde el 10/2021. Tengo que presentar algún tipo de DJ de IIBB de ARBA? Porque mi ex-contador me hizo presentar, en el 2022: "DDJJ anual 2021 de IIBB local (ARBA)". Imagino que eso era por el año fiscal 2021. Pero ahora que estamos en 2023, tengo que declarar la del año fiscal 2022? Gracias por tu tiempo! Saludos!
Hola buenos dias, en respuesta a la pregunta: no debes presentar ddjj de ningún tipo siendo unificado... pero esta bien que hallas presentado en el 2022 la dj anual del 2021 ... esa fue la última... Felicitaciones 👏 👏 👏 por la autogestion, el régimen simplificado quita carga administrativa y facilita muchas cosas... Saludos
Hola no, pero si tu Alta en el monotributo fue anterior a la sanción del régimen simplificado (1/9/2021) consulta en ARBA con tu clave CIT si es que tenes faltantes de presentación... Antes del 1/9/2021 todos deben presentar declaraciones juradas mensuales y anuales... posterior a la fecha dependerá de cuando te adheriste al régimen simplificado IIBB Saludos
Hola si liquido mes 12-2023 la factura tiene fecha de diciembre 2023 pero en periodo desde y hasta fechas de noviembre, corresponde que sea liquidado en 11-2023 o 12-2023? saludos
Hola, el articulo 187 de la ley IIBB ARBA dice sobre la base imponible: ARTÍCULO 187. Salvo expresa disposición en contrario, el gravamen se determinará sobre la base de los ingresos brutos devengados durante el período fiscal por el ejercicio de la actividad gravada. [...] y continua... Como dice "devengados" podriamos aplicar el criterio de lo devengado, el cual dice que: independientemente de cuando se efectuo el cobro, se debe considerar el momento del hecho economico.. PEROOO en jna fiscalizacion Remota (FIRE) ARBA comparara por el criterio de lo percibido, es decir, realmente lo declarado del periodo y cuando realmenge se efectuo el cobro... En tu caso yo liquidaria diciembre 2023 ya que fue el mes del vencimiento oarabel cobro y cuando realmente hubo ingresos en bruto.. Saludos
muy bueno el video!!! te hago una consulta, si hay una nota de credito mayor a lo facurado en B y el valor de la misma es algo mayor a lo facturado en B en ese mes, como lo declaras en Ingresos brutos si te quedara en negativo en una de las actividades
Hola en la declaración jurada solo debes informar el total de todo el mes de lo que haya ingresado al banco... En este caso es buena opción consultar en AFIP los comprobantes emitidos y así subsanar la nota de crédito... La única forma que una nota de crédito sea mayor a una factura, es si le diste crédito a un cliente. Caso contrario hay un error, porque la nota de crédito está siempre vinculada a la factura que le dio origen. Pero para hacerlo simple, solamente hay que declarar lo facturado y restar esa NC al total de ingresos en bruto. Saludos
@@estanyholmes3632 gracias por tu respuesta, es que se emitio una factura por error con un cero de mas, era de 17.900 y se facturo por 179.000 al mes siguiente se realizo una NC por la diferencia, por eso quedo ese monto
@@alemenlp haaaaaaa ahora comprendo mejor, en ese caso solo declaras los 17.900 y en caso de algun FIRE (fiscalización remota de ARBA) tenes la NC para generar un descargo ...
te hago una consulta, yo estaba inscripto en el régimen simplificado, por una confusión me di de baja y pase al régimen general y resulta que ahora tengo que esperar 12 meses para volver al simplificado, no se puede hacer nada?
@@akmw2 hola buenas tardes, así es. El cambio de régimen se puede hacer una vez cada 12 meses.. Hasta que pase ese tiempo (si estas en el régimen local) debes presentar declaraciones juradas mensuales Cuando vuelvas al simplificado, ya no debes presentar estas declaraciones Espero haber sido de ayuda. Saludos
@@akmw2 en este régimen local, el impuesto a pagar dependerá del ingreso declarado (el cual debe coincidir con lo ingresos bancarios) y multiplicarlo por la alícuota. Fíjate la alícuota que ves en la confección de la dj, cuando se presente a mes vencido.. Te dejo un enlace qe muestra que sucede cuando la dj es mal confeccionada ru-vid.com/video/%D0%B2%D0%B8%D0%B4%D0%B5%D0%BE-O-hChZLkh-A.htmlsi=Q07phYyar1d_2oKD 👆👆👆👆👆👆👆👆
Hola! muy buena tu explicación. Te consulto, hice la ddjj anual del período 2022. Pero no me dio la opcion de cargar DATOS ADICIONALES con lo cual, cuando consulto la ddjj anual cerrada, en total facturado me dice $0 pero cuando pongo VER TOTALES o descargo la constancia me aparece correctamente el total facturado declarado. A qué se debe este error? La volví a realizar y tmpoco me dio la opcion de cargar datos adicionales. Gracias
Hola por lo que me estas comentando es solo un error de sistema, nada para preocuparse, ya que al visualizar la constancia de presentación todo aparece OK... Solo habría que estar atento a si el error persiste en el tiempo... Saludos
HOLA!!!! CONSULTA POR FAVOR°. AL MOMENTO DE QUERER REALIZAR LAS DDJJ DE IB DE ARBA SURGE LA LEYENDA " Señor contribuyente usted no se encuentra habilitado a presentar ddjj mediante esta aplicación" . CUAL SERIA MI ERROR PARA PODER CONTINUAR. MUCHÍSIMAS GRACIAS!!!!!
Hola gracias por el comentario... a falta de información, lo primero que se me ocurre que esta pasando es una cuestión de regímenes... Este video en particular trata sobre regímenes locales de Bs As provincia... Mi duda es: estas en convenio multilateral?? Sos de CABA?? (En ese caso debes hacer DJ en AGIP).. si estas en convenio multilateral debes realizar en AFIP..
Hola una declaración cerrada ya no se puede modificar. Si fue mal confeccionada se debe hacer una rectificativa... todo queda registrado, es por ese motivo que no se puede. Saludos
Gracias por tus videos! Consulta por favor, ARBA reclama una deuda de IIBB (de 5 años) x ANULAR SAF originados en 1 transferencia entre cuentas propias (por un blanqueo). Después de 5 años volaron de un hondazo a ese saldo a favor que yo fui utilizando durante ese periodo (es decir las declaraciones no me daban a pagar, tenía saldo a favor). Mi contador recomienda rectificar esos 60 meses y ver si en la cta cte se achica deuda. Funcionará? Cuánto tarda en verse en Cta Cte de ARBA? Temo que se "arruine" algo y la deuda se incremente. Otra consulta, al hacer las rectificativas, se debe tomar el ingreso "cobrado" ese mes, o el "facturado"? Consulto porque muchas veces el ingreso me lo depositaban 1 o 2 meses posterior a la facturación de AFIP. Muchas gracias!
Hola, gracias por el comentario... tu situación es algo particular pero voy a tratar de despejar alguna duda. Las rectificativas que sugiere tu contador es una buena opción, aunque no garantiza que sea 100% efectivo. Si haces las rectificativas el saldo se ve modificado y reflejado en un máximo de 48hs.. quizás (y más probable) a las 24hs.. Como estamos hablando de ingresos brutos debe tomarse cualquier depósito en tu cuenta bancaria del periodo que vas a rectificar para que no hallan inconsistencias entre lo declarado y lo acreditado.. Pero para llevar tranquilidad, si corregis y el saldo de la dj es menor, la deuda claramente va a disminuir. Cualquier consulta particular podes mándame un WhatsApp wa.me/message/IDG2BNDUWM4WM1 👆👆👆👆👆👆👆👆 Espero haber sido de ayuda. Saludos
Buen video! Gracias por la facilidad con la que nos explicas. Te hago una consulta, yo vendo por mercado libre y si bien estoy dado de alta en convenio multilateraly en las provincias dónde vendo, Santa Fe y las provincias del Sur siempre me retienen en cada venta, esto sería el pago adelantado que vos de is no? Pero éste suele ser mayor al real, puede ser que ese pago adelantado nos quede como saldo a favor para otras provincias? Muchas gracias y gran canal!
Hola, las retenciones sufridas son ese pago a cuenta, es decir, el cobro adelantado del impuesto. En cuanto a tu pregunta: lo que te retienen en santa fe (por ejemplo) puede ser conpensado para otra jurisdicción.. Hay que tener en cuenta si es que estas bien inscripto en el CM, en las jurisdicciones que te corresponden ya que si estas mal inscripto podes estar sufriendo retenciones innecesarias.. Saludos
Hola cuando una persona tributa bajo el régimen local (es decir una jurisdiccion) puede solicitar en ARBA el régimen simplificado de IIBB, haciendo más sencillo el pago junto con la cuota del monotributo.. Pero cuando un contribuyente se encuentra inscripto bajo CM, no hay posibilidad de solicitar la unificación de los ingresos brutos con el pago del monotributo por tributar bajo múltiples jurisdicciones... Saludos
@@estanyholmes3632 O sea que alguien que por ejemplo vende en plataforma digital a todo el país, no tendría la posibilidad de la unificación. Muchas Gracias por tomarte el tiempo para responder.
@@gonzalogonzalo8823 lamentablemente quien venda por Internet a toda la Argentina, por vender en varias provincias, no puede ingresar al régimen simplificado de ingresos brutos... Un claro ejemplo es vender por mercado libre, esta plataforma suele pedir constancia de inscripción en las jurisdicciones que vas a vender, y eso te empuja automáticamente al CM sin posibilidad de unificar... Y todos los meses hacer una DJ CM03 para pagar el tributo. Saludos
Hola quiero eliminar una sola actividad de Arba, en este caso la actividad secundaria, y no me deja , entro por modificación de datos y solo permite agregar actividades pero no eliminarlas saludos y gracias
@@estanyholmes3632 gracias si hice el trámite en afip hace 3 días, pero sigue apareciendo y Arba le pregunté y dice q la eliminé manualmente y no puedo, será q hay q ponerle una fecha de cese para poder eliminar? De arba Saludos
Buenas! Muchas gracias por la información! Te quiero consultar por mi caso porque no encuentro info al respecto. Yo me di de alta al monotributo en el 2020 y nunca me di de alta en ingresos brutos. Obviamebte en todo este tiempo Arba me retuvo por las facturaciones que he hecho, entiendo que lo que me retuvo Arba es mayor a lo que debería haber pagado, no me interesa recuoerar esa plata, pero ahora voy a empezar a facturar para un trabajo que me pide constancia de IIBB. Qué debería hacer? O sea, obvio que en orincipio registrarme en IIBB, pero me tengo que poner al día con todo lo que facture en estos años? O puedo arrancar como de "cero" teniendo en cuenta que Arba ya me retuvo durante todo este tiempo. Muchas gracias!!
Hola es cierto que en principio registrarte en IIBB, esta registraron te va a dar una alícuota de impuesto por actividad y en base a eso otra alicuota de retención... Por lo que me contas ARBA te estuvo reteniendo "por las dudas" ya que carecía de información para una correcta retención... En base a tu duda: podes empezar desde 0, declarar como mínimo las facturas y vigilar cualquier ingreso (ya que es un impuesto al ingreso en bruto) para que ARBA no te investigue o haga fuscalizaciones... Saludos y gracias por el comentario
Hola! Te consulto, yo hago las ddjj mensuales pero facturo cero ya que no trabajo más xq cerré local y en el afip tengo como categoría A en producción de filmes y videocintas, debo pagar el mínimo deingresos brutos?
Hola, gracias por tu consulta: si facturas $0 podes declarar $0 y modificar el importe mínimo a $0 .. ya que 0 multiplicado por cualquier alicuota da $0. Siempre que presentes en fecha las dj no hay ningún inconveniente Saludos
@@estanyholmes3632 buenísimo! Y si fuera en caso de una sociedad que recién se conformó (ya tiene todos los trámites) pero no ha facturado todavía, hay que pagar el mínimo?
Hola, no por estar en ese régimen estas eximido de hacer ese tramite administrativo.. solo hay que tener en cuenta si antes del 2021 estabas como monotributista y luego hiciste el unificado... O si te diste de alta luego del mes 8/2021 y por ende fuiste unificado en ese momento. Saludos
Buenas te hago una consulta, hace poco me di de anta en el monotributo y quede en el convenio multilateral por que soy de provincia pero trabajo en capital , seria la misma manera para presentar mis llIBB? Y otra consulta me comentaron que podia cambiar mi dirección a capital y dejaria de ser del convenio multilateral, ya que no realizó ningúna actividad en provincia es asi cierto? Soy enfermero
Hola exactamente al tener domicilio en una jurisdicción y trabajar en otra jurisdicción, quedas inscripto en el convenio multilateral ... La forma de presentar las declaraciones juradas mensuales es diferente, pero cambiar de domicilio no te va a eximir de presentar... Ya que si cambias tu domicilio en CABA debes presentar declaraciones juradas en AGIP .. Saludos
hola como estas , de verdad que me encantaría saber qué hacer con mi situación pero no lo se, yo le preste a mi hijo el cuil para abrir una cuenta en pedidos ya, duró unos meses y se la cerraron ,no se por que ,pero yo quede inscripto a iibb lo que quiero es dar de baja a todo esto para que me dejen de hacer retenciones ya que yo trabajo en relación de dependencia, hace como un año cobre un juicio contra la art y me retuvieron $ 25.000 que me recomendas no se a quin ir con esto.. a un contador? seguí tu paso a paso pero no se realmente que logre. hace meses que me estan multando por no presentar las declaraciones, agradeceria mucho tu orientación.
Hola siempre voy a recomendar a un profesional, pero puedo decirte (por lo que me contas) que para dar la baja en ingresos brutos, así ya no te retienen más, deberías primero estar al día con todas las presentaciones de las declaraciones juradas mensuales y anuales... Una vez al día, pedir la baja ... ya que te están reteniendo por simplemente estar de alta en ese impuesto.. Espero haber sido de ayuda. Saludos
hola ,soy monotributista y tengo declaraciones pendientes y a liquidar de 2017 a 2021 ,donde veo mis ingresos mensuales de esas fechas ? asi hago la declaracion correctamente
@@lizardoperez45 puede ser un aproximado, pero siempre lo más aproximado posible... porque en caso de declarar algo muy inexacto (ejemplo: declaró 50 mil pero al banco ingresaron 160 mil) HABRA UNA FIRE - fiscalización automática - un llamado de atención de una declaración jurada mal confeccionada... Espero haber sido de ayuda. Saludos
una consulta yo presente una delaracion jurada en cero(aunque tenia una alicuota de 3.5% ) porque no habia facturado pero no me deja liquidar porque me aparece como pendiente y no como cerrada. porque?
Hola, es la primera vez que presentas dj?? Pregunto porque quizás no seleccionaste la parte de "deducciones" que es lo que permite realizar el envío y que la dj se cierre exitosamente... Otra posible explicación es que la web ARBA funcione mal, ya que una vez enviada no debería aparecer "pendiente"... Obtuviste al enciarla: constancia presentacion y resumen??