Тёмный

Límites máximos de cumplimiento: Parte I (art. 76.2 CP) 

Proyecto Prisiones
Подписаться 1,1 тыс.
Просмотров 1,2 тыс.
50% 1

Опубликовано:

 

24 окт 2024

Поделиться:

Ссылка:

Скачать:

Готовим ссылку...

Добавить в:

Мой плейлист
Посмотреть позже
Комментарии : 6   
@aishaprieto4581
@aishaprieto4581 2 года назад
Me gusta como explicas todo,entendible,veo todos los videos y me están aclarando muchas dudas
@proyectoprisiones
@proyectoprisiones 2 года назад
Muchas gracias por el comentario.
@elenasanchez5950
@elenasanchez5950 10 месяцев назад
Hola, donde esta el video sobre el concurso real de delitos y cumplimiento sucesivo de las penas? :)
@proyectoprisiones
@proyectoprisiones 10 месяцев назад
¡Hola! Tomamos nota y trataremos de subir el video pronto. ¡Muchas gracias!
@aishaprieto4581
@aishaprieto4581 2 года назад
Necesito un abogado de oficio que lleve el caso de mi marido,debería tener ya el tercer grado,o condicional,está en Huelva,que podría hacer,por favor necesito llamar a alguna puerta,no tengo recursos
@proyectoprisiones
@proyectoprisiones 2 года назад
Para acceder al beneficio de la justicia gratuita es necesario cumplir los requisitos de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita. Entre ellos, el más importante es acreditar insuficiencia de recursos para litigar. Es habitual solicitarlo por los internos en los centros penitenciarios, mediante la remisión de una instancia al Colegio de Abogados. Después, los Colegio de Abogados suelen remitir los documentos necesarios para ser completados por el interno y acreditar los requisitos. No obstante, puede haber protocolos y cauces distintos en otros establecimientos, como el Servicio de Orientación Jurídica Penitenciaria (SOJP). Saludos.
Далее
Los permisos ordinarios de salida
18:27
Просмотров 345
Los establecimientos penitenciarios
21:00
Просмотров 660
La prisión provisional en España (parte I)
21:15
Просмотров 1,1 тыс.
La cancelación de los antecedentes penales
12:32