Aquí hay un dato que omitió comentar para que ésta escritura que se protoliza ante el notario es importante que el vendedor sea titular registral, ya que si el inmueble no se encuentra inscrito en el registro público no puede no hay forma de protocolizar dicha escritura.
buenos días super agradecida con tu valiosísima contribución y tiempo brindado son súper buenos tus videos pues traer toda la información necesaria y sobre todo breves mis mas sinceras bendiciones
Buenas tardes, yo tengo contraro de compra venta el vendedor murio como 3 meßs despues de la venta 2009 pero me ducen que su familua debe dw hacer juicio sucesorio y asi ellos otorgarme los derechos
excelente informacion, una duda que pasa si el vendedor fallece y se realizo el contrato de compra venta privado, Se puede de igual manera la ACCION PRO FORMA? o seria USUCAPIR y por ultimo a contrato de donacion se puede hacer la misma accion aunque ya fallecerie el donatario? de antemano muchas gracias
En el caso de que no exista contrato de compraventa físico y solo haya Sido verbal pero este fue pagado al momento y no se ha escriturado para el comprador.... Se podría acceder a un medio preparatorio para que ese contrato verbal sea válido y después de eso la acción proforma?
Buen video, por cierto que acción se puede hacer en contra del otorgamiento y firma de escritura pública? Lo que pasa es que al parecer mi tío realizó esta acción, el contexto es que mis abuelos le heredaron por desgracia sin documentación a mi papá la mitad del terreno pero su hermano (mi tío) no lo quiere reconocer y lo único que tenemos a nuestro favor es que hace tiempo le firmó una cesión de Derechos, reconociendo esa mitad que actualmente ahora desconoce y lo quiere formalizar como si ese terreno lo hubiera adquirido en compraventa, cuando en realidad lo adquirió de mala fe por habitarlo en el transcurso del tiempo y actualmente el tiene la posesión y se teme que le hagan válido que ahora tenga el título de propiedad (bueno, si es que procede)
Buena tarde, como siempre siguiendo sus excelentes videos, claros y oportunos. Y como todos le hago el siguiente cuestionamiento, PRO-FORMA es lo mismo que otorgamiento de escritura?, y segundo se puede ejercer esa acción aunque el vendedor tenga un documento inscrito en el Registro Público y tu como nuevo comprador tengas solo tu contrato de compraventa firmado por el demandado (el que te había vendido el inmueble)?.
Tengo el caso donde mi cliente compró una fracción de un inmueble que se subdivisión incluso se efectuó la escritura publica del traslativo de dominio un mes después de que se celebro la escritura publica de subdivisión, sin embargo no se pudo inscribir ninguna de los dos actos jurídicos (subdivisión y compraventa) en el registro publico de la propiedad porque en ese lapso la cayo una orden de embargo al inmueble, y toda vez que donde yo soy (Quintana Roo) , las inscripciones de bienes inmuebles tiene efectos constitutivos, mi cliente anda a la deriva, ¿seria procedente ejercitar la acción pro forma? concatenado a que he interpuesto una tercera excluyente de dominio, que se acredito con la escritura publica que presente como prueba, pero que sin embargo no esta inscrita.
Muy buena explicación, concreta y muy entendible, que pasaría si un inmueble está a nombre de la inmobiliaria pero esta ya desapareció y el contrato de compraventa esta a nombre del esposo que ya falleció, en este caso la viuda que puede hacer?? Le agradecería mucho su respuesta.
SI EL VENDEDOR VENDIO LA PROPIEDAD ESTANDO TODAVA A NOMBRE DE LA IMOBILIARIA A LA QUE LE COMPRO, ¿A QUIEN DEMANDARIA EN ESTE CASO LA ACCION PROFORMA? ¿ Y SI EL VENDEDOR NO SE ENCUENTRA YA EN EL LUGAR DONDE SE ENCUENTRA LA PROPIEDAD , SE LE EMPLAZA POR EDICTOS?
Antes que nada gracias por tus videos. Ahora bien yo tengo una duda con respecto a esta acción proforma o la usucapión, tengo un caso que cumple con ambos supuestos que exigen tanto la acción proforma y la usucapion; el caso está en que se realizó la compraventa en escritura pública, que incluso llevaba una promesa de compraventa ratificada ante notario como antecedente, y que por omisión del notario, no se hicieron los avisos preventivos de ley para tener el derecho de prelación para su inscripción; es el caso que en ese transcurso de inscripción después de haber firmado el protocolo del notario se trabó un embargo al inmueble derivado de un ejecutivo mercantil y por ende no se pudo inscribir la escritura. En inicio intente una tercería de dominio pero me la negaron, ahora me pienso ir por la usucapion (cumplo con todos los requisitos que demanda la usucapion, incluso los diez años de posesión) pero quisiera saber si con tu ayuda pudiera intentar otra vía. De ante mano muchas gracias
Se puede cuando se fue a juicio civil y supuestamente pagó el total del precio pactado la parte compradora y en carpeta de investigación se prueba que comete fraude la parte compradora? Agradecería su respuesta gracias
excelente información muy bien explicada, me disipo muchas dudas. nada mas una pregunta, este mismo proceso se puede hacer entre unas 15 personas que son las afectadas, en contra de una sola que fue el vendedor y dueño, esto como para darle mas certeza y rapidez a la resolución a favor de los afectados. ojala me pueda contestar, de antemano muchas gracias.
Una pregunta. Hace unos meses compre un terreno y la inmobiliaria que me lo vendio me recomendo que regularize el terreno por medio del juicio de usucapion, que me sale mas barato que si lo hiciara por medio de pro-forma. Es eso verdad? Y por cual de las dos formas tendria mas validez mi titulo de propiedad?
Aplica si se llevó un juicio por incumplimiento de pago ? El juez toma en consideración ciertos pagos qué no pertenecen a lo que se está pidiendo se puede aclarar en este tipo de juicio firma y otorgamiento? Gracias o ya está todo perdido
Lo importante no es tanto la denominación que le den las partes, sino el objeto del documento, muchas veces de denomina cesión a lo que realmente es una compraventa. En este caso si es útil
excelente video, solo una duda si la persona sigue sin contar con la parte económica es mejor usucapir ya que en notaria se debería de pagar los honorarios notariales mas impuestos cierto?
Procede esta acción en contra de aquel que vendió como heredero, ostentandose como dueño del inmueble únicamente con el testamento en donde él es heredero universal y albacea?
Muy buen video. Excelente. Pero, tengo una duda. Mi mamá me vendió un terreno, (ella vive afortunadamente) y lo pensaba usucapir porque ella solo tiene escritura relativa a contrato de cesión de derechos posesorios a título oneroso, al ver este video me conviene hacer esto, o me equivoco!? Te agradecería la ayuda
@@hectorhernandezlopez9611 si es ejido no procede este juicio, lo que ocupas ahorita que vive tu madre, hacer una sesion de derechos ante la asamblea ejidal, quedando tu como susesor posesionario nada mas, con el tiempo, se hace una solicitud ante el RAN para un dominio pleno. saludos
La acción pro forma implica que un acto jurídico no se llevó a cabo con las formalidades adecuadas y lo que busca esa acción es que el acto jurídico libre los vicios formales y quede vigente. Usualmente el vicio más común es que un contrato debió realizarse como escritura, por eso usualmente se manejan como sinónimos. Aunque podría decirse que la acción pro forma es lo general y el otorgamiento y firma de escritura es la especie.
Compré una casa hace más de tres años..a un lado existe un terreno..que no tiene dueño..pues antes pasaba un arroyo..ya se en causo y ya no pasa agua...fui a preguntar..ni siquiera está en el registro...vivo en ciudad...cuántos años deben pasar y que se debe hace usucapion o proforma
Se realizan búsquedas y de no encontrarlo se procede a emplazar por edictos, puedes ver el video que lo explica en el siguiente link: ru-vid.com/video/%D0%B2%D0%B8%D0%B4%D0%B5%D0%BE-k-UIa2qkAs4.html
buenas tardes, quería preguntar la acción proforma puede proceder si el bien inmueble esta inmatriculado? el que se pretende demandar su cumplimiento de escrituración?
Hola muy buena explicación pero tengo una Duda como acredito la propiedad ante un juez si no tengo la escritura pública ni el contrato de compra y venta ya que me robaron toda la documentación y en el registro no se hizo el registro en el registro público de la propiedad, pero tengo casi 25 años suscrita y pagando impuestos en el catastro por que tengo al corriente los pagos del predial, y la realidad es que la propiedad estaba a nombre de mi esposo el murió e inmediatamente inicie un juicio intestamentario y los familiares de mi esposo me robaron la documentación que tenía y al ser notificados inmediatamente vendieron la propiedad hicieron un contrato privado el problema es que no tengo la documentación de la propiedad solo cuento con el número del folio real y con los pagaos que se hicieron del predial todos estos años, en el catastro apárese mi esposo como dueño que puedo hacer para acreditar la propiedad ya le entregue al juez el inventario y el avalúo junto con el número del folio real pero me pide acreditar la propiedad que puedo hacer en este caso? Necesito su accesoria?
Ok, lo que entiendo es que llevas un juicio sucesorio, lo que puedes hacer es ir al registro público para que con el folio real te hagan la búsqueda y sepas a nombre de quien se encuentra el inmueble, una vez conociendo este dato hay 2 posibilidades. 1. Que aún este a nombre de tu esposo, para lo cual puedes solicitar copia certificada del título de propiedad y poder continuar el sucesorio. 2. Que se haya realizado la venta a un 3ro y ahí ya se tendría que hacer otro tipo de proceso.
@@CarlosLang si aparece una dueña que lo adquirió en 1973 de ahí no existen más registro es la única que aparece como dueña mi esposo lo compro en 1994 y no aparecen antecedentes regístrales pero ante el catastro mi esposo si apárese como dueño el catastro le envío al juez copias de una escritura donde aparece el nombre de otro dueño pero especifica que el nuevo dueño ya no es el que apárese en la escritura el nuevo dueño ahí explica catastro el nombre de mi esposo y la escritura que aparece tiene los sellos del día que se hizo el cambio de dueño en el catastro y en el registro de la propiedad no aparece nada
Oye bro una pregunta quién paga la escritura el comprador o el vendedor te comento mi papá en en 2004 comenzó la demanda con los demandados debido que por un accidente se atrazaron con letras del terreno pero no hubo cláusulas donde expecifara algo con base a este tipo de imprevistos total finalmente ganaron el juicio y el juez ordenó la entre y firma de la escrita. Pero algunas personas dicen que el la tiene que pagar y firmar y/o otros dicen que no el firma y nosotros pagamos y en caso que no quiera firma el juez. Podrías orientarme en esto.
Cuando se ejerce ésta acción paga el comprador y usualmente es así, sin embargo atendiendo al contrato de compraventa, se puede pactar que éstos gastos sean repartidos o que los pague el vendedor.
Buen día Lic. Pregunta a la comunidad ¿Si una persona inicia un juicio ordinario civil OTORGAMIENTO Y FIRMA DE ESCRITURA pero dice que realizó un contrato de forma verbal para la compraventa de un buen inmueble, PROCEDE?
Buenas noches. ¿Es procedente este juicio para solicitar la escritura que acredite la propiedad de un inmueble que fue embargado por el IMSS a la constructora que me vendió y me entregó la posesión de dicho bien pero que fui defraudado por la misma que después quebró y desapareció y que ya tengo más de 10 años de vivir ahí?
Y en el caso de que el vendedor ya haya muerto, se puede realizar aun así la acción pro-forma con una jurisdicción voluntaria, o cual seria la forma? Gracias
Depende del tiempo que haya transcurrido, también cabe mencionar que en la Usucapión se ahorra gastos notariales y se paga solo lo de registro de comercio. De cualquier forma, en su caso concreto, se debe demandar la sucesión para que el difunto demandado tenga representación.
Gracias por la información. Una pregunta, si el predio carece de antecedentes registrales, pero esta el contrato de compraventa, también procede la acción pro forma?
Oye amigo una duda si tengo contrato de compraventa pero el vendedor acaba de fallecer y desconozco totalmente el paradero de los hijos aún así podría hacer esta acción?