Del libro "Manual de litigacion" de Baytelman y Duce
El contraexamen, en cambio, opera sobre una lógica completamente distinta: los peritos y testigos ya han declarado frente al tribunal, y su versión apoya a la contraparte (por eso la contraparte los ha convocado al juicio). Lo que el juicio requiere del contraexaminador, entonces, es que este sea capaz de extraer de estos testigos toda aquella información, versiones, detalles y matices que ellos no han aportado en el juicio -deliberadamente, o por mero sesgo o desidia- y que podrían perjudicar el caso de la parte por quien han venido a declarar. Si el contraexaminador hace eso, habrá puesto a los jueces en mejores condiciones para evaluar dicha información. Esta es la razón por la cual en el contraexamen las preguntas sugestivas, lejos de estar prohibidas, son el instrumento por excelencia del contraexaminador
28 сен 2024