Muchas gracias por la explicación, aunque me genera una duda práctica, como se aplicaría la ponderación entre el derecho a la vida vs a la libertad de culto en el caso de los testigos de Jehová que por sus creencias no desean practicarse una transfusión de Sangre aun cuando su vida se encuentra en riego de muerte?
buenas tardes: ppor que la vulneración a la libertad de prensa en el caso seria grave, si usted explica que el publicar o no publicar no depende de los derehcos del politico.
Es que el ponente colocó 1 al Ps en la valoración del periodista, es decir, en el paso 4 o cuarta fórmula, pero, era 2 ya que anteriormente el Ps del principio de la libertad de prensa él lo había colocado estaditisticamente en 2 (propable " 1/4"), esto hizo que el resultado cambiara, el señor se equivocó al pasar los datos, de igual manera prevalecía el principio a la privacidad y buen nombre en el resultado total, él señor explicó bien, solo ese fue el error, hubiese prevalecido el del político de igual manera, si se hubiesen colocado bien los números seria: (principio 1) 4 x 4 x 1 = 16 sobre (principio 2) 1 x 1 x 2 = 2 y así del sentido contrario, quedando en el principio 1 un resultado total de 16 y en el principio 2 "principio a la libertad de prensa" 2. Dividido sería ( principio 1) 16/2 = 8 y (principio 2) 2/16 = 0,125 prevaleciendo el principio o la privacidad y buen nombre por ser el mayor resultado.