¡Excelente contenido! El numeral 1 del artículo 30 de la Ley 80/93 indica que, el proceso de licitación pública inicia con la expedición de la la resolución de apertura. No obstante, el numeral 3 del mismo artículo establece que, previo a la apertura (entre 10 y 20 días) deben publicarse los avisos de la convocatoria. ¿Es por ello que las etapas para la licitación pública inician en el vídeo con la publicación de los avisos?
Hola Luis, La Ley 80 de 1993, en su Artículo 32, establece las pautas para los contratos estatales de prestación de servicios. Estos contratos son celebrados por las entidades estatales con el propósito de llevar a cabo actividades relacionadas con la administración o el funcionamiento de la entidad. La normativa permite que estos contratos sean suscritos tanto con personas naturales como con personas jurídicas, siempre y cuando las actividades en cuestión no puedan ser desempeñadas por el personal de planta de la entidad o requieran conocimientos especializados adicionales. En este sentido, las entidades deben justificar en los estudios previos por qué es necesario recurrir a personas externas, detallando las razones por las que el personal de planta no es idóneo para la tarea o por qué se requieren habilidades específicas no disponibles en la entidad. Los estudios previos determinan los requisitos de experiencia, ya que se basan en el objeto contractual y las obligaciones específicas que se esperan que el contratista cumpla. En otras palabras, la idoneidad y la experiencia necesaria para llevar a cabo el objeto contractual se derivan de la revisión de los documentos que respaldan los requisitos mencionados en los estudios previos. Estos requisitos deben estar en consonancia con el perfil requerido para el contrato y la justificación de su necesidad en la entidad, ya sea debido a una sobrecarga laboral del personal existente o a la necesidad de conocimientos especializados no disponibles. También es importante que la dependencia que adelanta el proceso contractual contraste el requisito de experiencia con la resolución o acto administrativo que fija la escala de honorarios aplicable para la Entidad, ya que en esa escala se definen requisitos de experiencia y títulos profesionales que debe poseer una persona según los honorarios que va a percibir.