Clase virtual Unidad 13 NEGOCIACIÓN COLECTIVA Materia Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, Facultad de Ciencias Económicas UBA Dr. Marcelo Di Stefano Materiales complementarios en www.marcelodistefano.com
Hola Johana. Veamos algunos ejemplos. Podemos ver un Convenio Sectorial de actividad, y en un nivel inferior un convenio regional de esa actividad, o un convenio de empresa. Siempre el de mayor nivel establece las pautas generales que no pueden ser disponibles o flexibilizadas en los inferiores. Se suele decir que en los niveles inferiores se negocian normas màs favorables, normas delegadas expresamente en el convenio de mayor rango para negociarse en los niveles inferiores. y normas específicas que hacen a esa región, o a la tecnología propia de la empresa, etc. Espero que te haya servido este comentario, gracias por ver nuestro trabajo y suscribirte al canal.
Dr : me gustaría hacerle una consulta, un sindicato con personeria gremial de 1 de grado puede agregar un ítem o hacer un acta acuerdo que no se encuentre en el convenio de la federación, de segundo grado? Desde ya muchísimas gracias!!
En un sistema de negociación colectiva articulada, podría, en tanto sean normas más favorables, delegadas por el convenio general, o específicas. En un sistema tradicional, debería habilitarse la negociación de ámbito menor, participa la Federación de la negociación junto al sindicato de base, y allí si se podría negociar, siempre sin menoscabar los contenidos del convenio general.
El eje central es la negociaciòn concentrada en las necesidades de un àrea de producciòn/actividad determinada, de modo tal que se puedan ajustar las relaciones laborales en un marco de diàlogo social a las necesidades especìficas, al mismo tiempo que se mejoran las condiciones laborales en articulaciòn con las organizaciones sindicales. La Ley de Contrato de trabajo fija la pauta general -orden pùblico laboral- y mediante el diàlogo se avanza en los campos especìficos.