El INE aprobó la mayoría calificada de Morena y aliados en San Lázaro. La 4T quedó a tres escaños de lograr mayoría en el Senado. - José Cárdenas #INE #Morena #SanLázaro
Algunos consejeros del INE, comentócratas y la oposición, no entienden, que el pueblo votó por la sobrerrepresentación para impulsar las reformas que la oposición ha bloqueado sistemáticamente.
También están los votos de MC qué no se llevan bien con el PRIAN... Por que fue el PRIAN quien proboco qué el candidato Tiktokero, el gobernador de NL Samuel Garcia, pudiera competir para presidente por que tenian temor de que les quitara el 2do lugar ala X Galvez...
Pués como no lloró ésta Claudita Zavala si el susodicho Lawrence de Córdova le medía la compresión desde que era estudiante en escuela Derecho de la UNAM. 😂😂😂😂
Solo los mexicanos en tiempos de morena hemos de tener mayoría, para reformar la constitución.pero es que su sistema neoliberal fallo estrepitosamente. Ahora vamos por el sistema judicial.
Al Ine,ya se le olvido,que fue la ciudadanía a defenderlos están ahí x que la ciudadanía los defendió,u ahora traicionan al pueblo pero ya verán, donde quedarán, cuando claudia, los desconozca,nadie los defenderemos😊
Por ello DEBEMOS de Modificar al INE con las Modificaciones para ELIMINAR PLURINOMINALES para que TODO Diputado y Senador Sean ELECTO POR EL VOTO DIRECTO SECRETO DEL Pueblo Mexicano, para Ello, TODOS DEBEN DE TRABAJAR PARA FL PUEBLO DE MEXICO, para que con RESULTADOS el Pueblo los Pueda ELEGIR.
pues claro que INE es de todos no solode unos 40 personas que se fueron a manifestar fuera del ine sino de lo 35 millones que apoyamos este cambio historico
Todos estos problemas se evitarían que no hubieran puesto reglas tan rebuscadas en la ley electoral y la Constitución. Tan sencillo que es solo tener los diputados de mayoría y un tanto plurinominales pero con listas abiertas. Complican la ley para poder evadirla y al final les termina jugando en contra. 😂
Qué es?El Estado de Derecho es el principio por el cual la población mexicana debe cumplir las leyes y el Estado debe hacerlas cumplir por igual, garantizando así un estado de legalidad e igualdad. Un Estado de Derecho sano se refleja a través del cumplimiento de leyes y normas, muchas de las cuales garantizan derechos y libertades ciudadanas que al hacerse cumplir crean un ambiente de estabilidad y seguridad jurídica y social. ¿Por qué importa? El Estado de Derecho es una condición necesaria para poder crecer de forma sostenida. Así mismo, sin Estado de Derecho se pierde la confianza de los ciudadanos en su gobierno. ¿Qué queremos? Certeza de que la ley se aplique de manera consistente y equitativa para todos, independientemente de su condición generando condiciones para el respeto a los contratos y la propiedad.🇲🇽🗳👨👩👧👦 Art. 54.- La elección de diputados será directa y en los términos que disponga la ley electoral. Texto derivado de la reforma publicada en el D.O.F. 22 de junio de 1963 (REFORMADO, D.O.F. 22 DE JUNIO DE 1963) Art. 54.- La elección a diputados será directa, con sujeción a lo dispuesto en el artículo 52 y se complementará, además, con diputados de partido, apegándose, en ambos casos, a lo que disponga la ley electoral y, en el segundo, a las reglas siguientes: I.- Todo Partido Político Nacional, al obtener el dos y medio por ciento de la votación total en el país en la elección respectiva, tendrá derecho a que se acrediten, de sus candidatos, a cinco diputados, y a uno más, hasta veinte como máximo, por cada medio por ciento más de los votos emitidos; II.- Si logra la mayoría en veinte o más distritos electorales, no tendrá derecho a que sean reconocidos diputados de partido, pero si triunfa en menor número, siempre que logre el dos y medio por ciento mencionado en la fracción anterior, tendrá derecho a que sean acreditados hasta veinte diputados, sumando los electos directamente y los que obtuvieron el triunfo por razón de porcentaje; III.- Estos serán acreditados por riguroso orden, de acuerdo con el porcentaje de sufragios que hayan logrado en relación a los demás candidatos del mismo partido, en todo el país; IV.- Solamente podrán acreditar diputados en los términos de este artículo, los Partidos Políticos Nacionales que hubieran obtenido su registro conforme a la Ley Electoral Federal, por lo menos con un año de anterioridad al día de la elección; y V.- Los diputados de mayoría y los de partido, siendo representantes de la nación como lo establece el artículo 51, tendrán la misma categoría e iguales derechos y obligaciones.
Perdona locutor la mayoría calificada que obtuvo morena de 364 diputados no son en el Senado, son en el congreso de La Unión, diputaciones federales, Señor de bien en la nota el Senado es otra cosa es la cámara alta
(REFORMADO PRIMER PARRAFO, D.O.F. 14 DE FEBRERO DE 1972) Art. 54.- La elección de diputados será directa, con sujeción a lo dispuesto en el artículo 52 y se complementará, además, con diputados de partido, apegándose, en ambos casos, a lo que disponga la Ley Electoral y, en el segundo, a las reglas siguientes: (REFORMADA, D.O.F. 14 DE FEBRERO DE 1972)I.- Todo Partido Político Nacional al obtener el uno y medio por ciento de la votación total en el país, en la elección de diputados respectiva, tendrá derecho a que se acrediten, de sus candidatos, a cinco diputados, y a uno más hasta veinticinco como máximo, por cada medio por ciento más de los votos obtenidos; (REFORMADA, D.O.F. 14 DE FEBRERO DE 1972)II.- Si logra la mayoría en veinticinco o más distritos electorales, no tendrá derecho a que le sean acreditados diputados de partido, pero si triunfa en menor numero, siempre que llene los requisitos señalados en la fracción anterior, tendrá derecho a que le sean reconocidos hasta veinticinco diputados, sumando los electos por mayoría y por razón de porcentaje; (REFORMADA, D.O.F. 14 DE FEBRERO DE 1972)III.- Los diputados de partido serán acreditados por riguroso orden, de acuerdo con el número decreciente de sufragios que hayan logrado en relación a los demás candidatos del mismo partido en todo el país; (REFORMADO, D.O.F. 22 DE JUNIO DE 1963)IV.- Solamente podrán acreditar diputados en los términos de este artículo, los Partidos Políticos Nacionales que hubieran obtenido su registro conforme a la Ley Electoral Federal, por lo menos con un año de anterioridad al día de la elección; y (REFORMADO, D.O.F. 22 DE JUNIO DE 1963) V.- Los diputados de mayoría y los de partido, siendo representantes de la nación como lo establece el artículo 51, tendrán la misma categoría e iguales derechos y obligaciones. Texto derivado de la reforma publicada en el D.O.F. 06 de diciembre de 1977 (REFORMADO, D.O.F. 6 DE DICIEMBRE DE 1977) Art. 54.- La elección de los 100 diputados, según el principio de la representación proporcional y el sistema de listas regionales, se sujetará a las bases generales siguientes y a lo que en lo particular disponga la ley: I.- Para obtener el registro de sus listas regionales, el partido político nacional que lo solicite, deberá acreditar que participa con candidatos a diputados por mayoría relativa en por lo menos la tercera parte de los 300 DISTRITOS👈 UNINOMINALES.🤷♀️
? Cuál es ése partido político de la TRAMPA? Todos Rebuznan Al Mismo PAso Ah si, será el próximo partido de A-jolotito Moreno Cárdenas , Makarrakakako Cortés porque el PERDERÉ de Guadalupe Acosta Naranjas ya chupó faros. 😂😂😂😂
Si se pudo!!! Disfrutamos lo votado. Los legisladores fueron electos para aprobar leyes a favor del pueblo. Ya veremos de parte de quien están. Que avance la Transformación.
II.- Tendrá derecho a que les sean atribuidos diputados electos según el principio de representación proporcional, todo aquel partido que: A) no haya obtenido 60 o más constancias de mayoría y B) que alcance por lo menos el 1.5% del total de la votación emitida para todas las listas regionales en las circunscripciones plurinominales. III.- Al partido que cumpla con los supuestos señalados en las fracciones I y II de este artículo, le serán asignados por el principio de representación proporcional el número de diputados de su lista regional que corresponda al porcentaje de votos obtenidos en la circunscripción plurinominal correspondiente. La ley determinará las fórmulas electorales y los procedimientos que se observarán en dicha asignación; en todo caso, en la asignación se seguirá el orden que tuviesen los candidatos en las listas correspondientes. IV.- En el caso de que dos o más partidos con derecho a participar en la distribución de las listas regionales obtengan en su conjunto 90 o más constancias de mayoría, sólo serán objeto de reparto el 50% de las curules que deben asignarse por el principio de representación proporcional. Texto derivado de la reforma publicada en el D.O.F. 15 de diciembre de 1986 (REFORMADO PRIMER PARRAFO, D.O.F. 15 DE DICIEMBRE DE 1986) Art. 54.- La elección de los 200 diputados según el principio de representación proporcional y el Sistema de Listas Regionales, se sujetará a las bases generales siguientes y a lo que en lo particular disponga la Ley: (REFORMADA, D.O.F. 6 DE DICIEMBRE DE 1977) I.- Para obtener el registro de sus listas regionales, el partido político nacional que lo solicite, deberá acreditar que participa con candidatos a diputados por mayoría relativa en por lo menos la tercera parte de los 300 distritos uninominales. (REFORMADA, D.O.F. 15 DE DICIEMBRE DE 1986) II.- Tendrá derecho a que le sean atribuidos diputados electos según el principio de representación proporcional, todo aquel partido político nacional que alcance por lo menos el 1.5% del total de la votación emitida para las listas regionales de las cinco circunscripciones y no se encuentre comprendido en los siguientes supuestos: A) Haber obtenido el 51% o más de la votación nacional efectiva, y que su número de constancias de mayoría relativa represente un porcentaje del total de la Cámara, superior o igual a su porcentaje de votos, o B) Haber obtenido menos del 51% de la votación nacional efectiva, y que su número de constancias de mayoría relativa sea igual o mayor a la mitad más uno de los miembros de la Cámara. (REFORMADA, D.O.F. 15 DE DICIEMBRE DE 1986)
Te leeré un código más nuevo que el tuyo: Amaras a Dios sobre todas las cosas y a tu pr+ojimo como a tí mismo. No jurarás el nombre de tu Dios en Vano Santificarás las fiestas.
ASI DEBE SER EL INE UN ARBITRO IMPARCIAL SOLO HACER CUMPLIR LAS REGLAS O REGLAMENTO EN ESTE CASO LA CONSTITUCION ACTUAL ASI TENIA QUE SER EL PODER JUDICIAL IMPARCIAL PERO SU AMBICION Y FALTA DE JUSTICIA OCACIONAN REMOVERLO O CAMBIARLO