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RD T1E01 - Norma Chilena  

CPL Ingeniería
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23 окт 2024

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Комментарии : 9   
@Sebinha13
@Sebinha13 10 месяцев назад
Gracias profesor por sus aclaraciónes y guías, me siento a veces como alegando o apoyando algunas cosas y no me doy cuenta que estoy hablando aqui solo 😂😂 Saludos.
@CPL_Ingenieria
@CPL_Ingenieria 10 месяцев назад
Esa es la idea pues. Cuando hago los videos siempre pienso que le estoy hablando directamente a mis alumnos, aunque la mayoría de las veces estoy solo y mirando una cámara jaja
@elvisroberto8137
@elvisroberto8137 10 месяцев назад
saludos cordiales; excelente aporte a la profesión, quería consultar si se podría revisar alguna normativa ( o extracto de normativa) referente a requisitos para la elaboración de planos de proyecto en concreto reforzado y acero estructural, por su vital relevancia, al ser los documentos con los cuales se terminará construyendo, gracias de antemano.
@CPL_Ingenieria
@CPL_Ingenieria 10 месяцев назад
Hola, Siempre se puede proponer en una encuesta y vemos si tiene buena votación. ¿En qué código estás pensando?
@joaomarquesloyola
@joaomarquesloyola 10 месяцев назад
Gracias Carlos, muy buen video. Consulta, con respecto al segundo documento que sale en la referencia, ¿es medio antigua porque no ha salido una versión más reciente, o porque es la que está "calibrada" con la normativa nacional? Y lo otro, ¿vale la pena tenerlo? Eso, gracias nuevamente.
@CPL_Ingenieria
@CPL_Ingenieria 10 месяцев назад
Hola Joao, A mi me parece que es un documento antiguo porque tiene más de 20 años. Hay versión 2020 (cdn.ymaws.com/www.seaonc.org/resource/resmgr/docs/ngi/seaoc_guidelines_2020-1_-_re.pdf). No obstante , siendo super transparente no he estudiado si hay diferencias relevantes. Lo que no me gusta de esta norma nacional, y esto es opinión, es que claramente está pensando en edificios urbanos, pero no lo declara ni permite de manera explícita modificar entregables o alcances para otras áreas, por ejemplo estructuras industriales.
@joaomarquesloyola
@joaomarquesloyola 10 месяцев назад
@@CPL_Ingenieria Entiendo Carlos, gracias. Yo creo (una opinión muy personal) que esta norma en base para regular un poco los requisitos mínimos de una memoria de cálculo, sobre todo para proyectos municipales, para las cuales uno solía entregar solamente una hoja con las bases de cálculo y sería. De ahí a que la norma siempre se respete, ya es otra cosa.
@elpatriarcado6175
@elpatriarcado6175 2 месяца назад
Carlos, que ley establece los documentos legales que puede firmar un ingeniero civil mecánico como planos, memorias de cálculo o similares?, estoy un poco perdido y no se como buscar información agradecería tu orientación, muchas gracias de antemano.
@CPL_Ingenieria
@CPL_Ingenieria Месяц назад
Hola, Espero que estés bien. Voy a asumir que te refieres a diseños estructurales formales y no mecánicos. En Chile, se necesita la firma de los profesionales adecuados cuando los documentos van a ingresar a alguna municipalidad para el proceso de permisos, aprobaciones, o similares. Dependiendo del documento en particular se habla de la figura del profesional competente y el profesional especialista. Ambas definiciones en nuestra legislación obedecen a lo descrito en LGUC y OGUC. Con todo, la definición más importante es la del profesional especialista: "Profesional especialista: profesional competente o bien otros profesionales tales como ingenieros de tránsito, ingenieros mecánicos, ingenieros agrónomos, ingenieros químicos, ingenieros forestales, geógrafos, geólogos, u otros cuyas especialidades tengan directa relación con el estudio que suscriben." Estos son los que asumen las responsabilidades civiles y penales en sus respectivas áreas y competencias. Dicho lo anterior, te entrego lo que yo entiendo, que podría no ser la interpretación legal que haría un abogado. La firma/responsabilidad debe ser tomada por profesionales especialistas en el área del proyecto o documento a realizar. Es decir, un diseño estructural (memorias, planos, especificaciones, etc.) solo podría ser firmado por un ingeniero civil con especialidad en diseño de estructuras y con la patente correspondiente al día. Se acepta para ciertos casos limitados la aprobación de un arquitecto, pero no estoy muy claro en que sea lo mejor en todos los casos permitidos. Hay una excepción que es muy clara y genera espacios. Se trata de Ingenieros que adicionalmente a su especialización original han realizado una especialización estructural o algún posgrado en estructuras. Saludos cordiales
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