Este es nuestro punto de vista del criterio que el SAT emitió el 31 de enero (46/IVA/N): ru-vid.com/video/%D0%B2%D0%B8%D0%B4%D0%B5%D0%BE-hxtzcp-TwFs.html
Excelente explicación, no obstante sigo con la confusión sobre sí debo o no recibir facturas de mis Contratista o Subcontratistas con la retención. Trabajo en una empresa de la construcción y todavía no encuentro algo que especifique claramente si debo o no retener, ya que si subcontratamos personal.
La pésima redacción de ese artículo 1-A está provocado muchos dolores de cabeza, aunque el sat ya se pronunció al respecto no es de manera oficial y URGE que lo haga de manera oficial. ¡Gracias por esta excelente exposición!
En pocas palabras: Que señor desmadre hicieron en materia fiscal :( Por favor haz un vídeo explicando la retención de ISR a inversiones bancarias. Si es aplicable a partir de cierta cantidad (como se hacía antes) o es parejo. Ni en el chat del SAT me supieron contestar. Muchas gracias :D
Muy buenos sus videos me han ayudado mucho. Pudieran hacer uno con las nuevas normas para las facturas al publico en general del RIF, PF Y PM Por favor se los agradecería muchísimo!!!
Muy buen tema, a mi me querían hacer eso y no estoy en la subcontratación y pues no me deje, cancele factura porque ese contador de esa empresa ni escuchaba
Nosotros tenemos el detalle de que somos maquila y el servicio de cafetería ya nos dió su factura con retención, le dijimos que no pero insiste en que así se la han pedido sus demás clientes. Lo que pensamos es que si aceptamos una factura así cuando no aplica nos puedan presumir la subcontratación.
Para el llenado de la DIM cómo voy hacer el llenado de las retenciones si está formulado por defecto la retención del iva de las 2/3 partes y no la del 6% podrían hacer un video de cómo hacer ese llenado y m podrían contestar esta duda x favor???? Muchas gracias buen video dejo mi 👍🏽
BUENAS TARDES. AMI ME PARECE QUE ES UN PROBLEMA DE INTERPRETACION YA QUE LA FRACCION IV DEL ARTICULO 1-A DE LA LEY DEL IVA DICE “…pongan a disposición del contratante o de una parte relacionada de éste, personal que desempeñe sus funciones en las instalaciones del contratante…”, POR LO QUE SE ESTA DELIMIETANDO A LA SUBCONTRATACION LABORAL, YA QUE SI ERES UNA EMPRESA POR EJEMPLO DE MANTENIMIENTO DE INMUEBLES Y TE CONTRATAN PARA PINTAR UN EIDIFICIO, TU ENVIAS A TU TRABAJADOR A PINTAR Y DEBE HACERLO BAJO TUS INDICACIONES, NO ESTAR PONIENTO A LOS PINTORES BAJO LAS INSTRUCCIONES DE TU CLIENTE, ES DECIR NO ESTAR PONIENTO AL PERSONAL A SU DISPOSICION, POR LO TANTO NO APLICA LA RETENCION DEL 6%.
Hola, tengo una duda. La empresa donde trabajo diseña, fabrica y da mantenimiento de cubiertas retráctiles para centros de maquinado. El día de ayer un cliente que pidió la fabricación de una cubierta me pidió la retención del IVA, argumentando que como va entrar nuestro personal a instalar la cubierta a su planta, nos estaban pidiendo la factura con la retención del IVA. A mi me queda claro que no aplica, ya que lo que se le esta cobrando es la fabricación de la cubierta. Lo único que si me queda duda es respecto cuando se de solo el servicio de mantenimiento, cabe mencionar que el mantenimiento lo realizamos en nuestras instalaciones, se va a recoger la cubierta o nos la envian por paqueteria, se hace el trabajo de mantenimiento en nuestro taller y se instala en la planta de cliente o se envia por paqueteria. En este caso aplica la retención del 6% del IVA? La verdad para mi es que por el giro de la empresa no, pero me gustaría estar segura.
Para estar segura, si mi empresa presta servicio de mantenimiento a nuestro cliente en sus instalaciones, el cliente debe o no retenerme el 6% de IVA? ya que el personal estará supervisada por mismo personal de nosotros...
Gracias por la información. Me queda claro que me deben de retener el 6% de IVA; pero ahora pienso que -yo pago todos mis servicios y productos con el 16%, eso quiere decir que de mi bolsa debo pagar ese 6%? Quizás no sea mucho pero entonces ahora este % se sumaría al porcentaje de ISR y ISN que ya vengo pagando?
Desde mi punto de vista, si realmente se tuviera que retener el 6% a todos los servicios se debió derogar el inciso a) de la Fracc. II del Artículo 1-A. Así mismo el Artículo 3 del Reglamento no sufrió modificaciones por lo que la retención del 6% aplica únicamente cuando es sub contratación laboral. Ya que además la fracción añadida menciona "se ponga a disposicion del contratrante personal que desempeñe funciones en las instalaciones del contratante" por lo que se entiende que se está sub contratando personal.
una persona física con actividad empresarial no tan fácil de entender pero quiero poner estos ejemplo del a vida cotidiana: EJEMPLO 1 eres un contratista para realizar servicios de remodelación mediante tablaroca y quien me contrató para remodelar una oficina siendo este el usuario final aplica o no aplica la retención de 6 en la facturas que genera. EJEMPLO 2 una persona RIF que presta servicios de soporte tecnico y ventas de accesorios por equipo de computo si te contratan bajo honorarios en la factura que generas al usuario final aplica la retención de 6% ??
Contador, si yo facturó bajo como RIF, y mis servicios son personales, la empresa que me subcontratò debería retenerme el 6% por ley., Pero ellos requieren que sea persona física con actividad empresarial, esto me afecta en mis declaraciones? Pueden retenerme el 6% aún siendo RiF?
Pues si que sólo tu viste la posible confusión; sólo se trata de agarrar a las outsorcing por los cuernos y obligarlas a que paguen el IVA que les pagan las empresas que las contrataron, cómo? pues así, reteniendoles parte de ese iva, para que se vean obligadas a solicitar a las empresas contratantes esa retención.
Me preocupa sobremanera la condición puesta en los ejemplos, especifican servicios específicos, no aclaran bien el asunto. 1.- En especial para las AC (Título III LISR) que no son causantes del IVA y solo presentan declaración anual. Ahora en su caso tendrán que presentar declaración mensual y efectuar pagos en su caso. 2.- A nivel laboral, se abre un gran hueco: Si estoy obligado a retener el impuesto la autoridad correspondiente podría nombrarme patrón substituto de los trabajadores de mi proveedor por el hecho de estar en "nuestras" instalaciones. SE DEBE ACLARAR A FONDO
Excelente video, me podrías aclarar unas dudas por favor ? A donde se va ese 6% de retencion? Como contratista ya perdí ese 6% o me lo pagarán después, Eso se entiende por retención, en otro caso sería descuento o me equivocó?
Me parece muy buen trabajo, excelente esfuerzo para aclarar este punto de mucha controversia y tristemente Prodecon y la propia autoridad en su respuesta a consulta y criterios respectivamente, dejaron mucho que desear...
buen dia, a mi me queda claro pero el que me contarta con servicios de construccion de obra se respalda con los puntos que dice: 1. que la constructora es la que dirige la obra( que en este caso nosotros si lo hacemos) 2. pone los materiales ( ellos dice que ellos lo ponen, que en este caso la obra civil nosotros recibimos un anticipo y por lo tanto nosotros lo ponemos, ellos ponen otras partes como lamparas, plafones, camaras firas etc.) que el contarto es de obra civil nosotros ponemos el 90% de materiales 3. asume todo el riesgo de la obra hasta el acto de la entrega( en realidad nosotros estamos comprometidos en la entrega de la obra, ellos solo pagan una poliza de seguro en caso de algun siniestro o accidente, que dicho dedusible nosotros lo pagariamos) 4. y el precio se pagara al entregar la mismao salvo lo que diga el convenio que se tenga con el constructor( en el contrato se estipula que nos pagaran un anticipo del 50% del valor de la obra mismo que respaldamos con una fianza, y se haran pagos hasta finalizar que para finiquito queda el 10% mismo que se paga al entregar la obra y toso esto esta en contarto) espero me aclaren mis dudas por que si me siguen deduciendo o quitrando esa retencion del 6%
Podrias proporcionarme el link para descargar la exposicion de motivos, ya que esta misma es la clave para resolver que solo se debe retener el 6% a los servicios de outsourcing. Gracias
Tendremos que esperar a que se publique la Resolución Miscelánea Fiscal a fin de que dejen en claro lo de la retención, aún lo tengamos en claro unos pero otros no, de allí nace la incertidumbre. Gracias por la explicación.
Buenos días, soy persona física, yo mismo realizo los trabajos de reparación de equipos de oficina, no tengo trabajadores todo lo hago yo, me deben de retener el 6% de IVA, por su atención mil gracias.
disculpa que te moleste. pero tego un problema de dos años que no puedo resolver con el sat por un pago que tengo que hacer pero al inicio me dijeron que los impuestos por mes eran el 1% al mes, ahora cambioron y son al 10% al mes, no se que hacer no se si conozcas a alguien q me hacesores, he ido varias veces al sat a que me hacesoren pero solo me confunden mas
Pero tengo una duda ......si bien estos impuestos ser aplican en la subcontratación? ....y según se informo que en el 2020. Las empresas de. Outsorsin. Estarían consideradas como Ilegales? Porque continuar con este esquema de Impuestos? Gracias espero su respuesta
Hola soy persona fisica en el regimen de arrendamiento, tengo contratado los servicios de vigilancia y limpieza. Mis proveedores me presentaton sus facturas con la retención de impuestos del 6%. Debo retenerles el impuetos y otra pregunta como tendría que presentarlo en mi declaración, porque no me presenta ningun renglón de prestación de servicios- gracias
Hola buen día. Tengo una duda, trabajo en una empresa que realiza mantenimiento de partes automotrices y damos servicio de reparación a algunos negocios, con la reforma a a la ley del IVA, específicamente a las retenciones del 6%, algunas empresas que solicitan que reparemos algo, nos están avisando que van a hacer la retención del 6% por que así lo marca la ley, pero ¿qué no esto solo aplica si pongo a disposición personal para su trabajo, mas específicamente el llamado OUTSOURCING? yo no pongo a disposición personal a su mando ni operativos ni supervisión ni asesores, todo es mi personal y trabajan para mi. No será que esta empresa confunde lo que es servicio subordinado con servicios externos (es como si yo quisiera retenerle a un taller mecánico el 6% por hacer un "servicio" de afinación.). Ojalá puedan responder mi duda. Saludos.
Hola, buenos dias, se me hizo algo confuso tanta información, pero es muy interesante el tema, yo llevo una PM y una PF que hace las instalaciones eléctricas incluyendo material y mano de obra a una constructora, en este caso seria subcontratación y tendría que retenerle el 6%?, espero puedan resolverme, gracias.
Hola, una pregunta, en caso de usar esta retencion del 6% que otras retenciones e impuestos se tienen que poner en la facturacion? O sea si yo como persona fisica con actividad empresarial estoy facturando a una empresa S.A de C.V. MUCHAS GRACIAS
Buenas tardes, yo soy perdona física con activ.profesional, en ocasiones le presto servicio profesional independiente a PM, no tengo trabajadores .¿ Estoy obligado a emitir mis facturas con la retención del 6 por ciento de IVA??
Contador contado, pregunta rápida. Poniendo un ejemplo si cobro 10 mil pesos por un trabajo, mi factura saldría por 11,600 pero ahora con la retención la empresa me retiene el 6% de la factura y yo quedaría con $11 mil. Es correcta mi apreciación?
Estoy bien sope y no entiendo ToT a ver... yo cobro 100 pesitos y el 16% de iva o sea 116 pesos, pero con la retención solo debo cobrar 110 pesos? y el otro 6% sale "de mi bolsa"? y la otra: aplica para empresa de seguridad privada?
Cuando presentas tu declaracion de IVA, reconoces 16 de iva causado y puedes disminuir los 6 que te retuvieron, pagando en declaracion los 10 que realmente cobraste. claro que puedes disminuir el iva que pagaste en tus gastos........realmente no hay afectación financiera....
@@angelat9815 pero vas. Apagar lo mismo porque. Si se retiene el único beneficiado es cobrarle menos a usted en este caso y perder ese 6 porciento el prestador del servicio
Buen día oye yo tengo mi changarro en la plataforma didi y si vendí 3180 me descontaron por este rubro $366 y por deducción de plataforma $399 más retención del impuesto sobre la renta $50.36.casi $800 pesos es muchísimo , la semana pasada por $3050 de venta solo cobraron $ $312 hay mucha diferencia de una semana a otra me puedes asesorar aún me cobres....gracias
HOLA, SOY UNA PM CONSTRUCTORA, NOSOTROS HACEMOS INSTALACIONES ELECTRICAS, PONEMOS EL MATERIAL Y EL PERSONAL, AHI APLICARIA LA RETENCION DEL 6% ? UN CLIENTE NOS LA PIDIO PERO OTROS NO
Hola. Yo soy PF actividad empresarial y a veces contrato un laboratorio PM para que me apoye a prestar el servicio a mi cliente que es PM. Tienen que retenerme el 6% de IVA. Gracias
No eso no aplica en tu caso, xq es para asorci la retención del 6%. cuando se trata de honorarios de persona física a persona moral si te retiene la pm a ti pf. impuestos de 10% isr y 2 terceras partes del iva como establece en la ley de hace años
Lo que haces no trata de servicio de tu personal dado a tus clientes no aplica outsourcing y no genera retención, ademas que esa retencion ya esta por derogarse debido a que ya no existiran outsourcing por ley
Es un desastre realmente, dicen primero que a personas morales y fisicas después que solo personas con una función Empresaria, en Relación a la Ley de laboral del Trabajo, Según el Articulo en pocas palabras todos vamos a pagar el 6% de una forma o otra, así nos regresan algo, pero nunca pasara.
Buena tarde yo trabajo como medico en una institucion de gobierno y estoy dado de alta como Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales, esto aplica para mi trabajo solo me retienen el 10% isr?
Si soy una empresa de seguridad ofrezco un servicio de personal pero no soy outsorsing yo los doy de alta en mi empresa y lo pongo en un servicio externo aqplico pero Si me pagan de menos no me alcanzará para poder seguir prestando los servicios
@@claudiarodriguez.trending5680 ok,no puedo enviar el archivo por este medio,pero en base a la ley federal de trabajo 15, el cual esta por encima de lo emitido en la pagina del SAT y soportado con jurisprudencia,si gustas te envio la informacion a tu correo
buenas tardes, soy una persona bajo el regimen de incorporación fiscal realizo presentaciones artisticas con mis músicos y trabajo para una persona moral, me están solicitando re facturar los documentos de diciembre 2019 y enero 2020 con retención del 6%. Estoy sujeto a que me retengan ?
Amigo la ley es clara y si. Para lo que explicas la jurisprudencia y exposición de motivos que genera cualquier ley no te entenderán así mismo se más explícito o es decir más simple porque la gente de pymes no te entiende nada
Hola, en 2021 tenia subcontratacion y la outsorcing nunca me dio esta información, el SAT me lo está solicitando a mi, yo no sabia porque me pedían retenciones de IVA me puse a buscar y me di cuenta que en la factura que ellos me dieron venían estas retenciones de IVA, quien las tiene que pagar ellos o yo?
Si el cliente ya me retuvo el 6% y después salen que no procede....porque presto un servicio de mantenimiento, que pasa con eso que ya me retuvieron????
No, solo la retención del 6% aplica para empresa asorci. para personas físicas que que ofrecen un servicio por honorarios a personas morales, estas le retienen a la persona física el 10% de isr y 2 terceras partes del iva. Pará una persona fisica que brinda un servicio llámese plomeria, mantenimiento solo cobras tu servicio y trasladas el iva como siempre a sido.
@@pltv2826 La LEY DEL IVA no define que solo outsorcing, OJO Menciona servicios, y habla de diferentes conceptos, aun falta que anexen las reglas de esta retención, lo aconsejable es retener el 6% para evitar problemas con hacienda hasta que publiquen estas mismas. El Diario oficial si especifica algo del outsourcing, pero pesa mas una ley que el Diario Oficial.
Que tal amigo una duda se que dice que esto aplica para persona física o moral con actividad empresarial pero que hay entonces de las personas físicas (RIF) esto no aplica para ellos verdad?
Es que el termino actividad empresarial abarca, toda aquella persona Física ó Moral que persigue un fin de lucro. pero ya la prodecon hizo una mención sobre el tema www.prodecon.gob.mx/index.php/home/p/noticias/3193-en-2020-prodecon-te-recuerda
Cuando entra en vigor por qué dicen que en enero pero el 31 de enero de 2020 hay una modificación al artículo entonces aparte de cuando aplico la retención???
Silvia Barona pregunto lo mismo, porque ya una empresa me lo está exigiendo y por eso no me paga mis facturas que debe de 2019. Sobre todo me piden listas de asistencia y los pagos de imss,
No aplica pues es un servicio de limpieza, es decir tu empresa coordina y da instrucciones al personal, ; en cambio, si solo pones a disposición el personal y la otra empresa administra dicho personal entonces si se considera Outsorcing y tendrias que retener el 6%.
Tenemos el mismo criterio, pero una de las empresas que son mis clientes está aferrada a que retenga el 6% yo estoy dada de alta como persona física con actividad empresarial y en actividades tengo limpieza de albercas privadas y públicas. Además me están pidiendo entregue listas de asistencia y números de seguro social y pagos de seguro social. Yo incluso a veces hago los servicios, yo proveo el material y yo doy instrucciones de cómo se realizan los servicios. Estoy enojada
Por ejemplo si trabajo para la Industria, pero no tengo contrato o póliza de servicios, además los servicios los hago en mis instalaciones no en la de ellos, entonces no necesito hacer facturas con retención del 6%??
cómo!!! a mi me descuentan IVA del 16% màs el 6 %, es decir 22 % de IVA, soy persona física y brindo un servicio de agua potable, no contrato a nadie, què hago
BUENAS TARDES, SOY PRESTADORA DE SERVICIOS COMPUTACIONALES INDEPENDIENTE, HACE POCO REALICE UNA INSTALACION DE TELEFONOS IP (CON VIATIOS), ESE TRABAJO ME LO PIDIO UNA EMPRESA DE CDMX Y CUANDO LE HICE LA PREFACTURA ME DICE QUE YA PUEDO FACTURAR Y QUE NO SE ME OLVIDE LA RETENCION DEL 6%, ESO LO TENGO QUE HACER, HE REALIZADO OTROS SERVICIO A OTRAS EMPRESAS Y NINGUNA ME A PEDIDO ESA RETENCION, PORQUE DEBO DE FACTUAR ESA RETENCION SI AL FIN Y AL CABO YO NO TENGO UN CONTRATO DE DICHA EMPRESA QUE DIGA QUE ME SUBCONTRATO. POR FAVOR ME PODRIAN AYUDAR, SOLO QUIERO SABER SI LO TENGO QUE HACER O NO
Pongan un ejemplo porque Si me pagará menos el cliente me imagino que el SAT tendrá solo el 10% porque si no me paga el total de la factura quien me va a pagar el resto no entiendo
@@user-wg4yd9of9n Es correcto. A ti solo te pagarán el 10% y tu así mismo lo pagarás...... y tu cliente, que te retiene el 6% lo pagará al SAT...... El SAT recibe el 10% de tu parte y el 6% de parte de tu cliente.
Haber si chicle y pega toda esta serie de temas y cambios , que pretenden ?????? Yo no entiendo , peroooo no confío en nuestras excelentes autoridades .
si www.eleconomista.com.mx/economia/El-SAT-explica-con-peras-y-manzanas-la-retencion-del-IVA-de-6-en-empresas-con-personal-contratado-por-outsourcing-20200206-0055.html checa esta pagina y ve el ejemplo tres
Ok entiendo pero en el caso del ciclo completo de esta emisión + complemento de Pago+ CFDI de retenciones ¿bajo que concepto se tiene que realizar la emisión(CFDI-RETENCIONES)?
Eso creo es un conglomerado; un conjunto de empresas o raz9nes sociales que pertenecen a un solo dueño o sociedad como lo es Pepsico y el grupo de cocacola
Un cliente que paga a 35 días está reteniendo unos pagos de 2019 porque ahora me pide que vuelva a hacer las facturas con la retención del 6% del IVA... ¿qué procede en casos asi?
Es correcto, se tenía como plazo el 10 de enero para estar liquidadas las facturas. En caso de que no sea así, se debe de refacturar ya con la retención
Revisa en la resolución miscelanea, indica que no tienes que cancelar y refacturar para que te paguen, maneja una forma para cobrarle realizando 2 CFDI más, uno con complemento de pago (si la factura esta en PPD) y el 2do sería del cliente con el CFDI DE RETENCIONES, donde se asociaría la factura del 2019 e indicaría la retención.
Hola soy PM y ofrezco servicios de seguridad privada con portación de arma y me piden la retención del IVA y como me lo piden si no me congelan el pago, pero la pregunta directa es si se aplica o no?
A mi punto de vista no deberías hacer esta retención, ya que tu eres una PM con una actividad empresarial y no una PM que ofrezca servicios de subcontratación laboral sin embargo esto tiene mucho que ver con el contrato que proporciones por tus servicios.
@@evsgo95 ejemplo: como facturan Total 1,095.50 IVA. 13.79% 151.101 Sub total. 944.44 Reten.6%. 56.66 A pagar. 887.78 Así me facturan mi pago sin contar el 2% del contador
@@gerardomedrano820 AA ya entonces no te están reteniendo el 22% más bien solo te entregan el 13%, ya me había asustado, pero si hay que ver qué dice el SAT se acuerdo con esa nueva ley