Al ser Sociedad del art 299 debería presentar sus Balances ante la IGJ, y debería presentar declaraciones ante la IGJ previamente a la Asamblea ordinaria de abril, y posteriormente a ella.
Gracias por el valioso contenido a futuro. Pregunto si definir a una SAU como un vericueto legal sin contravenciones en la justicia. Que lejos de valorarse en hallar jurisprudencia, redobla la inversión al tiempo que multiplica los riesgos, digamos justifíquese en la esfera de lo Política pública, en materia de obras o servicios. Tiene analogía en otros países, y de existir tal hontanar, finalidades de éxito optimista.
H9la Buenas tardes. Estoy con mil dudas si hacer una SA o una SAU.... me dedico a la construcción y ahora necesito hacer una obra en CABA y blaquear al personal que me rcomendas? . Y solo dueño no tengo socios.. que me recomendas? AbraO
Hola. La verdad es que hoy, por diferentes motivos seguiría eligiendo la SA convencional sin dudarlo en CABA y muy probablemente también en Provincia de Buenos Aires
Por el 284 la Sindicatura puede ser unipersonal pero tiene que haber suplente. Al ser 299 no puede prescindirse de la sindicatura aunque sea ridiculo. La elige el accionista. Y supuestamente es para ejercer el control del órgano de administración.
@@HaroldoGavernet HOLA! Donde se inscribio esa modificatoria? porque o me terinade quedar entoces muy claro cuales son sus requisitos actuales respecto a fiscalizacion y si requiere varios directores