El derecho de propiedad se asemeja en el derecho positivo Argentino al derecho real de dominio. En la Argentina el derecho de propiedad se deduce en su sentido amplio del art. 17 de la CN. y no solo proteje los derechos reales sino también a los personales. Respecto a la equivalencia entre la prestaciones entiendo que el análisis económico es de cuño puramente liberal. Esto justifica la especulación financiera que sufrió mi país con los "Fondos Buitres".