Muchas gracias maestro. Continuamos aprovechando sus conocimientos para enriquecer mis conocimientos y de mis estudiantes. Muy acertado en sus exposiciones y muy claras explicaciones.
Gracias por compartirnos su conocimiento, tambien le agradezco de nuevo porque sus videos me han servido demasiado ahora que no estamos en clases. Por favor no deje de hacerlos.
IUS PUNIENDI Muchisimas gracias por sus videos, tiene el don de enseñar y he aprendido bastante en tan poco tiempo, siga compartiendo su gran conocimiento.
Excelente explicación, Dios lo bendiga y que siga así explicando sin mezquindad. Profesor me puedes decir la relacion q existe entre tipicidad y antijuricidad??????
Holaa Regina. Claro que sí. En forma muy concreta te puedo decir que toda conducta típica es antijuridica porque la conducta típica esta prohibida por la ley, es decir, es antijuridica. Te pido que veas el video titulado Antijuridicidad. Ahí lo explico en forma más amplia y si tienes duda con gusto trataremos de resolverlas. 😊👍
Excelente explicación, actualmente estoy estudiando la carrera de derecho y estoy terminando mi semestre con delitos en particular (Dogmática jurídica penal parte especial) y me está ayudando muchos sus videos . Usted hablo de las sistemáticas penales podría explicar en un vídeo acerca de eso porfavor . Y que libro me recomienda para estudiar todo esto . Gracias
Hola Diego. Tenemos que consultar a varios autores, en si no existe uno solo que nos dé un enfoque general. Pero te recomiendo a Gustavo Malo Camacho, Francisco Muñoz Conde, Claus Roxin. 👍
Buenas tardes Mtro. de casualidad no tiene algun tema sobre recursos en la detencion e incomunicado, o en su defecto, que me pueda orientar sobre tales recurso? por su amabilidad; gracias
Hola Leticia. Existe un procedimiento administrativo para detenciones ilegales. Se lleva a cabo ante la Comisión Nacional o Estatales de Derechos Humanos, no todas las legislaciones lo contemplan pero es muy similar al Habeas Corpus (Exhibición o presentación del Cuerpo), en el ámbito Jurisdiccional se puede acudir al Amparo Indirecto o en su caso promover un Control Judicial ante el Juez de Control. Si requieres un mecanismo rápido y eficaz ante la incomunicación te sugiero procedas ante la Comisión de Derechos Humanos.
Hola Renzo, si te refieres a un tipo penal especifico de "acción" considero que si, porque recuerda que también existen tipos penales de omisión, por lo cual de manera general se le denomina conducta típica, ya que esta abarca ambos supuestos.
Hola Marcelino. Me refiero a la conducta que el legislador ha considerado como delictiva. Que ahora con el nuevo sistema se le denomina hecho que la ley señala como delito.
Hola Johana. No. En la atipicidad existe el tipo pero no se acreditan sus elementos. Y en la ausencia de tipo no existe el tipo penal es decir, aunque la conducta afecte un determinado bien jurídico este no es delito. Ejemplo: Adulterio ya no es delito. O difamación ya no es delito.
Hola Ely, desconozco porque no fue visible tu mensaje hasta apenas, supongo que ya no requieres dicha información de todos modos te comento que el elemento normativo por excelencia es la copula, también lo es la violencia física o moral. Son elementos que requieren un interpretación jurídica o cultural=)
IUS PUNIENDI era en base a los elementos que se integran por objetividad, subjetividad y normatividad, justo de lo que hablas en los videos, pero si encontré el video que habla de normatividad!
No. La ticipicidad o juicio de tipicidad es la subsunción de la conducta desplegada por el sujeto agente, en la descripción o representación típica (enunciado o supuesto de hecho) establecido como tal en el tipo penal. Es decir, lograr mentalmente que la conducta que se investiga sea la misma y no otra que la Ley penal consagra como delictiva (tipo penal o descripción típica). Debe encajar perfectamente como una ficha de romepecabezas.