Buenas tardes! Gracias por vuestro contenido! Una duda... en caso de que se haya realizado el cierre y, a posteriori, se necesitan hacer ajustes contables en el periodo ya cerrado, cómo se debe hacer? Se abre el periodo para poder contabilizar y se vuelve a hacer un cierre? Se revierte el cierre hecho, se hacen los ajustes y se vuelve a cerrar todo? Gracias!
El cierre en Business Central es ficticio, es decir, no se registra un asiento de cierre, simplemente Business Central, lo genera e imprime a partir del acumulado de los movimientos de las cuentas y el asiento de regularización. Si una vez cerrado el ejercicio, se necesitan imputar nuevos movimientos en ese ejercicio, solo es necesario abrir las fechas de registro en la configuración de contabilidad y también en la configuración de usuarios. Se pueden registrar los apuntes contables necesarios y/o documentos factura/abonos etc y si estos nuevos apuntes contienen cuentas del grupo 6/7, se debe lanzar de nuevo el proceso de regularización, se deben volver a renumerar asientos y se puede lanzar de nuevo el diario oficial, que nos generará/imprimirá el asiento de cierre, con los nuevos saldos de estas correcciones. No debes olvidar volver a cerrar las fechas de registro en la configuración de contabilidad y la configuración de usuarios. 😉
Buenas tardes! gracias por el video, es muy útil. Una duda, si se cierra el ejercicio, se regularizan cuentas y luego se ordena el diario... podría contabilizar a posteriori el impuesto de sociedades en el ejercicio cerrado?? Gracias, Un saludo.
Correcto, sí puedes registrar un nuevo asiento en el ejercicio cerrado, simplemente debes asegurarte que tienes abiertas las fechas en la configuración de contabilidad para el periodo que deseas registrar, o bien en configuración de usuarios, si tienes configuradas fechas para usuarios. Debes tener en cuenta que si el asiento afecta a cuentas contables de los grupos 6 y 7, debes realizar de nuevo la regularización y volver a asignar nº asiento periodo. 😉