Buena tarde, muchas gracias por su capacitación. Una pregunta cuando un dignatario ( presidente) fue destituido , pero el vuelve y se hace nombrar como presidente encargado por el idepac, esto en Bogota..... que puede hacer la comunidad. Gracias por su colaboración
No no no no no no le paso el número este chiste papá papá papapapapapapa tatatatatatatata nonono nonono dorama tenerlo lavando la vasita ya está rapera chica famosa la saladita tatatata tatatata tatatata Tati Tatiana videos de Tito tututu
De conformidad con la ley 2166 art 46, la junta directiva puede nombrar ad hoc Dignatarios faltantes. Es por una sola vez la potestad o es por una sola vez a esos Dignatarios nombrados, gracias
Quien da una respuesta a esta pregunta, llevo 4 semanas esperando una respuesta. Dónde están los asesores del ministerio en estos temas. Gracias por la atención. En el registro está el correo electrónico para recibir la respuesta.
@@dariovalencia1279 hola. En mi opinión, el nombramiento de los cargos ad hoc es por 60 días, inicialmente, y 30 días más, de ser necesario. El objetivo es que durante ese tiempo se pueda convocar a Asamblea general de afiliados para elegir los dignatarios titulares, y que pudiera pasar que se ratifiquen los que están ad hoc o que se postulen otros nuevos. El tribunal de garantías tiene una caducidad de 3 meses, iniciando desde su designación hasta la fecha de elecciones.
Buenos días Dios le bendiga gracias pero izó falta más lo de la explicación de este video con el doctor bachiller gracias yo en guaduas barrio luis fabio nieto # DOS feliz día hoy 25/05/2021