Desde tiempo atrás los ladrones arriendan un apartamento, y desde allí roban a sus vecinos. Al ser residentes, entran y salen como pedro por su casa. Por ello es bueno que se invierta en un circuito cerrado de TV, aunque no sobra el copropietario que tenga las uñas largas (la ocasión hace al ladrón, producto de sociopatias). Ahora, si los ladrones están afuera, es decir, ni son copropietarios y/o residentes, y demuestran que los bienes robados salieron por las puertas de acceso a la copropiedad, la responsabilidad es de la compañía de seguridad, la cual debe tener una póliza de seguros para estos casos.
No son obligatorios. La ley solo obliga a laborar 8 horas diarias (48 horas a la semana), y dos horas extras como máximo siempre que cuente con la autorización del Ministerio de Trabajo. Caso contrario su patrono estaría violando la ley laboral, salvo que se trate de una cooperativa de seguridad (que usualmente de cooperativa solo tiene el nombre).
La copropiedad no tiene patrimonio propio responsable y embargable. Por lo tanto, no le cabe responsabilidad. La copropiedad no puede colapsar por el interés de un acreedor embargante. La ley no diferencia entre vivienda y otros usos y en general protege la vivienda al no asignar patrimonio alguno en la ley 675, indeppendiente de los proopietarios individuales
Clara Inés una pregunta si la copropiedad decide no tener Vigilancia privada porque son 24 apartamentos y el presupuesto no alcanza para contratar vigilancia y despiden que cada quien maneja sus llaves para entrar y para salir. Quien responde por un robo en los bienes??
@@lilianajimenez7024 Nadie responde porque nadie tiene esa función a su cargo. Si existe un vigilante este responde si se prueba que hubo falla en el servicio. En teoría es cierto lo que dice el vídeo aludido, pero éticamente, moralmente, porque el admor no puede disponer del ppto sin aprobación de la asamblea y tampoco puede destinar el f de imprevistos para lo que quiera. Cuando un juez decreta el embargo de la cuenta bancaria en una p h está desconociendo el r de p h porque en la discusión de la ley se debatió la responsabilidad y se descartó.
@@clarainesescobar3816 Gracias por su respuesta... Es que hace dos meses recibí el cargo como administradora de una PH y a los quince días nos llevó el comunicado de super vigilancia de quitar los vigilantes ya que estaban contratados por muchos años por PH, y por ello decisidieron no tener Vigilancia, mi pregunta si pasa un robo me hacen responsables de ello o responden todos los copropietarios??
@@lilianajimenez7024 Responde usted si usted fue negligente en sus funciones y falló en el servicio, por ejemplo, si se dañó la chapa y no la arregló, de resto, nadie responde.