Magnifico, como puede ser que en la gestoria no me hayan ni comentado que el IBI, los gastos de mantenimiento y seguro me restan, no me pidieron nada de esto. NO lo entiendo. Gracias por el video.
Bravo! Explicaciones claras y ejemplos muy ilustrativos. Gracias por tus vídeos, el común de los mortales ignora todas estas cuestiones y gracias a tu canal puede informarse fácilmente. Enhorabuena, gran trabajo.
Un video muy completo e interesante. Solo apuntar que en los gastos a deducir no incluiste el más importante que es la amortización del inmueble, del 3% anual. Sobre el mayor valor entre el catastral o el precio de adquisición sin incluir el valor del suelo
Correcto, no lo he incluido porque si pasados los años vendes la vivienda, los impuestos que pagas por las plusvalías generadas superan los impuestos ahorrados por la amortización.
No tenía ni idea. ¡Enhorabuena por tu canal!. Lo he conocido recientemente y me está pareciendo muy interesante y entretenido, además de que está muy bien explicado.
Creo que en cuanto al cálculo rápido que haces a esos 7.200 euros de beneficios, hay que quitarles los gastos (comunidad, seguros, IBI) y ese será tu beneficio neto, lo que hace que baje de ese 5%; aunque luego si lo haces en tu Excel
Hola Sergi muy bueno el vídeo , de hecho me he impreso la hoja de las tributaciones , ahora bien me parece que en el ejemplo se omite el importe a deducir (3%) de la depreciación de la vivienda lo que haría aún más rentable tu ejemplo saludos...
Gracias Luis por el comentario, cierto falta la deducción por amortización. Pero este tema no me acaba de gustar pues afecta a la ganancia patrimonial en caso de venta posterior del inmueble ya que su valor de adquisición se debe minorar con las amortizaciones aplicadas, y por tanto deberás tributar por esa diferencia adicional. Respecto al IRPF, ten en cuenta que la hoja de tributaciones depende del año y la comunidad autónoma.
Hola Sergi. Voy a alquilar una vivienda a dos personas que solo estarán 4 meses en el piso por un tema de trabajo, es decir, lo que viene a denominarse como un contrato de temporada. Mi duda es si para la AEAT tiene el mismo tratamiento fiscal este tipo de arrendamiento que el de vivienda habitual y permanente, y por tanto si tendría derecho a la bonificación y a deducirme los correspondientes gastos de comunidad, seguro, IBI, etc. Muchas gracias y enhorabuena por tu excelente vídeo. Saludos desde Galicia.
Cuando ves la fiscalidad de tener inmuebles, te enteras que el Estado relativiza tu propriedad privada de una manera criminal. Muchas gracias por el video Sergi!
Si el propietario del piso es una S.L., que no se dedica al alquiler como actividad principal sino que adquirió esa vivienda puntualmente, está pagando una hipoteca por ella y la alquila a un particular, ¿cómo sería la manera de declararlo y desgravar gastos? Gracias
Vídeo muy interesante, muchas gracias. Estaría bien, como comentas, hacer la suposición de que tú tienes un piso y comparar si es mejor alquilar o vender. Vendiendo tendrías una gran cantidad de liquidez que podrías invertir y generar más intereses. Por otro lado, alquilar te da ciertos ingresos pero tu bola de nieve inicial es más pequeña, además de que puede darse el caso de tener meses sin el piso alquilado o gastos adicionales que en un fondo de inversión quizá no tendrías... Un saludo!
Gracias por tus videos Sergi, son de ayuda para los que nunca no hemos preocupado por estos temas. Lo que no sabia es que se podia meter en la renta la comunidad y el ibi. Podríais decirme donde hay que meterlos? No encuentro esa casilla
Fantástico ejercicio, gracias por compartir! Secundo el tema de la fiscalidad de dividendos y la doble tributación y cómo se puede reclamar para dividendos en USA y paises de la UE.
Y si tienes un préstamo extra para pagar la casa? Por ejemplo, el banco me da el 80% y no me alcanza. Pido otro préstamo del 10% para llegar al 90%. Estos 10% se pueden deducir igual que los 80%? Muchas gracias por tus vídeos 🔝🔝🔝
Muy interesante que consideres el inmobiliario, como una parte del patrimonio. Me gustaría conocer tu opinión respecto a los factores a considerar para equilibrar un patrimonio entre inmuebles, fondos de inversión, depósitos y otros.
Buenas Sergi, felicidades por el canal porque verdaderamente resulta muy instructivo. Han pasado ya unos meses desde que publicaste el vídeo, ¿te planteas subir uno nuevo con consejos para minimizar los riesgos del alquiler como comentas en el minuto 8:05 ?
Sergi Torrens muchas gracias por tu contenido, me acabo de ver varios vídeos y con ganas de más, te has ganado un nuevo subscriptor! Tengo una duda desde hace mucho tiempo, algunos informan que si, y otros que no. Comentas que los intereses de la hipoteca se pueden deducir en la parte de gastos, a la hora de calcular el rendimiento neto. Y ahí va la pregunta, solo se pueden deducir los intereses de las hipotecas de antes del 2013? O se pueden deducir los intereses independiente del año que hayas firmado la hipoteca? Todo esto teniendo en cuenta que el inmueble alquilado es para vivienda habitual, claro. Muchas gracias!!
Genial el video sergi!! Pero cuando hablas de tributar por el rendimiento neto, si yo hago una reforma de la vivienda PREVIA a alquilarla, por ej.10.000€, eso despues voy a poder restarlo de lo recibido anualmente por el alquiler??? o eso no se considera conservacion y mantenimiento
Hola Sergi, tengo una duda respecto a la bonificación del 60%, ya que he leído que se aplica solo en el caso de que el inmueble sea vivienda habitual del inquilino y que ese supuesto, a nivel de lo que considera la Agencia Tributaria, solo se cumple cuando el inquilino lleva 3 años o más en la vivienda. ¿Es así o realmente desde el primer año puede aplicarse esa bonificación (siempre y cuando sea un contrato de larga duración y no de alquiler vacacional)? Lo pregunto porque a nivel coloquial prácticamente desde el primer día que el inquilino alquila el piso para vivir ahí, ya lo podemos considerar como vivienda habitual pero a nivel fiscal, supongo que no es lo mismo. Muchas gracias por la calidad de la información de todos tus vídeos!
Muy buenas Sergi, excelente vídeo, me han encantado los truquillos fiscales. Resulta que yo soy un propietario de un inmueble y voy a ponerlo a alquilar en las próximas semanas. Considerarías recomendable contratar un seguro de alquiler, ya que, aunque parece un poco caro aunque, viéndolo por otro lado, podría ahorrarme varios problemas si resulta que el inquilino sale rana. Muchas gracias, Un saludo Muc
En el país Vasco únicamente puedes deducirte los intereses de la hipoteca y el 20% por alquiler de vivienda habitual.Ni Ibi, ni gastos de comunidad ni na...
Correcto. Con dos distinciones el 20% se aplica sobre el valor bruto (antes de descontar los intereses) y además no va rentas del trabajo. Sino que tienen la consideración de rendimientos de capital inmobiliario y se integran en la base imponible del ahorro. La verdad es que en el País Vasco es completamente distinto.
Muy bueno, he descubierto hoy tu canal y me encanta! En este vídeo me ha entrado una duda: en el ejemplo, el alquiler que se paga es de 600€ al mes, ¿no? Nuevo suscriptor y esperando más contenido!
Ayer descubrí el canal y creo que he visto ya la mitad de los vídeos. Muuuuy bien preparados y explicados 👏👏👏 Tengo una duda, ya que vivo en Alemania y llevo un tiempo pensando y calculando para comprar. ¿Sabías decirme si los cálculos son aplicables a otros países de la UE? ¿Si comprara un piso en Catalunya mientras vivo y trabajo en Alemania, se me aplicaría la fiscalidad española, o la alemana? Muchas gracias!
Hola Sergi, muchas gracias. La fiscalidad se aplica sobre el país en el que resides. Por lo que, en este caso, deberías verificar las condiciones, bonificaciones y desgravaciones que se ofrecen el Alemania.
Hola. Una pregunta en los cálculos que indicas también se pondría desgravar antes de impuestos el 3% de la depreciación del piso correcto? O eso ya no se puede hacer?
Hola, muy interesante el video, pero echo en falta en la tabla de descuentos un concepto muy importante, que es el de Amortizacion de la vivienda. Y que supone una gran diferencia
Gracias por el comentario, cierto falta la deducción por amortización. Pero este tema no me acaba de gustar pues afecta a la ganancia patrimonial en caso de venta posterior del inmueble ya que su valor de adquisición se debe minorar con las amortizaciones aplicadas, y por tanto deberás tributar por esa diferencia adicional.
@@sergitorrens gracias por la respuesta. Entonces quiere decir, que si no te deduces por amortización luego al vender no hay que restarle la amortización por el tiempo que haya estado alquilado? Pensaba que era un si o si. Está bien saberlo
Depende de las zonas, en las grandes capitales se han recuperado e incrementado. Pero por ejemplo, en complejos de veraneo en levante están lejos de los precios originales.
Muy buen video !! Sergi que saldría más rentable, una vivienda en alquiler como el ejemplo que has hecho o la misma cantidad de dinero pero invertida en un fondo de inversión. Cuál crees que es mejor ??
Hola buenas Sergi , no se si has realizado el vídeo de cómo minimizar los riesgos de alquilar una vivienda, si los has realizado me podrías pasar el enlace?
el mercado inmobiliario es cosa del pasado, y más en España. Hay activos que puedes comprar por 100.000€ que dan muchisimo más al mes que 700€ de alquiler y traen una décima parte de los problemas
Hola Sergi, en mi caso, vivo en Francia, tengo alquilado mi piso en España y hago la declaración autoliquidación cada trimestre. ¿Es correcto? o ¿tendría que hacerla una vez al año? Gracias y suscrito al canal que he descubierto hace unos días.
Por convenio entre los dos países, lo que se genera en cada país se declara en el mismo, para evitar doblar declaraciones. Por ello la pregunta es, en ¿ España los alquileres se declaran por trimestre o anualmente? Gracias por responderme
Un inmueble cerrado, no valebpara nada cierto,,,solo gastos y además cuanto más tiempo cerrada la casa, piso etc....más serán los gastos de mantenimiento, etc....a no ser que se declare, bien mueble,,,,si se puede pir ser insolvente el propietario o por querer tener acceso a sus propias energías.......
¿ Qué inversión ve usted mejor, comprar un piso para alquilarlo o comprar Fondos de inversión, ETFs ? No sé qué hacer pues yo soy una persona conservadora y tengo unos ahorros en el banco en cuenta corriente de 250.000 €. Si me aconsejará fondos de inversión o ETFs en lugar de compra de vivienda para alquilar, ¿ Me aconseja Fondos de inversión o ETFs ?
Pues la verdad es que depende de muchas cosas, no sirve el mismo consejo para todas las personas. Si nos contacta lo podemos ver en detalle. Bien por correo hola@quieroasesorame.com, o bien por WhatsApp: +34 633 480 151
Disculpa Sergi, pero creo que los datos que das NO son correctos. Al menos en el País Vasco no te quitan ese 60% que dices sobre el rendimiento neto ni te puedes restar los gastos de seguros, IBI, comunidad...; que yo sepa te hacen una reducción del 20% de los ingresos obtenidos y cotizas por el otro 80%. Con lo cual no tiene nada que ver con lo que tú cuentas. Creo que a mucha gente le puede llevar a equívoco. Un saludo.