Participación del Dr. Arturo Bárcena en el Diplomado de Juicio de Amparo de las Casas de la Cultura Jurídica, organizado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Mil gracias Dr. Miguel Carbonell. Su empeño en difundir material jurídico, es una transformación para todo México y para las personas del habla hispana, sin más le reitero mis agradecimientos.
Lic. Erika Ayala Regnier. La Corte puede evidenciar a un juez de distrito en la revisión en 2da instancia cuando no se hace una buena "interpretación de la ley, o correctamente". Leí un caso de amparo en revisión en donde una Ministra de la Corte evidencia la no interpretación de un juez que le negó un Amparo a una persona. Es ahí donde se puede calificar de alguna forma si se hizo una interpretación correcta del texto normativo del caso
Lic. Erika Ayala Regnier. Sería muy bueno ampliara el tema con otra cápsula jurídica acerca de las "reglas de interpretación", ejemplos, casos de ponderación y de control de constitucionalidad, técnicas avanzadas y básicas también. Gracias por compartir
Lic. Erika Ayala Regnier. Invitaría al juez a leer bien, es decir leer quién promueve si una persona física o un representante de la persona física o si es por sí mismo.
Gracias por compartir Dr. Alguien sabe algún número de amparo ya sea en revisión o amparo directo en revisión, el cual se haya admitido por la SCJN toda vez que se interpretó algún artículo constitucional de manera implícita? Saludos.
Lic. Erika Ayala Regnier. Le diría al Dr. Barcena Z. que no se confunda entre persona moral y persona física. La persona moral puede ser el representante de la persona física en un juicio de Amparo
Estoy de acuerdo con el ponente toda resolución contiene interpretación de los preceptos legales en que se sustenta con independencia de que haya desentrañado el sentido de la norma con base en alguna de las técnicas interpretativas, a veces esa extensión hace poco entendible las decisiones respedcto del fondo de los asuntos