Ampliando la anterior pregunta, es que solicitado por escrito al investigador para que me informe en que va el proceso Disciplinario qué llava más de tres años sin adoptar nada en primera instancia, no me dan respuesta por o ser sujeto procesal. Solo dilata para esperar los 5 años para decretar la caducidad. Como hago para exigir su cumpliento en el debido proceso
Dr si existia una inhabilitad activa por 10 años basada en el codigo disciplinario derogado y la nueva ley vigente mueve a máximo 5 años esta inhabilitad que sucede?
Doctor, una aclaración la ley 734 del 5 febrero 2002,está vigente, o el Procedimiento Disciplinario está sujeto solo la ley 1952,o es una reforma. Otro pregunta cuando uno es el Demandante sobre las malas actuaciones de un funcionario público puede recurrir ante el investigador sobre el estado que se encuentra el proceso, máxime cuando han transcurrido más de (3) años. Cómo opera el art, 197 ley 1952. En su defecto ante quién averiguar.para evitar la caducidad de los 5 años. Le agradezco la atención mi Doctor