Pues, María tendrá muy buen dinero para conseguir un nuevo empleo $26,000 es como el gasto de tres meses , para una familia de clase media baja. Luz, agua, internet, celular, gas, gasolina y comida. Eso sí, tres meses sin gastar en ropa, salidas. Y tomando en cuenta que María no tiene ninguna cuenta por pagar o targetas de crédito. Por lo que se llega a deducir que este ejemplo está muy alejado de la realidad desde que ninguna empresa te paga ll que te corresponde y simplemente te salen con un tercio de esa cantidad.
En Mexico la prima de antiguedad se paga hasta que el trabajador cumpla 15 años laborados. Y son 12 dias de indemnizacion con un tope de 2 salarios minimos
ok felicidades muy bien explicado, capto mi atención, deberías hacer mas tutoriales así de entendibles, no todos los que suben son buenos. gracias......
......Hola, Lucy Fierro,...excelente vídeo, muy buenas formulas y bien prácticas, que siguen estando vigentes para aplicarlas en este 2022, aún con la reforma laboral en México; espero sigas haciendo más, ... solo me llama la atención en el momento (2:55), sobre el pago del aguinaldo, si la trabajadora ingresó a laborar en septiembre de 2010, para diciembre de 2011, se le estaría pagando el primer aguinaldo; si esto es correcto, sucesivamente cada diciembre se le pagaría sus 15 días de salario por concepto de aguinaldo, con la salvedad del año del 2014, pues la trabajadora, ya no alcanzó a laborar el diciembre del 2014, pero al llegar septiembre del 2014, ya había cumplido el año que requiere la ley para el pago de sus 15 días de salario (art.87 LFT-México). Luego entonces, se debe de multiplicar los 15 días, X el salario diario, lo que da como resultado $1,635.00. Ahora bien, de septiembre a noviembre de 2014, ella laboró dos meses más, por lo que se debe de multiplicar 1.25 X 2(los dos meses laborados oct. y nov.),=2.5X$109.00(salario diario)=272.5+1,635=1907.5 Que es la cantidad resultante aproximada para el pago del aguinaldo.........................................................................................................................................................................................................En el minuto (4:06), supongamos que se cumple la hipótesis que María disfrutó sus 12 días de vacaciones, y se las dieron en agosto del 2014, ya que para septiembre de ese mismo año, se vence el cumplimiento de los 4 años, de servicios; en éste supuesto ya no habrían vacaciones que pagar, pues las disfrutó; ahora bien, ella renunció en noviembre del 2014, por lo que a partir del día primer día del mes de octubre empieza a contar los días, para efectos de sus nuevas vacaciones del 5to año, por lo que según la tabla que nos muestras, le corresponde a María el pago proporcional de los dos meses (octubre y noviembre) del 2014, el cual se debe de contabilizar para la cotización, los 14 días que la ley le otorga, por el solo hecho de haber empezado su quinto año de servicio laboral: Los 14 días de vacaciones, se multiplican, por el salario diario ($109)=$1,526.00 ....Esa cantidad se divide por los 12 meses y se obtiene $127.2 (que es el pago que le corresponde por cada mes), pero en el 5to año, de la tabla solamente María laboró 2 meses, entonces $127.2 X2 (dos meses laborados octubre y noviembre)=$254.33; que es el pago proporcional que le corresponde a María por haber trabajado dos meses en el 5to año de servicio laboral.........................................................................................................................................................................................
Está chica explica de maravilla ojalá hubiera seguido, pero cabe mencionar que al último solo se equivocó y esta bien, en las indemnizaciónes se paga en Base a SDI y no a Salario Diario, pero de verdad que buena es
Una felicitación, muy bien explicado, ejemplos muy claros, soy abogado y una de las materias que me toca ver es laboral y consideró que tu video es de gran ayuda para los jóvenes que se están iniciando en la materia.
Buen día kisiera una ayuda yo trabaje dos años en una miniempresa ahora necesito mi liquidacion el sueldo era de 1200 mensual la dueña solo me quiere liquidar 1200 de dos años me parece muy poco le agradecería su respuesta
Hola sr,abogado una pregunta yo me salgo de mi trabajo porque estaba muy mal pagado duré 5 años y no sé cuánto me vallan a dar de finikito si es que me dan,ya lo pedí,pero no me han contestado nada,yo hacía el trabajo de 3 empleados en una casa rica.
hola buen día yo la verdad me confundí en el calculo de las vacaciones, osea que se hace el conteo desde el mes que entre hasta el mes que salí sin considerar que año es?
Muy bien vídeo, excelente me sirve para q está quincena no agarren de tonto a mi marido porq le dijo su patróna que si el renuncio no toca liquidación como ven?? Vieja tranza, ahorita empiezo hacer los cálculos gracias por el video
Hola que tal... Disculpe, tengo una pregunta... A mí me faltaron 10 días para completar el año laboral... Se redondea al año?? o como se maneja??... Gracias 😊
Hola soy de Argentina Acá de 1 año a 5 tenemos 14 días de vacaciones,de 5 a 10 años 21 días de vacaciones de 10 a 20 años 28 días de vacaciones y más de 20 años de antigüedad 35 días de vacaciones GRACIAS PERONN VIVAAAA PERONN
3:49 De hecho la base de lo que deberia corresponderle serian 14 dias, Porque en su 4to año le dan 12 y en el siguiente 14, Y como lleva trabajando por lo menos 4 años, ya recibio y se le pagaron sus vacaciones del 4to año, asi que como iba por las del 5to año el cual eran 14 dias, Como recibio 2 partes de 12, entonces 2/12*14 = Le tocarian 2.333333 dias... Y le deberian de pagar 254.33 por las vacaciones y 63.58 por la prima vacacional
hola Alberto Kirby me acaban de despedir injustificadamente, trabaje por 8 años como empleada cuidando a una persona discapacitada(en silla de ruedas) con retraso mental, por lo tanto yo vivía en la casa de los patrones, y no tube día de descanso nunca, todos los días me dedicaba a el cuidado de la persona discapacitada ( tenía 40 años, pero parecía como una niña) mi salario era $5500.00 pesos mexicanos quincenales, no tenía seguro, no me pagaban vacaciones, no me pagaban aguinaldo, y ahora me corren, quisiera demandar para que me den una liquidación, mi pregunta es ¿cuanto me corresponde de liquidación? espero me puedas ayudar. Gracias
Hola yo trabajo en un taller de llantas llevo trabajando en ese lugar 10 años sin seguro social sin vacaciones y sin prestaciónes mi patrón dice que no me corresponde el seguro social por que no tengo un sueldo fijo trabajo solo por comisiones entonces tuve un accidente laboral y no me quieren apollar que puedo hacer asesorame porfa
En realidad no, cuando entras a trabajar tienes 0 años y 0 días de vacaciones, una vez que cumples tu primer año tienes 6 días de vacaciones. Una vez que terminas tu segundo año tiene 8 días de vacaciones. En el tercero serían 10 y en el cuarto 12.
esta bien explicado pero tengo una duda en el calculo de aguinaldo, porque mutiplicas el 1.25 por 11 que es noviembre el mes donde termino de trabajar maria, entonces en mi caso que fue hasta abril voy a multiplicar el 1.25 x 4?? gracias!!
Se supone que se paga a proporcion de los dias que trabajastes en el año actual, tenemos que tener en cuenta los dias que estamos trabajando desde el 1 de enero, Si renunciastes en agosto, trabajastes 8 meses durante este año, y por lo tanto te tocaria lo que no mas alcanzastes a juntar por el aguinaldo de este año, No se de cuanto sea tu aguinaldo y salario pero si dices que ganabas 12 mil, Entonces proporcionalmente si trabajastes 8 meses, te tocan 8 partes de 12, Es decir 8/12 * 12000, Ganaras 8 mil pesos
GERSON HIDALGO VELAZQUEZ El aguinaldo se paga cada año por lo cual se supone que el del año 2016 ya te lo pagaron, entonces hasta el mes de agosto serían 8 meses. 8 x 1.25= 10 días de salario. Solo por aguinaldo.
Ohh!! eso es en Noruega? o algún País Nórdico?, Aquí en México María tendría que demandar a la empresa y después de 3 años y mil vueltas resulta que le tocan 13 y tiene que pagarle 10 al Abogado....mmm!!!
Gustavo Blanco hola Gustavo! El vídeo fue hecho explicando de manera introductoria y general cómo se calcula la liquidación. Tristemente, como tu mencionas, para que María obtenga la suma calculada en el vídeo tendría que haber sido despedida de forma injustificada y ella tendría que haber demandado. Muchas gracias por ver el vídeo. Saludos!
Hola sólo sería preciso aclarar que el concepto indemnizatorio de 20 días por año laborado tiene un tratamiento muy particular y sólo procede en supuestos concretos. Saludos.
Tratándose de la indemnización constitucional, es decir los 3 meses o 90 días de salario, en efecto procede su pago, derivado de un despido injustificado, si a elección del trabajador decide reclamarla en lugar de la reinstalación a su empleo. El concepto de los 20 días por año, si bien es un concepto indemnizatorio también, su procedencia está sujeta a que se materialicen determinados supuestos que la propia LFT prevé.
+Mariela Gastelum , tiene razón tú comentario a mi esposo le pasó lo que comentas y no le dieron nada, después de trabajar 11 años, no puede ser que esto pase en nuestro país y nadie haga nada.
Muy útil y muy buena ti información es bueno saber aquí lo difícil es como desir les qué eso es lo que te corresponde o como convencerlos a que te den lo que marca la ley Saludos
Nunca te darán todo, por lo general se van a conciliación y te busca pagar la mitad o un 40% de lo que pides, jamás te darán todo. Y es preferible la conciliación ya que si te vas a juicio son 10 años y nadie te garantiza qué lo ganes.
Doctora muchas gracias por sus aclaraciones; pero quiero pedirle que por favor me aclare esta duda. Si el contrato es por obra o labor contratada y yo renuncio argumentando justa causa como es el incumplimiento en el pago de la prima por ejemplo. Puedo reclamar indemnización por despido injustificado?. Muchas gracias.
Tengo entendido que la prima de antigüedad se otorga siempre y cuando el trabajador haya cumplido 15 años ofreciendo sus servicios.... en el ejemplo que das sólo laboró 4 años y 2 meses.
Te falto explicar como determinas el SDI, para la liquidación y hacer los cálculos de las prestaciones mínimas de una manera más fácil de comprender, saludos
El calculo es sobre Salario Diario, menciona ese articulo que se integra las percepciones extraordinarios en cuota diaria. si tengo un bono trimestral de 2500 la cuota diaria es de 27.77 diarios y se le suma al SD.
Srita. Lucy Fierro, una pregunta, cuando calcula la indemnización por antiguedad, esos 12 de que son, porque si es por antiguedad son 20 o estoy en error... gracias... y felicidades x el video,...
buen día en la empresa q trabajo nos van a liquidar x q se desase la sociedad yo tengo 13 años trabajando cuanto m tocaría hojala m puedas orientar gracias
Aylin Rivera hola! No, no está mal todo, sólo la división. Lo que pasa es que me equivoqué y la división tendría que haber sido 15 entre 12, que ya te da 1.25. La constante si está bien :) Saludos!
También le falto descontar los ausentismos, por que la L.F.T. dice se pagara sobre los días trabajados las vacaciones y aguinaldo, y si tubo faltas? estas pagando de mas.
Hola, José. Como te podrás dar cuenta este vídeo da un enfoque un poco general. Como tú dices no se cuentan los ausentismo ni muchas otras cuestiones que marca la LFT, pero este vídeo es como una mera introducción al tema. Muchas gracias por comentar
Es correcto, Oscar! Al final del vídeo menciono el asunto de los 15 años de antigüedad, solo lo coloque como ejemplo para saber del calculo. Muchas gracias por tu comentario! Saludos
Sí le toca prima de antigüedad si se le despide independientemente del tiempo trabajado. Si renuncia volturamiente es cuando no le toca (a menos que haya laborado 15 años a más). Está en el Art. 162 de la Ley Federal del Trabajo
Buen video 🤗Hola lucy tengo una duda a mi me van a pensionar por invalidez cuanto me corresponde cuando la empresa me liquide cuando me den la pension permanente, dure 6 meses activo en la empresa y llevo casi dos años con pension temporal
Hola Erica! Tristemente en México el cumplimiento a la ley es limitado, sin embargo siempre es bueno estar informado de lo que nos corresponde y en que proporción para saber que exigir. Saludos.
Eso dependerá de cada caso, hay ocasiones que prefieres liquidar con responsabilidad del patrón aunque no sea asi, pero preferible eso a mantener un mal elemento en la organización.
te lo digo por experiencia jamas ganaria eso ni ganando minimo por que los veite dias por año no entra en ese caso y eso y otras cosa no te lo explican los veite dias entrarian en caso de que a ella la integraran al trabajo y la volvieran a despedir y hay otros aspectos que no mencionan
Hola! Yo trabajo como empleada doméstica todos los días d la semana. Dure 5 años y 5 meses Yo renuncie por q mis patrones ya me regalaban de todo sin motivó, mi pregunta es cuanto me toca de finiquito? Espero y me respondas.
¿no la prima vacacional debió de haber sido más grande? el total de vacaciones, entendí que las operaciones hechas de vacaciones era para encontrar cuanto valían los 2 meses que se deben de pagar por laborar
En México la Ley Federal del Trabajo vale para pura madre. Desgraciadamente los patrones pagan lo que quieren y para demandar son muchas vueltas y al final sale mas caro el remedio que la enfermedad.
en el minuto 2.48 si divides 11/15 es igual a .8 y ya jodiste a maría, desde ahí ya echas a perder tu cálculo la explicación y la correcta indemnización si fuera un caso real y te tocara a ti dar lo justo a una persona que se quedó sin chamba. deberías actializar tu vídeo con las midificaciones de ley y ajuste salarial como los 102 pesos mínimos al 2019 que se van al doble por ley. cuida las matemáticas.
Hola buen día, me gustaría saber sobre la indemnizacion de los 20 días por año labora esto es en todos los casos y ademas saber si el recorte de personal por falta de trabaja en cierta área en especifico es despido injustificado, espero tu respuesta muy buen video
lucy una pregunta.... yo tengo 3 años laborados en una empresa 15,16 y 2017 de los cuales en en el 2015 en diciembre firme mi finiquito d ese año...y me dieron en 2016 contratos diferidos al igual q 2017 en ambos no me finiquitaron solo al final q es diciembre de cada año me dieron mis aguinaldos y con los correspondientes ...y ahora en este 2017 q fue el 31 de diciembre se termino mi contrato y me comunicaron el dia 2 de enero d este año ....ahora la empresa me quiere dar solo 15 dias d finiquito es correcto?????.... tomando en cuenta 16 y 17 solo me dieron aguinaldo pero sin finiquito ambos años con contrato diferidos continuos....
En Nicaragua igual si renucia tienes que hacer 15 días de trabajo para que te paguen todos ... Si renucia inmediata no te paga ni mierda solo los días o menos que trabajaste ... Por eso cuando renucia tienes que haces ahuevo los 15 días y ya te pagan todo normal como que si te hubieras despidiendo
Tengo una duda , pensé que los 20 días por año se contabilizaba apartir del segundo año de manera que se toman los años completos y la indemnización del primer año que es por 90 días aparte ?
si yo tenia en el contrato un horario de 10:00 a 20:00 hrs con un dia de descanso y dos hrs de comida pero en realidad a mi me decian que tenia que abrir a las 9:30 y cerrar a las 20:30 a diario como era de confianza nunca me pagaron dias festivos ni hrs extra por temporada, procede demandar en el despido injustificado tambien ese tiempo que no se me pago
UNA DUDA, si María trabajo 2 años con sueldo de 2,000 mensuales y cuando la corren su sueldo ya era de 3,000 lo que le tienen que dar es de su sueldo actual o dos años con el sueldo que tenía de 2,000 y los otros dos años con el sueldo de 3,000 De antemano gracias y buen video ayudo mucho
Amiga yo tengo una duda lo.k pasa.es k apenas me.kede sin trabajo pero no.tenia contrato y no me.dieron liquidación nesesito ayuda para saber si me tienen k dar algo y me.dieron muy poko de aguinaldo ya Hiba a cumplir casi el año
hola tengo duda en el aguinaldo ya que mi mama trabajo 6 años 9 meses , de abril 2010 a enero 2017, como calculo el aguinaldo ? si en diciembre si le dieron aguinaldo ? me pueden ayudar gracias