En plena audiencia de juicio oral el testigo se le reconoció su calidad de perito y este afirmó ostentar la profesión de administrador de empresas, sin embargo al momento del contrainterrogatorio el defensor hizo uso de la página del consejo profesional de administración de empresas para mostrar que el testigo no cumple con los requisitos para ejercer la profesión que aduce tener.
Se publica este acápite de la diligencia en virtud del principio de publicidad previsto en el Artículo 18 de la ley 906 del 2004, con el único objeto de usarlo con fines académicos ya que se convierte en un importante material de estudio para nuestras capacitaciones virtuales.
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17 сен 2024