Completamente de acuerdo, depende de cómo se pida y cómo se defienda la Tutela judicial efectiva, yo también soy de la opinión de que el código es enunciativo más no limitativo a la luz de la reforma en derechos humanos, podríamos de hecho sentar precedentes, yo siempre revoco y hasta apelo de ser necesario
Maestro buenas noches, comparto su criterio, de hecho yo lo había considerado ofrecer en un juicio Ordinario Civil, y con su reflexión reafirma mi criterio, estoy decido a intentarlo, se que algunos juzgadores no la admitirán, lo cual será materia de los recursos o acto reclamado en juicio de amparo, pero esto es lo bonito e interesante del derecho, conocer criterios y sentar precedentes... Muchas gracias..
En materia agraria o mas bien en los juicios agrarios el interrogatorio verbal y directo desahogado en audiencia aporta mucho al juzgador para resolver, es lo que haria la declaración de parte ayudar mucho en esa búsquedad de la verdad, por lo tanto deberia ser admitida como prueba.
Siempre ilustrativas, claras y concisas sus exposiciones Maestro, ser posible le pido que abunde sobre cuándo es posible, en las 3 pruebas abordadas que se desahoguen por apoderado legal, considerando que hay actos personalismos. Gracias.
Doctor, una duda ya que se realizzan alegatos, en su experiencia ¿cual seria la forma correcta de presentar alegatos? Puede ser un resumen de los hechos y utilizar articulos y jurisprudencia que puedan encuadrar en la teoria plannteada o que criterios pueden ser de mayor utilidad para ustedes como juzgadores. Gracias
Gracias Maestro por sus puntos de vista tan atinados, tengo una duda, la declaración de parte se puede ofrecer como medio de prueba en la vía ordinaria civil que no sea oral; ya que como Usted lo menciona, dicha prueba no es contraria a la Ley ni a las buenas costumbres, y lo que tratamos es allegar los mejores medios de convicción al Juzgador para que éste tenga un mejor panorama para dictar su resolución, le agradezco de antemano su amable respuesta, y lo felicito por su responsable actividad de compartir sus platicas de derecho
En oral mercantil no hay declaración de parte, es confesional al tenor de preguntas, es decir, ya no se sujete a posiciones sino a preguntas ya no se responde con un sí o con un no la respuesta es abierta, espero haberme explicado
Perdón por enfermedad ya no pude aclarar mi respuesta lo que dije solo se aplica en oral mercantil es decir, por preguntas y prdinario mercantil , se aplica por posiciones en sobre cerrado espetó haber aclarado su duda
Maestro, buena tarde en un juicio Oral Familiar, en la audiencia principal en el desahogo de la prueba testimonial, cuando termina el interrogatorio y contra interrogatorio, de forma oral podemos interponer incidente de tachas de testigos.?
Doctor buenos días y feliz mes de diciembre 🙏🏼 Quiero preguntarle, por favor, en qué momento de la audiencia principal se interponen Incidentes. Gracias como siempre por compartir sus conocimientos.
Mtro. Me acaban de notificar mi demanda por PENSIÓN ALIMENTICIA y Guarda y Custodia. Acabo de leer TODA su pseudologia fantastica y la Pregunta es: ¿La DECLARACIÓN DE PARTE me PUEDE servir como base para que el JUEZ forme un criterio en la sentencia o hay otro recurso para echar ABAJO SU MITOMANIA de mi cónyuge aún? Muchas gracias, y Excelente DÍA.
Muy buena exposición Maestro, tengo una pregunta: se puede ofrecer la prueba de declaración de parte y la confesional al mismo tiempo y a cargo del mismo demandado?, gracias
@@IUSETjorge70 gracias por su respuesta Señoría. Hice otra pregunta respecto a este video, pero se la planteo en este mismo apartado: Se puede ofrecer la declaración de parte en la vía ordinaria civil la cual no es oral?
En estricto sentido no existe impedimento para ofrecer la declaración de parte en un procedimiento ordinario, no obstante los argumentos que vierten en juzgados es que la prueba no está contemplada en el procedimiento ordinario, no obstante, la prueba no es contraria a moral ni a derecho, por ende mi punto de vista es que podría desahogar esa prueba, respetando el principio de contradiccion
Hola Maestro, muy buenas reflexiones, mil gracias. Una pregunta, ¿en un juicio civil de la Ciudad de México o Estado de México, puede ser testigo un familiar?. Recuerdo haber leído un criterio de Olga Sánchez que indicaba que en materia familiar son idóneos (pero no lo hallo), y creo que en ese sentido también evolucionó a la materia civil, aún cuando en artículo 288 del CPC de la Ciudad hace una prohibición o los exenta de una obligación de declarar, ¿qué opina algo al respecto?. Mi criterio es que en nada impide que un familiar sea testigo, sino todo lo contrario, ya que en muchos casos, son testigos presenciales de los hechos, e incluso firmantes (como lo es en los contratos), de ahí que sean idóneos. De antemano, gracias
Debe exhibirse interrogatorio escrito mediante promoción para desahogar declaraciòn de parte antes de llevarse a cabo la audiencia principal? o no es necesario y pueden formularse en la propia diligencia frente a la presencia del el juez?, me refiero a la formalidad de la declaración de parte, Saludos Maestro.
Buenas noches, mi pregunta es...puedo presentar testigos que residen en Guanajuato para que declaren en Michoacan sobre un juicio de rectificación de acta?