Maestro Jorge, en los cursos de técnicas de litigación, mencionan que a los clientes se les prepare, más no que se les aleccione, entonces ¿no es correcto? Excelente día maestro.
Que pasá si antes del terminado el contrato, se demandó el desahucio por incumplimiento de pago de rentas, el arrendamiento se tiene por tácita reconducción?
Hola, buenas noches, tengo una duda, en Cdmx, mediante que acción puedo sacar a un hijo y su familia de la casa de sus padres, no existe contrato de ninguna índole, solo se le permitió vivir desde el año 96 por motivo de casarse y no tener vivienda propia, en este lapso sacó un préstamo de invi para construir, es el caso de que los padres requieren poseer en su totalidad el inmueble, aunado a lo anterior el hijo no contribuye al sostenimiento del inmueble y hasta en el espacio en cuestión, ya viven incluso los bisnietos, sería una terminación de contrato de comodato verbal, un reinvindicatorio (aunque considero que por el permiso que se le otorgó no procedería) o sería una posición en precario, de antemano gracias.
UNA PREGUNTA SU SEÑORIA. EN UNA USUCAPION OY/O INMATRICULACION JUDICIAL PUEDEN SER TESTIGOS LOS FAMILIARES? (HIJOS, NUERA, SOBRINO, NIETO, NUERA) MUCHAS GRACIAS DR.Y FELICIDADES POR SU EXPOSICIÓN
Maestro: al ingresar al Tribunal el sobre cerrado para formular las preguntas a dos testigos que van a desahogar la testimonial por la parte demandada, ¿El cuestionario de interrogatorio puede ser el mismo para los dos testigos? Agradeceré respuesta.😊
Los interrogatorios no pueden ir en sobre cerrado pues se debe correr traslado y si puede ser el mismo interrogatorio si los testigos hablan del mismo evento
@@IUSETjorge70 hay... maestro, me he quedado en shock, nuevamente me voy a releer el código de procedimientos civiles del Distrito Federal (hoy ciudad de México) ¡Excelente día maestro¡
Señoría una clase completa sus exposiciones, gracias. Por favor podría indicar la diferencia conceptual y práctica de la TESTIMONIAL y la INFORMACIÓN TESTIMONIAL?
Hola, una pregunta, le explico nuestro caso: Mi padre falleció y era dueño de su casa a partes iguales (50% y 50%) con mi madre, no hay menores en éste caso, ya hicimos la sucesión testamentaria y mi madre es ya reconocida por el juez como única heredera universal y albacea a la vez y ya obtuvo el auto del juez en donde la autoriza a la partición y adjudicación de los bienes, en ese juicio de sucesión mi madre expresó por escrito su deseo de vender la propiedad, tanto el juez de lo familiar como varios notarios nos comentaron que ya con ese auto y ella siendo propietaria de la casa al 50% como consta en escrituras y predial ya puede ella vender la casa SIN necesidad de adjudicársela al 100% para no tener que pagar escrituras ya que como la quiere vender no tiene caso hacer doble escrituración, sin embargo ahora el asesor inmobiliario que está a cargo de vender la casa le dice que algunos bancos o el cofinavit piden que las escrituras estén al 100% a su nombre, ¿Es esto correcto?, Tenemos entendido por el juez y notarios que NO es requisito indispensable ello dado que mi madre ya tienen la autorización del juez de lo familiar para hacer la partición y adjudicación como ella quiera, espero nos pueda orientar en esto, gracias
Gentil Maestro, espero pueda orientarnos, un terreno de 4 hectareas escriturado en él estado de Morelos fue fraccionado y vendido a diversos comoradores hace mas de 10 años, se hizo promesa de compraventa pero tiene el precio fijo y especifica que se da en posesión al concluir el 70% del precio, algunos escrituraron pero la gran mayoria dejamos pasar el tiempo y fallecio el vendedor en la pandemia, el poder notarial de la inmobiliaria que hacía los trámites caducó por lo que el notario se niega a que los que eran apoderados sigan tramitando escrituras, los herederos no quieren firmar nada, no sabemos del estado susesorio o las condiciones testamentarias, queremos iniciar usucapion... En su opinion qué comentarios o recomendaciones le merece nuestro caso para que proceda la usucapion a buen término, es posible demandar todos los propietarios en un mismo juicio o es arriesgado??
hola gracias por la confianza, es un tramite individual y si conocen el expediente donde se tramita la sucesión pueden pedir que se les informe si ya existe nombramiento de albacea y con el poder emplazar, esto por medio del juez que conozca la sucesión, en caso de que no exista albacea se tendrá que nombrar un interventor, asimismo si no saben si ya se inicio la sucesión la tendrá que iniciar cualquiera y nombrar un interventor, empero, en el supuesto caso que ya se haya iniciado los informes del archivo general de notarias establecerá en que juzgado esta iniciada, espero haberme explicado
Pregunta su señoría, si ya hay sentencia ejecutoriada de adjudicación mediante sucesorio intestamentario, este Juicio d erectificacion de medidas y colindancias sera vía incidental? Pregunto por qué durante el procedimiento sucesorio intestamentario nadie advirtió que ya eran menos metros por el plan de desarrollo urbano, y al momento de querer inscribir la propiedad en el registro público, se detuvo en razón de que no coinciden las medidas y colindancias, por lo que pregunto si sería en vía incidental o de forma independiente, por q en esa sentencia es en donde ordenan al registro público la inscripción a favor de la heredera, ojalá me perdiera deparar la duda, saludos…
se puede hacer valer como excepción no tanto como reconvención, dado que, lo que implica esta figura es la continuidad en la relación contractual en caso de demandarle la terminacion de contrato, espero haberme explicado
Muchas gracias, ojalá y tocara el tema relacionado a la separación de bienes total o parcial, ya qué se trata de dos instituciones dentro de un régimen de separación de bienes qué no muchos comprendemos o tenemos dudas, saludos cordiales
separación de biene total o parcial, me prodria explicar su pregunta dado que esa figura parcial, no podria actualizarase o sera que exista capitulaciones y existe establecido que hay una especie de sociedad conyugal en cierto tipo de bienes, ojala me pueda aclarar su pregunta, por favor
Buenas noches lic un nieto puede iniciar juicio de usucapion ya que la abuelita acaba de fallecer y el el estuvo viviendo con ella 34 años y los hijos herederos quieren sacarlo de la propiedad me puede orientar x favor
Los herederos si lo pueden sacar, ya q se adjudiquen el onmueble heredado o si todavía no se adjudican el bien inmueble, la acción reivindicatoria la puede ejercer la Albacea de esa sucesión en contra del nieto
Maestro tengo una situación particular sobre un inmueble. Se adquirió un inmueble mediante contrato de promesa de compraventa, el importe pactado en el contrato se pago en tiempo y forma, sin embargo, no se escrituro hasta el día de hoy. Desafortunadamente la Constructora y fiduciario se declararon en quiebra y no hay a quien recurrir, resolver el problema. La posesión de dicho inmueble cumple con los términos para usucapir de buena fe, pero al existir el "gravamen", ¿es posible usucapir? De antemano muchas gracias.
@@IUSETjorge70hola dígame yo contruir un segundo nivel compré a uno de hijos de mi mamá pero ahora el otro hijo subió con engaños a mi azotea y dejé que esté ahí porquqe ees mi hermano ahora me cerró el acceso a mi azotea y lo denuncie por ursupacion pero el quiere agarrarse mi techo dice herencia no ay herencia es más el sitio está en expropiación hace años recién me enteré yo hace dos años pero vivo ahí hace 15 años yo con firmas de ellos en una hoja simple
Deben estar de acuerdo todos para venta y si no lo están, el juez nombrará un partidor, para verificar si el inmueble admite cómoda división de no ser así se rematará y se dividirá el producto en partes iguales a los herederod
MAESTRO. MUCHAS GRACIAS POR SU ALTRUISMO EN COMPARTIR SU CONOCIMIENTO. ESTOY SUSCRITO EN SU PROGRAMA Y ME ES DE GRAN UTILIDAD. PUDIERA AUXILIARME POR FAVOR EN UNA DUDA? EN LA LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA NO SE CONTEMPLA LA INMATRICULACIÓN JUDICIAL, NI EN SU VERTIENTE DE POSESION NI DE DOMINIO. POR SU PARTE, EL JUICIO DE USUCAPION PERMITE PROMOVERSE AUN CUANDO EL INMUEBLE NO SE ENCUENTRE INSCRITO EN EL RPP, E IGUALMENTE SE ESTABLECE QUE LA SENTENCIA QUE SE DICTE HACE LAS VECES DE TITULO DE PROPIEDAD Y DEBE INSCRIBIRSE DIRECTAMENTE EN EL RPP, ESTO ES, SIN NECESIDAD DE ACUDIR AL NOTARIO PUBLICO, ENTONCES: PUEDO EN ESTA VIA USUCAPIR EL INMUEBLE PARA OBTENER LA SENTENCIA QUE SIRVE DE TITULO DE PROPIEDAD, O DEBO NECESARIAMENTE PROMOVER UN JUICIO DE INMATRICULACIÓN EN LA VERTIENTE DE DOMINIO? ESTE JUICIO DE INMATRICULACIÓN NO LO ADVIERTO EN LA MENCIONADA LEGISLACIÓN. DE ANTEMANO MUCHAS GRCIAS POR SU TIEMPO Y APOYO, Y POR FAVOR NO DEJE DE PARTICIPARNOS SU CONOCIMIENTO. SALUDOS CORDIALES.
Hola maestro podría tratar el tema de cuando por ejemplo son 10 herederos, declarados todos como herederos y 5 están en el inmueble y no se salen de el
En el caso de reconocimiento es en beneficio del niño y tendría que ser el Estado y en el caso de contradicción o desconocimiento corresponde a los varones