Continuamos con el Programa de Difusión de la Cultura Jurídica, tenemos ahora la participación del M. en D. Juan Carlos Ugalde Guzmán, que nos trae la conferencia "El Juicio de Amparo en el Sistema Penal Acusatorio"
Hay varios errores en la ponencia... Ejemplo, si no se desahoga una prevención, la demanda se tiene "por no presentada", no se sobresee. El sobreseimiento, puede ser fuera de audiencia constitucional o en sentencia.
Dónde puedo conseguir un abogado. No cuento con mucho dinero. Tengo que pagar renta. Y lo necesito mucho xfaaaaaaa. Están difamando a mi hijo en algo muy grave. Se los agradeceré mucho. Se los pide una madre desesperada. Gracias gracias
Lee la denominación del título primero, capítulo I de la CPEUM, dice: de los derechos humanos Y SUS GARANTÍAS. Por lo tanto todavía existen éstas últimas. Recuerda, donde el legislador no distingue no le es dado al intérprete distinguir. También lee la jurisprudencia con número de registro 2008815.
@@110grg claro, las GARANTÍAS son los mecanismos con que se exige el respeto de los derechos humanos (antes garantías individuales), más las garantías individuales, no existen ya. Le envío saludos y gracias por respuesta.
La peor ponencia que he escuchado; el señor desconoce de amparo y de derechos humanos. Esos catedráticos no necesitan, consíganse otros. Confunde muchas figuras de derechos humanos y, en el amparo no está actualizado. Nunca hablo del amparo penal acusatorio.