Gracias por compartir sus conocimientos lic. Quizá nos podría proporcionar jurisprudencia en materia notarial, en que pasa con los instrumentos públicos autorizados por notario si no pagó su derecho de apertura. Gracias licenciado 😄😄
Muchas gracias por tu comentario Alexander. Tienes razón que es buena idea, poco se habla de jurisprudencia en materia notarial. Lo anoto y a la brevedad vemos cómo podemos ahondar en algo así. Gracias por tu aporte 📚💪🏽
Lic voy a buscar una sentencia de apelación de amparo, donde el abogado de un sentenciado confunde el momento procesal y en lugar de interponer un recurso interpuso otro, haciendo que su defendido le quedará firme la sentencia del proceso penal, pero vino la CC, y le corrigió la plana a la Sala y le regreso el derecho a interponer el recurso... Por otro lado le digo le sigo desde casi sus inicios y siempre me llevo algo... Gracias por sus videos.,
¡Excelente Axel! La sentencia que menciones es muy interesante, considero que valdría la pena que pudieras leerla y estudiar, sin duda alguna aportaría mucho conocimiento. Agradezco mucho que te tomes el tiempo de ver nuestro contenido y me alegra saber que te son de utilidad. Bendiciones.
Lic. Que tal, siempre muy atinados sus temas, pero el de hoy me llama la atención, las Cortes no son perfectas, lejos están de serlo, y por eso me llama la atención que ellos en ese expediente que usted citó (expediente 220-2011) . .. para mí, ellos hacen una mala interpretación al llamar "terceros interesados EXTRAÑOS al juicio"... cuando en realidad ellos NI SON TERCEROS, Y MENOS EXTRAÑOS... Por qué razón?... No son terceros porque ellos son los ACTORES ACTIVOS, el hecho que ellos litiguen a través de un representante NO los hace terceros, tampoco son extraños, porque un EXTRAÑO EN JUICIO es aquel que NADA TIENE QUE VER EN EL PROCESO, es decir, que nunca formó parte, pero fue dañado.... ejemplo, dos hermanos son copropietarios de 1 terreno, biene el banco y demanda a 1 de ellos y le embarga el terreno....pierde el juicio, etc... ahí el otro hermano no formó parte de y fue dañado....Sin embargo lic, quizá no estoy analizando bien el caso en particular, espero sus comentarios.
Interesante tu perspectiva y la considero razonable. Mi interpretación es que la expresión de terceros y de extraños hace alusión a que son “terceras personas” por no ser parte en el proceso (no tanto por actuar mediante representante) y además que al no haber sido emplazadas “son extraños en el proceso”. Me queda de lección siempre el hacer el esfuerzo de que en toda comunicación, velar porque lo que exprese sea comprensible y evitar todo termino que pueda causar confusión. Excelente comentario, gracias por tu confianza en el podcast ☺️