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John Locke, la propiedad y la crítica al absolutismo 

Sesiones de Filosofía
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SOCIEDAD CIVIL O POLÍTICA es aquella en la que:
- Cada uno de los miembros de una sociedad haya renunciado a ejercer su poder natural de juzgar y castigar a sus ofensores, y lo haya entregado al poder público de la comunidad.
- Entrega racional, voluntaria, colectiva y unánime.
- Se hayan designado órganos civiles capaces de:
+ Establecer las leyes y normas mínimas con las que se guiará toda la comunidad.
+ Arbitrar las controversias a través de judicaturas de apelación - juicios ocasionales que se centran en las circunstancias específicas de un conflicto complejo.
+ Ejecutar los actos necesarios para que impere la ley, se proteja la propiedad individual y persista el cuerpo político.
+ Vigilar el cumplimiento de la ley y castigar a sus transgresores.
- Finalidad: Proteger y preservar los bienes de los individuos + arbitrar conflictos.
- Medio: Castigar las ofensas de los miembros de la sociedad en cuestión.
∙ NECESIDAD DE DIVIDIR LAS FUNCIONES EJECUTIVAS DE LAS LEGISLATIVAS ∙

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12 авг 2024

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Комментарии : 4   
@eucalis1
@eucalis1 2 года назад
Profesora. Magnífica exposición en sus videos. Son muy didácticos. Las personas que no hemos estudiado estos temas los entendemos de maravilla. Por favor produzca más contenidos, abarque más pensadores. Los estudiantes y el público en general se lo agradecemos. Dios la bendiga. Saludos desde Bogota.
@charmanconitiest
@charmanconitiest 4 года назад
Tengo dos preguntas profesora. La primera es sobre organización conyugal: ¿ésta solo tiene como función la procreación y el desarrollo de los hijos hasta su independencia? ¿Qué pasa cuando los hijos ya son independientes? ¿ La relación conyugal se disuelve?. La segunda: sobre los órganos de una sociedad civil que ejercen tal o cual función. ¿Cómo son elegidos para tal función? En Platón, por ejemplo tenia que ver con la educación de cada individuo y de cierta forma de su clase social al nacer. Si en Locke se afirma la existencia de una sociedad en donde uno acrecienta sus riquezas mediante el trabajo, ¿también sucede lo mismo con los órganos de ese estado civil? ¿Se hacen de esas funciones mediante el trabajo? Por lo que entiendo es que el tipo de estado es una república y que no deben de ser los mismos los que ejercen tanto un órgano como el otro, no es así?
@sesionesdefilosofia5132
@sesionesdefilosofia5132 4 года назад
Estimado Carlos, respecto a tu primera pregunta, te dejo esta cita del parágrafo 80 del "Segundo tratado sobre el gobierno civil" de Locke, donde no explicita qué sucede con la sociedad conyugal una vez que los hijos se independizan, pero sí habla de la longevidad de ese lazo y parece que no concibe razón para disolverlo una vez que ha cumplido con su función: "80. Y aquí, según pienso, se halla la principal, si no la única razón, de que macho y hembra del género humano estén unidos por más duradera conjunción que las demás criaturas, esto es, porque la mujer es capaz de concebir y, de facto hállase comúnmente encinta de nuevo, y da nuevamente a luz, mucho tiempo antes de que el primer hijo abandonare la dependencia a que le obliga la necesidad de la ayuda de los padres y fuere capaz de bandearse por sí mismo, agotada la asistencia de aquéllos; por lo cual, estando el padre obligado a cuidar de quienes engendrara, deberá continuar en sociedad conyugal con la misma mujer por más tiempo que otras criaturas cuyos pequeños pudieren subsistir por sí mismos antes de reiterado el tiempo de la procreación. Por lo que en éstos el lazo conyugal por sí mismo se disuelve, y en libertad se hallan hasta que Himeneo, en su acostumbrado tránsito anual, de nuevo les convoque a la elección de nueva compañía. En lo que no puede dejar de admirarse la sabiduría del gran Creador, quien habiendo dado al hombre capacidad de atesorar para lo futuro al propio tiempo que hacerse con lo útil para la necesidad presente, impuso que la sociedad de hombre y mujer más tiempo abarcara que la de macho y hembra en otras especies, a fin de que su industria fuera estimulada, y su interés más uno, redundando en cobranza y reserva de bienes para su común descendencia, objeto que fácilmente trastornaría las inciertas mezcolanzas, o fáciles y frecuentes soluciones de la sociedad conyugal".
@sesionesdefilosofia5132
@sesionesdefilosofia5132 4 года назад
En cuanto a tu segunda pregunta, parece que Locke no establece un criterio excluyente que determine quién debe realizar esta o aquella función de poder fundamental. En cuanto a las funciones legislativas incluso llega a señalar que estas pueden ser efectuadas por un grupo provisional que se reúne, disuelve y reconfigura en cada acto legislativo (parágrafo 143 del "Segundo tratado sobre el gobierno civil"). Puede que no establezca un criterio fijo porque todos están capacitados para realizar acciones relacionadas con su derecho natural a juzgar y castigar, y que se relacionan con las labores punitivas y legislativas.
Далее
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