Un gusto. Tenemos habilitación urbana de oficio, independización de lotes , es decir que cada lote tiene una partida pero no somos titulares por lo hay 45 copropietarios. Qué proceso debo seguir para titularme, Me favorece el 1595 o no? Muchas gracias.
muy buenas noches, por favor si me pueden absolver una duda, debo regularizar una ampliación de una vivienda unifamiliar de 1 piso construido el año 2020, mi pregunta es si es posible realizar la regularización tomando en cuenta el artículo 12.2 del decreto legislativo 1595 en cuestión ya que este menciona que excepcionalmente pueden tramitarse construcciones hasta el 31 de diciembre del 2021, y si a la fecha ya está vigente el D.L. para proceder con el trámite, gracias de antemano, saludos.
Comp. Un lote acum. de terr. De compensacion. Sin hab Urb. Y deseo independizarme somos tres prop. Y cada uno ya construyó hace 30 años como hago ya tenemos escritura..... Pero no puedo inscribirlo en forma independiente
Hola buenas noches, disculpen yo hace unos 10 años dejé a mi madre viviendo en una residencia en Jesús Maria, yo coordinaba con mi tía para que mi madre pudiera vivir ahí, este año procedí a comprársela y por temas personales quiero venderla y bueno llevar a mi madre a un departamento, pero mi madre ahora me dice que esa casa es de ella y que va a proceder con la prescripción adquisitiva, ya la casa figura en registros públicos a mi nombre, como puedo proceder valga decir que mi madre nunca pago alquiler ni nada
Y PARA HACER MENOS TECNICO LA RESPUESTA DE QUE ES EL TRACTO SUCESIVO ES LA EJECUCION EN UN PERIODO DETERMINADO DE UN PROCESO, EN ESTE CASO COMO DIJO MARCO, PRIMERO LA MINUTA, ESCRITURA PUBLICA Y LA INSCRIPCION EN RRPP
Si Soto, ese video es del año pasado cuando salio la norma, pero aun no esta vigente hasta que salga el reglamento, segun diario gestion este 15 de abril debe salir un reglamento previo, estamos a la expectativa para comentarlo, gracias por tu comentario.
ESTIMADOS AMIGOS RECIEN VEO TODO EL VIDEO, Y SOLO PARA RESPONDER EL COMENTARIO DE UNO DE LOS CHICOS QUE LOS ACOMPAÑO, QUIEN FIRMA LA MEMORIA DESCRIPTIVA O LOS PLANOS ES EL INGENIERO CIVIL O EL ARQUITECTO, AMBOS DEBEN DE SER COLEGIADOS Y HABILITADOS, LO MAS IMPORTANTE.
Una consulta tenemos una propuesta de venta de un terreno eriazo de 5 hectáreas inscrito en registros públicos y el CRI limpio , el dueño propone celebrar un compromiso de compra venta con arras con un anticipo del 3% del valor total, el compromiso es pagar dentro de los 18 meses el valor total del terreno, la consulta es el siguiente, este compromiso puede un abogado redactar y elevar a registros públicos?, fui a notaria y me indico que solo los documentos redactados en notaria son de forma neutral, los abogados pueden guardar vicos en favor de uno de las partes, que puedo hacer, o que debo hacer para no ser sorprendido y o estafado?
Hola Veronica, entiendo que quieren celebrar un cotnrato de compromiso, lo mas recomendable es que sea un cotrato de arras (donde hay un compromiso con penalidades tanto para el comprador como el vendedor), te recomiendo la asesoria de un abogado para que te oriente sobre este tipo de contratos
Si un abogado puede realizar un contrato y mediante ello sepuede registrar con escritura publica la elevacion al registro de contratos en Registros Publicos