Nulidad, saneabilidad y prorrogabilidad no son equivalentes. Caso contrario lleva al equivoco de declarar nulidad insaneable por falta de jurisdicción, cuyo efecto vulnera la tutela judicial la cual se afecta al adicionar a la jurisdicción contenciosa el tiempo perdido en la jurisdicción ordinaria.
Gracias magnificas cátedras Podrías contribuir a que los juzgados que aún no envian los estados. SERÍA magnifico que las enviaran por correo o los suban a facebook. POR FAVOR AS ALGO. GRACIAS MIL . LUZ J. K.