Dr. OSCAR TORO, gente clara como usted es la que necesita este país, esta justicia. que majestuosidad esta intervención. deberías colgar mas vídeos como este. mil gracias.
Doctor toro, un saludo desde villavicencio, he seguido sus audiencias y conferencias, sin lugar a duda usted es perito de peritos como lo afirmo el ministerio publico en audiencia de juicio oral.
I) Actos de parte 1º) Actos de petición: la acción de las partes procesales es una petición que se desarrolla en el proceso a través de peticiones. En este sentido la petición más importante es la demande que es la que fija los límites del juicio. Además de la demanda existen otras peticiones: interlocutorias, cuyo contenido es eminentemente procedimental; otras contienen una petición de fondo. 2º) Actos de alegaciones: mediante estas actuaciones, las partes aportan al juicio todos los elementos fácticos y jurídicos necesarios para que el juez dicte una resolución. 3º) Actos de prueba: la actividad dirigida fundamentalmente a demostrar la realidad de las alegaciones aportadas por las partes de forma que el juez llegue a un convencimiento. 4º) Actos de conclusión: actos que resumen el desarrollo del juicio. Fijan los hechos y corroboran las pruebas.
Excelente curso del Dr Oscar Toro...a este video le sobra la mala introducción...Gracias por compartir los 3 videos, Luis...pero me parece que faltó el número 4 :)
Porque la formulación de imputación siendo un acto de comunicación con relevancia jurídica, no se somete a una sala especializada al interior de la Fiscalía previo al acto de formalización del acto de comunicación de imputación. Eso es una responsabilidad de la fiscalía y no del juez. Ese es el trabajo de la fiscalía que se supone que tiene todas las herramientas y supuesto conocimiento de la importancia de ese acto de comunicación con relevancia jurídica.
Si el señor Dr se refiere de esta forma a la policía judicial que son la mano derecha de la fiscalia y son quienes aportan la mayor cantidad de pruebas para que pueda trabajar y sacar adelante un caso, que se puede esperar de un profesional del derecho que trabaja con la fiscalia y deja en tela de juicio el profesionalismo de su policía judicial.?
La teoria del delito es la clave, para que el Juez Resuelva en su momento oportuno, si condena o absuelva el impuntado. De ahí que la teoría del delito llámese tetra atómica, o triatómica, debe existir un nexo causal entre los hechos denunciados y los elementos del delito, OBJETIVOS, SUBJETIVOS Y NORMATIVOS.
Me pusieron de defensor para un elemento y con este video me siento mas seguro y mas trankilo.. ya en tres dias les dire si gané o perdí el caso, de antemano me parece un video excelente.... gracias
Yo creo que fui formado en Alemania, pues no busco nulidades sino resolver de fondo el asunto para darle una solucion permanente al asunto mas no una "solucion" temporal (:
Para conocer mas sobre La Tecnica Reid de Entrevista e Interrogatorio, pueden consultar este video: ru-vid.com/video/%D0%B2%D0%B8%D0%B4%D0%B5%D0%BE-nHxQvtHUzQw.html
Poco serio, la verdad. Tiene el problema de todos los abogados, creen tener una comprensión compleja de un asunto y lo que saben es decir un discurso con palabras rebuscadas, pero poco científico. Y por ende poco serio.