Muy buenas Rafa y felicidades por los tutoriales! En el rato de la comida estando en ruta en que posición deberíamos de poner el selector de actividades?
Hola Gabriel!! Gracias por tu comentario. En descanso, puesto que es un tiempo del que dispone libremente y no está realizando ninguna actividad. Saludos.
Un saludo para ti también Fran! Saludos para toda Venezuela y mucho ánimo para cumplir tu sueño de ser conductor de camión en España, te recibiremos con los brazos abiertos 💪
Hola, tengo una duda, la empresa me ha entregado el camión, y empiezo a trabajar en 3 días y lo que quiero es ir a repostarlo para tenerlo preparado para la ruta. Tengo que usar el tacografo para ir a repostarlo y dejarlo en la nave, para tenerlo listo el dia que empieze la jornada? Gracias
¡Hola, MBH! Cada vez que te subas al camión debes tener tu tarjeta insertada cuando lo muevas. El llevar el vehículo a repostar es una actividad más de conducción y debe quedar registro de ella. Un saludo.
Hola, Fran!! Gracias por escribirnos. No. Como norma general no. La única excepción que tienen las islas, es que la compensación de los descansos semanales se puede hacer en las cuatro semanas siguientes a haberse producido, en vez de en las tres que se utilizan en la península. Esperamos haberte ayudado. Saludos!!
Muy buen vídeo, soy conductor y hago bastantes horas pero de conducción muy pocas, ya que es trabajo de reparto y recogida de género. Como se contabilizan las horas de conducción y tiempos de trabajo?
Hola rafa , mi trabajo conuzco en total casi unas 3:30 y carga y descarga unas 4:30 mas o menos repartida en tres sitios , es obligatorio hacer el descanso de 45 min aunque no llego a 4:30 de conduccion ? Gracias
Me quedan dos dudas: 1-. EN el descanso de 45 minutos, que se pone en el tacografo? la cama o el cuadrado de disponiblidad 2-. Se pueden superar el numero de descansos en el periodo de 4h:30 de conducción? por ejemplo, 30 minutos conducir, 30 minutos descanso, 30 minutos conducir, 30 minutos descanso...así hasta hacer las 4h:30 de conduccion?
Buenas Francisco. 1.- En la práctica ambos son correctos.. 2.- Los descansos son siempre “al menos”, es decir que sólo fijan un tiempo mínimo para que te cuente como tal, si haces más tiempo ya cumples la anterior premisa o condición. Saludos.
HOLA RAFA. ME ACABA DE SALTAR UNA PREGUNTA EN CISTERNAS. TENGO ENTENDIDO QUE HAY 2 TIPOS DE CISTERNAS, PERO ACABO DE ENCONTRAR UNA PREGUNTA PARA EL ADR. APARECE FL, OX y AT, PODRIAS POR FAVOR EXPLICAR SOBRE LA OX. GRACIAS DE ANTEMANO.
Hola de nuevo Mónica. La modificación del ADR de 2017 indicaba que desaparecerán progresivamente los vehículos de tipo OX que, una vez acudan a la revisión, serán modificados a los de tipología FL. Los vehículos de tipo OX estaban destinados al transporte de PERÓXIDO DE HIDRÓGENO. Un saludo.
Buenas. hice un viaje de 11 dias, con dos descansos de 24h y un descanso de 30h. es legal o me pueen multar. el primer descanso el cuarto dia de viaje y el segundo de 24 el dia 9 de mi viaje y el tercero de 30h el dia 10/11 .Muchas gracias. Sus videos me ayudan muchisimo.
Muy buenas. Para responderte necesitamos el dato de las fechas por si le era de aplicación alguna excepción relacionada con COVID-19. Si no fuera en periodo de alarma, no puedes realizar dos descansos reducidos (al menos 24 horas) consecutivos. Saludos!
Buen vídeo, cómo todos los qué he visto de ustedes. Los 6 días consecutivos desde el viernes 00:00 de una semana hasta y hasta las 24:00 del miércoles de la siguiente semana, puedo conducir viernes 10 horas, sábado 10 horas,Domingo 10 horas lunes 10 horas martes y miércoles 9 en cada día.?
Buenas David. Gracias por tu comentario ;-) Buena pregunta. Vamos primero a repasar conceptos: - La semana se entiende de lunes (00 horas) a Domingo (24:00 horas). - Los periodos de conducción de 24 horas son de un máximo de 6 días consecutivos que empiezan cuando inicias el primero sea el día (y la hora) que sea. - De lunes a domingo no puedes superar 56 horas, teniendo en cuenta que la suma de horas con la semana (lunes a domingo) anterior o posterior no puede superar las 90 horas. - El tiempo máximo de conducción diario no puede exceder de 9 horas, salvo dos veces a la semana (lunes a domingo) que puede llegar a las 10 horas. En el caso que planteas cometes infracción ya que en la primera semana (lunes a domingo, aunque hayas empezado un viernes) has acumulado 3 días de 10 horas cuando el máximo es de 2 días. Saludos y buena ruta!
¿El descanso diario reducido de mínimo 9 horas, se puede hacer durante días consecutivos sin sobrepasar los 3 permitidos? Por ejemplo, yo hago un descanso reducido un lunes. ¿El martes y el miércoles podría volver a hacerlo? ¿Y se podría hacer igualmente con el descanso diario fraccionado? Muchas gracias por vuestra respuesta. Saludos.
Buenas Carlos. Para el descanso fraccionado no hay límites y para el reducido te permiten un máximo de 3 días (consecutivos o no) entre descansos semanales (no tiene por qué coincidir con semanas de lunes a domingos). Un saludo!
Muy buenas. Una pregunta, yo soy principiante, y por ejemplo, si yo en las 4h media he parado varias vecez para cargar, y descargar, cargas de 30, y 25 min..pero no he puesto el tacografo en martillio, ni en pausa, y despues de esas 4:30, empiezo otra conduccion. Es correcto, o deberia poner manualmente un descanso de 45 minutos?
Buenos días. El conductor es el responsable de colocar el selector de actividades en la posición correcta y todo lo que no sea realizarlo bien constituye una infracción que puede implicar sanción. Buena ruta!
Si durante un mes, uso un camión con tacografo analogico, cuando vuelva a poner la tarjeta al otro camión, en la entrada manual tengo que poner hasta la fecha otros trabajos? Es decir, un mes entero en otros trabajos? O mejor poner todo descanso?
buen dias ? consulta un conductor entra en trabajo la 8.30 no maneja asta la 16:00 se sube en camion la hora 16 : 30 el conductor debe manejar 4: 30 pero el maneja solo 2 hora estaciona duerme 2 hora no termino los 2 :30 lo que falta que cumple 4:30 .. los 2 hora que duerme puede poner como descanso o como pausa ...mucho gracias
Hola Dorin. El selector de actividades siempre debe reflejar lo que está haciendo el conductor en ese momento: conducción, descanso, disponibilidad u otros trabajos. En los tacógrafos más actuales no tienes que seleccionar conducción y cuando el vehículo no está en movimiento suele ponerse automáticamente en descanso u otros trabajos, pero es el conductor el responsable de que éste indique su actividad real. El uso incorrecto del selector de actividades del tacógrafo. - Art. 15.3 Reglamento CEE 3821/85 - Sanción: 1001€
Buenas!! Si hago un descanso de 45 min después de conducir solo 5 min, conduzco otras 4 horas y media, tendría k hacer otro descanso de 45 min y cuanto tiempo me quedaría de conduccion?
Hola, Jose María!! Gracias por tu comentario y perdona la demora. Efectivamente, debería hacer otro descanso de 45 minutos, puesto que no se puede conducir más de 4 horas y media ininterrumpidamente y le quedaría de tiempo de conducción 4 horas y 25 minutos, excepto si pudiera aplicar en esa jornada 10 horas de conducción, que le permitiría conducir 5 horas y 25 minutos, eso sí, sin sobrepasar las 4 horas y medias ininterrumpidas, por lo tendría que hacer otro descanso de 45 minutos. Un abrazo!
Hola Rafa, en el min 4:34 hablas de los 3 descansos de 9 h entre 2 descansos semanales. Entiendo el 1 fin de semana lo cuento como (0 f/s) SEMANA (1f/s) SEMANA (2f/s) los descansos de 9h los puedo hacer 3 veces en esas 2 semanas ? A eso te refieres cuando dices entre dos fines de semana? Podrías por favor explicar sobre los discos diagrama del tacógrafo, No se si hay alguna pregunta sobre ésto en el examen de ADR. Desde ya muchas gracias. Saludos
Hola rafa, una vez conducido 6 dias y realizado un descanso semanl reducido de 24h, el siguiente descanso semanal es de 45h después de realizar otra jornada semanal de 6 dias o 5 dias?
Muy buenas. Los descansos semanales deben iniciarse antes de que hayan concluido seis jornadas consecutivas de 24 horas desde el final del anterior período de descanso semanal (sea normal o reducido). Saludos.
Hola Diego!! Gracias por contar con nosotros para resolver tus dudas. Aunque se esté exento de cumplir los tiempos de conducción y descanso, se ha de poner el tacógrafo en modo “OUT” y aunque el modo “OUT” se puede poner sin tener la tarjeta insertada, hay que llevar la tarjeta puesta porque ese tiempo se contabiliza a efectos de inspección como “otros trabajos”. Esperamos haberte sido de ayuda. Saludos.
Buenas días, una duda. ¿El descanso de 45horas tiene que ser consecutivo? Es decir, no se podría descansar un miercoles 24 horas y por ejemplo el domingo otras 24?¿
Buenos días Alberto, Hay dos tipos de descanso el normal (al menos 45 horas) y el reducido (al menos 24 horas) y para que te computen han de ser sin interrupciones. La reducción sobre las 45 horas (si no haces el descanso normal) la tendrás que compensar con un descanso equivalente tomado en una sola vez antes de finalizar la tercera semana siguiente a la semana de que se trate. Además , salvo excepciones en transporte internacional, ten en cuenta que no puedes hacer dos descansos reducidos en semanas consecutivas.
Hola, necesito que me aclaren una duda. En el artículo 138 de la Lott, se dice que el responsable de las denuncias de conducción y descanso es la empresa. Es así o es el conductor, es que esta algo contradictorio. Gracias de antemano.
Hola Ana, disculpa la tardanza en contestar. El conductor está sometido en su desempeño al cumplimiento de diferentes leyes y normativas y de sus incumplimientos puede cometer infracciones que la mayoría de las veces recaerán en forma de sanción para la empresa. En relación a los tiempos de conducción y descanso, la Ley de Seguridad Vial sancionará al conductor incluso con la detracción de 6 puntos cuando generen un grave peligro para la seguridad vial, concretamente en los siguientes casos: • El exceso en más del 50 por ciento en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 por ciento en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre. • La participación o colaboración necesaria de los conductores en la colocación o puesta en funcionamiento de elementos que alteren el normal funcionamiento del uso del tacógrafo o del limitador de velocidad. En el resto de casos de tiempos de conducción y descanso, la sanción será para la empresa. Espero que te sea útil. Muchas gracias y saludos!
Hola se puede empezar el día a las 8 de la mañana y parar a las 6 de la tarde para empezar otra vez a las 5 de la mañana habiendo hecho 11horas de descanso gracias
Buenas. Planteas una jornada diaria de 10 horas conducción que podría ser correcta en función de si en esa semana solo lo has hecho un día más. Recuerda que el tiempo máximo de conducción diario no puede exceder de 9 horas, salvo dos veces a la semana que puede llegar a las 10 horas. Sobre el descanso diario y el nuevo periodo de conducción es correcto. Recuerda que en las 24 horas siguientes al final de un período de descanso diario o semanal anterior, los conductores deberán tomarse un nuevo período de descanso diario. Un saludo!!
Hola queria hacer una pregunta los descansos semananes entran en la misma semana osea por ejemplo empiezo un domingo a las 14:00 y termino un viernes a las 23:00 tengo q contar 45 horas desde las 23:00 del viernes hasta las 14:00 del próximo domingo para hacer la 45 semanales o puedo pasarme de las 14:00 del domingo para hacer las 45 horas de descanso de antemano muchas gracias
Muy buenas. Recuerda que un período de descanso semanal tendrá que comenzarse antes de que hayan concluido seis jornadas consecutivas de 24 horas desde el final del anterior período de descanso semanal. En tu caso, si empiezas martes pongamos a las 5:00 horas, como máximo antes de las 5:00 horas del lunes de la semana siguiente tienes que haber tomado el descanso semanal correspondiente. Saludos!
@@AcademiadelTransportista gracias RAFA voy a detallar mi preguna Si empezo el trabajo el miercoles a las 01:00 despues de 45 en casa .puedo trabajar 6 dias y hago el 24 el martes alas 01:00 y empezando de nuevo el miércoles alas 01:00 y trabajando otros 6 dias y hago segundo 24 el martes alas 01:00 y empezando de nuevo el miércoles alas 1:00 y paro el viernes para hacer el 45 antes que finalize la segunda semana Entonces estoy haciendo 24 cada 6 dias y un descanso semanal normal en dos semanas es correcto ? Gracias
Hola de nuevo. Recuerda que un período de descanso semanal tendrá que comenzarse “antes” de que hayan concluido seis jornadas consecutivas de 24 horas (no tienen que coincidir con los días naturales) desde el final del anterior período de descanso semanal, y que No puedes hacer dos descansos reducidos seguidos. Un saludo!
Hola Jaime. El descanso de 24 horas te serviría como descanso semanal reducido y podrías conducir 6 jornadas (periodos de 24 horas) más antes de tener que hacer otro descanso semanal, que tendría que ser esta vez de 45 horas (no puedes hacer dos descanso reducidos seguidos). Saludos.
Muy buenas. Correcto, la reducción (lo que te falte para completar las 45 h) se compensará con un descanso equivalente tomado en una sola vez antes de finalizar la tercera semana siguiente a la semana de que se trate, además deberán tomarse junto con otro período de descanso de al menos nueve horas. Saludos!
LOS CAMIONES DE LA CONSTITUCIÓN COMO DEBEMOS HACER EL TACOGRAFO CUANDO ENTRE VIAJE Y VIAJE AY UNA PARADA MIETRAS CARGA LA ESCAVADORA DE 10 A15 MINUTOS ASI LAS 8 HORAS DE TRABAJO POR FAVOR ESPILQUEMELO GRACIAS
Hola. En el sector del Transporte cada provincia tiene su propio convenio, pero una cosa es la legislación laboral que fija los periodos máximos de trabajo (semanales y anuales) y otra la legislación relacionada con tacógrafo (tiempos máximos de conducción y mínimos de descanso). Te recomendamos que compruebes el convenio colectivo que te afecta y así podrás valorar si existe algún incumplimiento. Saludos!
Buenas Ramón. La regla del minuto tiene su fundamento legal en REGLAMENTO (UE) No1266/2009 (16-12-2009). Sólo es aplicable contabilizando actividad de conducción y nunca en periodos de descanso. Saludos!
porfavor explircanos con un nuevo video el tiempo de presencia de trabajo 15 horas 2 veces a la semana y dias normales de 13 horas de disponibilidad elnporque con detalle 15 horas y cuantas veces y porque si son 3 descansos reducidos porque no 3 veces a la semana con detalle siempre intento buscar esto y no hay pagina o buscador o persona que me lo explique
Muy buenas. Aunque parezca lioso tienes que tener claro algunos conceptos para entender lo de las 15 horas: - En las 24 horas siguientes al final de su período de descanso diario o semanal anterior, los conductores deberán tomarse un nuevo período de descanso diario. - Este periodo de descanso diario podrá ser normal o reducido. - Período de descanso diario normal: cualquier período de descanso de al menos 11 horas. Puedes fraccionarlo pero entonces acumularías al menos 12 horas (3+9). - Período de descanso diario reducido: cualquier período de descanso de al menos 9 horas, pero entonces no podrás hacerlo más de tres veces entre dos períodos de descanso semanales. Lo de las 15 horas viene de que, en el supuesto del video, en 24 h se ha tomado un descanso reducido de 9 horas, luego te quedarían disponibles sólo 15 horas (9 h + 15 h = 24 h). Recuerda, esto sólo podrías hacerlo tres veces entre dos períodos de descanso semanales. Si el descanso diario fuera normal de 11 horas (sin fraccionar), entonces te quedarían disponibles 13 horas (11h + 13 h = 24 h).
Lo que no puedo realizar en la pausa de conducción es ningún otro trabajo (carga o descarga del vehículo etc.) pero no estoy obligado a alejarme de mi vehículo.
@@AcademiadelTransportista me refería a un autocar de pasajeros , estuve sentado en la terraza de la puerta de un venta y un pasajero me pidió que le abriera la puerta para coger una prensa de vestir ,en ese momento llegó la guardia civil y me multó.