Es increíble como un tema de cierta complejidad como este, es explicado de una manera tan sencilla y entendible. Grande que es usted Dr. Carbonell, aquí seguimos bien atento a su canal para ilustrarnos de su conocimiento.
!Maravilloso! Las lecciones del maestro se distinguen por la sencillez con que enseña los temas más complejos. !Por favor, no deje de profundizar en éste tema! ! Muchas Gracias!
!Excelente! me encanta como explica, excelente manera de explicar, se nota la pasión a la profesión, como estudiante de derecho me ha ayudado mucho, agradezco sus vídeos, saludos cordiales.
Muchas gracia, la verdad lo explica de una manera muy fácil de comprender, lo que en lo personal como estudiante me ayuda mucho, saludos desde Tijuana.
Doctor buenas tardes, referente a la pregunta nueve, me parece muy puntual el enfatizar que la trascendencia de la misma es en virtud de precisar si el hecho se encuentra dentro de una agravante o bien una atenuante para la imputación, saludos.
Te recomiendo el libro de teoría general del proceso de Ovalle favela 👍 si no lo has visto y si ya es muy buen respaldo y apoyo para entender mejor e interpretar el tema que se trata
Por favor puede abordar el tema de los plazos y términos en materias sustantivas, si los de carácter procesal no corren por el covid 19. ejem: Prescripción de delitos o positivas y negativas en cualquier materia. Gracias.
Hola Miguel buenas tarde si me puede ayudar con mi caso mi exesposo quiere que tengamos la custodia compartida me gustaría saber que significa y quiere que le firme un papel yo estoy acá en los estados unidos gracias
Dr tengo una tarea donde me toca ser fiscal en un caso de violación de una violación anal pero los dos son menores de edad ella 13 y el 14 el caso es que no tengo fundamentacion no encuentro una ley que me ayude a defender a la víctima podrían ayudarme por favor gracias
Creo a manera de aportación, que no debemos pasar por alto la interacción de los gobernados en disputa o la controversia y aunando la del estado, que esta obligado a responder la siguiente pregunta; Si el estado funge a veces como mediador y otras como solusionador de controversias, resulta totalmente contradictoria resoluciones que alarguen los procesos por la vía de reserva de derechos! No son suficientes 4 y medio años o mas para responde diez cochinas preguntas? Pretextada en un análisis no realizado del fondo de la cosa, que siempre se lleva a cabo y ante la presencia testimonial del mismisimo juez y sus secretarios que es el que clausura etapas procesales ya concluidas y terminadas! Es decir, si existe ya una sentencia de no procedencia, se debe analizar si no fue tendenciosa o inventada la demanda y preguntarnos por qué se acepto? Las preguntas fundamentales en la teoría del caso no son vinculantes al ejecutor judicial o a los derechos humanos... Claro que si! Por ello, deben ser cuidadosamente realizadas por un conocedor de la ley es decir, los pactos firmados en San José de costa rica y nuestra vinculación fundamental en ellas en la constitucionalidad!